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ORDEN de 27 de febrero de 2015, del Consejero de Economía y Empleo, por la que se declara la "Fiesta del Crespillo", que se celebra en el municipio de Barbastro (Huesca), como Fiesta de Interés Turístico de Aragón.

Publicado el 11/03/2015 (Nº 48)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y EMPLEO

Texto completo:

Visto el escrito y documentación presentados por D. Antonio Cosculluela Bergua, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Barbastro (Huesca), a iniciativa de la Asociación Cultural Tradiciones del Somontano, para que la celebración de la "Fiesta del Crespillo" que tiene lugar en dicha localidad el domingo más próximo al día 25 de marzo, Festividad de la Anunciación, sea declarada Fiesta de Interés Turístico de Aragón.

Visto que en la documentación remitida por el Ayuntamiento queda acreditado que la citada celebración reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 del Decreto 295/2005, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón por el que se regulan las declaraciones de interés turístico de Aragón, para ser declarada Fiesta de Interés Turístico de Aragón por tratarse de un festejo popular muy arraigado en la localidad, con activa participación de la población en la que tiene un notorio enraizamiento por venir celebrándose desde hace varias décadas, así como por tratarse de una celebración original, que consiste en la elaboración y reparto masivo del postre tradicional denominado Crespillo, elaborado con borraja, manifestación de valores gastronómicos propios.

Visto que la documentación remitida cumple con lo exigido en el artículo 4 del Decreto citado puesto que contiene el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Barbastro y Memoria explicativa en la que se incluye la historia de la fiesta, así como se relaciona la infraestructura turística con la que cuenta la localidad y su zona periférica y se justifican acciones promocionales suficientes para la atracción de corrientes turísticas, con un dossier fotográfico, material audiovisual, artículos en prensa, folletos y carteles.

Visto el informe favorable a la declaración emitido por la Comarca de Somontano de Barbastro, de conformidad con el artículo 5.2 del citado Decreto 295/2005, de 13 de diciembre.

Visto el cumplimiento de lo establecido en el artículo 5 de la normativa citada, tomando en consideración el cumplimiento de los requisitos exigidos, el adecuado cuidado de los entornos urbanos donde se desarrollan los actos, la calidad de la celebración, la gran participación de la sociedad local y su contribución a la desestacionalización de las corrientes turísticas.

Vista la propuesta favorable de la Dirección General de Turismo, y dado que ha quedado plenamente constatado que la celebración de la "Fiesta del Crespillo" de Barbastro (Huesca), forma parte de la tradición de esta localidad, por su antigüedad y continuidad a través del tiempo y la originalidad y diversidad de sus actos, dando lugar a un fenómeno turístico con gran atracción de visitantes.

Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades que tengo atribuidas, resuelvo:

Primero.- Declarar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 295/2005, de 13 de diciembre, por el que se regulan las declaraciones de interés turístico de Aragón, la "Fiesta del Crespillo" de Barbastro (Huesca), que tiene lugar en dicha localidad el domingo más próximo al día 25 de marzo, como Fiesta de Interés Turístico de Aragón (código F.I.T.A. número 64).

Segundo.- Publicar la presente orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a partir de su notificación. Igualmente, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejero de Economía y Empleo en el plazo de un mes, en base a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 27 de febrero de 2015.

El Consejero de Economía y Empleo,

FRANCISCO BONO RÍOS