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ORDEN de 14 de diciembre de 2012, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre la Universidad de Zaragoza y el Instituto Aragonés de Empleo (INAEM) para el desarrollo de acciones del proyecto UNIVERSA.

Publicado el 15/01/2013 (Nº 10)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. h6c00n1076 el convenio suscrito, con fecha 24 de octubre de 2012, por el Rector Magnífico de la Universidad de Zaragoza y el Director Gerente del INAEM del Gobierno de Aragón, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 14 de diciembre de 2012.

En Zaragoza, a 24 de octubre de 2012,

De una parte, el Ilmo. Sr. D. Jorge Lorenzo Escario Martínez, Director Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, nombrado por Decreto 306/2011 de 13 de septiembre, del Gobierno de Aragón, ("Boletín Oficial de Aragón" n.º 182, de 14 de septiembre) en nombre y representación del Gobierno de Aragón, facultado para la firma de este convenio por Acuerdo del Gobierno de Aragón, de fecha 23 de octubre de 2012.

De otra parte el Excmo. Sr. D. Manuel José López Pérez, Rector Magnífico de la Universidad de Zaragoza, actuando en su nombre y representación, exponen:

Primero.- El Estatuto de Autonomía de Aragón en su artículo 99.3 dice que "Las instituciones aragonesas velarán por el equilibrio territorial y desarrollo sostenible de Aragón y por la realización interna del principio de solidaridad, y orientarán su actuación económica a la consecución del pleno empleo y la mejora de la calidad de vida de los aragoneses", y en su artículo 26 "Los poderes públicos de Aragón promoverán el pleno empleo de calidad en condiciones de seguridad; la prevención de los riesgos laborales; la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo; la formación y promoción profesionales, y la conciliación de la vida familiar y laboral", siguiendo lo dispuesto en los artículos 40 y 131 de la Constitución Española. Y en ese marco del desarrollo de las actividades productivas de la Comunidad, el Gobierno de Aragón considera prioritario la adecuación de los recursos humanos disponibles a las necesidades del sistema productivo aragonés. Dicha adecuación exige medidas públicas de cualificación profesional que reduzcan el desfase cualitativo existente entre la oferta y la demanda de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Segundo.- Que el Gobierno de Aragón ha regulado mediante el Decreto 51/2000, de 14 de marzo, modificado por el Decreto 2/2003, de 14 de enero, el Plan de Formación e Inserción Profesional de Aragón, que comprende todo el conjunto de acciones y proyectos formativos dirigidos a cualificar a los recursos humanos en Aragón, conforme a las necesidades del sistema productivo, respondiendo a los objetivos de su política económica y social.

Tercero.- Que el Gobierno de Aragón, dentro del citado Plan de Formación e Inserción Profesional, considera conveniente desarrollar un programa específico de Formación Profesional Ocupacional dirigido a jóvenes titulados universitarios.

Cuarto.- Que la Universidad de Zaragoza, cuya vocación de servicio a la sociedad la ejerce, de manera especial, mediante la capacitación profesional de los jóvenes a quienes titula, está especialmente sensibilizada y pone especial voluntad en favorecer la inserción laboral de los universitarios a través de su cualificación profesional. Para ello es consciente que necesita ejecutar acciones y proyectos que complementen la formación recibida de cara a elevar dicho nivel de inserción.

Quinto.- El artículo 22 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios determina que la Comunidad Autónoma de Aragón podrá celebrar convenios con las universidades públicas, en los que se tratará de concretar las actuaciones necesarias para el fomento de la calidad docente, la investigación y la participación de las mismas en el desarrollo cultural, económico y social de Aragón.

Conforme establece el artículo 5 de la citada ley 1/2011, las relaciones de colaboración y cooperación establecidas a través de este convenio por el Instituto Aragonés de Empleo y la Universidad de Zaragoza, vendrán orientadas por los principios de lealtad institucional, coordinación y ayuda mutua, con el fin de propiciar un mejor servicio a los ciudadanos y una utilización racional de los recursos públicos.

Sexto.- Que en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2012, aprobados por la Ley 1/2012, de 20 de febrero, en su anexo III, C), relativo a los créditos para transferencias o subvenciones nominativas vinculantes, se asigna una partida presupuestaria en el programa de Fomento del Empleo (3221), subconcepto 440047, descripción "Universa, con atención al talento al serv. empresa", para la subvención de acciones y proyectos formativos a realizar con la Universidad de Zaragoza en el año 2012.

Séptimo.- Que la subvención concedida en el marco de este convenio está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Economía y Empleo, aprobado por Orden de 15 de febrero de 2012, del Consejero de Economía y Empleo, modificado por Orden de 4 de abril de 2012, en cumplimento del punto 90 del apartado III del Plan de Racionalización del Gasto Corriente aprobado por el Gobierno de Aragón, en sesión de 13 de septiembre de 2011.

Octavo.- Que ambas Instituciones, dentro de la tradicional e intensa cooperación existente y en el ámbito del convenio marco de colaboración suscrito con fecha 2 de octubre de 1989, consideran necesario la suscripción de este convenio de colaboración conducente a desarrollar conjuntamente un programa específico de Formación para el Empleo, para jóvenes universitarios, que sirva como punto de enlace entre la formación académica recibida y la demanda del mundo empresarial de acuerdo con las exigencias del actual sistema productivo y que consecuentemente contribuya a un eficaz y equilibrado desarrollo socioeconómico de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por todo ello y en virtud de la representación indicada para cada una de las partes, los firmantes se reconocen mutuamente plena capacidad jurídica y de obrar para la formalización del presente convenio, y acuerdan:

Primero.- Objeto.

El presente convenio tiene como finalidad que el Instituto Aragonés de Empleo y la Universidad de Zaragoza desarrollen de forma conjunta un programa de acciones y proyectos formativos destinados a mejorar la cualificación profesional de jóvenes universitarios, así como a favorecer su inserción profesional.

Segundo.- Acciones.

Para alcanzar estos objetivos la Universidad de Zaragoza realizará los siguientes tipos de acciones y proyectos, establecidos en programa general 2 del Decreto 51/2000, de 14 de marzo, modificado por el Decreto 2/2003:

1. Plan de Formación: En dicha acción se desarrollarán cursos de formación relacionados con:

a) Las necesidades en recursos humanos a corto y medio plazo detectadas en los sectores productivos ubicados en la Comunidad Autónoma.

b) La especialización y adaptación al empleo de los titulados universitarios con mayores dificultades de inserción laboral.

c) El fomento de la innovación y el desarrollo de la capacidad emprendedora de los titulados universitarios.

Los cursos que se realizarán en el año 2012 serán 54, y figuran como anexo al presente convenio. El presupuesto destinado a esta acción es de 425.331,32 euros.

Las acciones formativas podrán realizarse desde el 30 de abril de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2012. Este plazo podrá prorrogarse, por motivos justificados, y previa autorización expresa del Director Gerente del Instituto Aragonés de Empleo.

2. Inserción Laboral: Se ejecutarán acciones dirigidas a complementar las acciones formativas realizadas, para facilitar la transición de los recién titulados al mundo laboral concretándose en:

- Prácticas en empresas. Se promoverá la realización de prácticas no laborales en empresas tanto en el ámbito nacional como en el extranjero, que aporten un conocimiento mutuo y acercamiento del ámbito universitario al mundo empresarial.

El programa de prácticas comprende dos colectivos diferenciados:

- Estudiantes universitarios de los últimos cursos, como medida preparatoria a su inserción laboral. Este proceso constará de acciones tales como: difusión, captación de estudiantes y empresas, selección, orientación, gestión, seguimiento y evolución de este tipo de prácticas. Estas prácticas están reguladas mediante el Real Decreto de Cooperación Educativa.

- Jóvenes titulados, mediante prácticas tuteladas en empresas, dentro del marco del Plan de Formación e Inserción Profesional de Aragón.

Los alumnos que realicen prácticas no laborales en empresas, podrán recibir una ayuda económica variable dependiendo de la práctica a realizar y el país de acogida.

Se formalizará un seguro complementario de accidentes, por los desplazamientos que se puedan efectuar fuera de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Para el año 2012 el presupuesto asignado para está acción será:

3. Orientación: Se prestará un servicio personalizado en función de las necesidades del universitario dirigido a facilitar que los recién titulados y los estudiantes de último curso conozcan:

1) Los recursos de orientación profesional existentes en la Comunidad Autónoma.

2) Las principales vías de búsqueda de empleo.

3) La elaboración del curriculum adaptado a una oferta de empleo.

4) La realización de una entrevista de trabajo.

5) La elaboración de un proyecto profesional y de un itinerario formativo adaptado a sus necesidades y posibilidades.

Este programa se ejecutará mediante entrevistas personales, reuniones especializadas, dinámicas de grupo, distintas simulaciones en entrevistas de trabajo, cursos, seminarios, campañas, etc.

Para facilitar la eficacia de las acciones de orientación y la calidad de las mismas se efectuara un seguimiento de la satisfacción de los usuarios y un acercamiento de los servicios a los Centros.

La Universidad informará al Instituto Aragonés de Empleo de las actividades de orientación realizadas y de las personas que se han visto implicadas con el objeto de evitar la duplicidad de acciones desde otros servicios del INAEM para lo que la Comisión de Seguimiento establecerá un protocolo de actuación.

Para el año 2012 el presupuesto asignado para está acción será:

4. Observatorio de Empleo Universitario: Se realizarán acciones encaminadas a conocer la situación laboral de los titulados universitarios entre las cuales se incluye la actualización y desarrollo del Observatorio de Empleo Universitario.

El Observatorio dispondrá de información relevante en materia de inserción laboral y prestará especial atención a la evolución del número de alumnos, egresados, demandantes de empleo y colocaciones por titulación a lo largo del tiempo, así como de la formación complementaria realizada.

El Observatorio de Empleo de los titulados universitarios aragoneses mantendrá al menos información relevante y actualizada sobre:

- La población estudiada proveniente tanto de la Universidad de Zaragoza como del Instituto Aragonés de Empleo.

- La inserción laboral proveniente del seguimiento realizado a los alumnos de la Universidad de Zaragoza tanto de los títulos oficiales como de los estudios propios.

- El grado de satisfacción de los empleadores con los titulados contratados.

- Las necesidades de formación complementaria de los titulados universitarios.

El Observatorio de Empleo Universitario realizará un informe anual sobre el empleo universitario en Aragón.

Toda esta información elaborada estará disponible en Internet y será accesible a ambas instituciones.

Para el año 2012 el presupuesto asignado para está acción será:

5. Talleres de fomento de la actividad emprendedora: Además de los cursos dirigidos específicamente a formar sobre innovación, gestión empresarial y autoempleo, se realizarán talleres de emprendedores en distintos campus, encargados de asesorar, fomentar, facilitar y animar a la realización de proyectos empresariales tanto a los estudiantes de últimos cursos como a los participantes en los cursos de formación ocupacional.

Cada Taller realizará un proyecto de funcionamiento que tendrá que ser aprobado por la Comisión de Seguimiento del convenio.

Para el año 2012 el presupuesto asignado para está acción será:

6. Intermediación: Las ofertas de empleo que puedan generarse a través del contacto habitual de Universa con las empresas que colaboran en la realización de las prácticas u otras actividades, se gestionarán por la Oficina de Empleo Centro, asociada al seguimiento del convenio.

7. Difusión y comunicación: Teniendo en cuenta que la eficacia de las acciones realizadas depende muchas veces del grado de información de los participantes, la Universidad de Zaragoza realizará, a través de Universa, campañas de sensibilización e información sobre el empleo universitario a empresas, profesores, universitarios en desempleo y estudiantes de últimos cursos.

Asimismo, Universa estará presente y participará de forma activa en ferias, encuentros y jornadas que sean de interés para el empleo Universitario. Participando como ponentes, presentando comunicaciones o mediante la instalación de stands.

Para el año 2012 el presupuesto asignado para está acción será:

Tercero.- Ámbito de aplicación.

Las acciones y proyectos objeto del presente convenio se desarrollarán dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, a excepción del programa de prácticas no laborales.

Cuarto.- Aportaciones de las partes.

Para el desarrollo de las acciones objeto del convenio se procederá con arreglo a las siguientes aportaciones:

1. Por el Instituto Aragonés de Empleo y con arreglo a su programación anual y dentro de sus posibilidades institucionales y presupuestarias:

- Financiación de las acciones y proyectos realizados por la Universidad de Zaragoza dentro del marco legal establecido en el Plan de Formación e Inserción Profesional de Aragón. La subvención de las acciones y proyectos a realizar en el año 2012 asciende a la cantidad de 1.250.674,12 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 51010 3221 440047 91002. Esta aportación se realizará en dos anualidades correspondientes a los ejercicios 2012 y 2013. En la primera de ellas se anticipará la cantidad de 603.112,06 euros, efectuándose la liquidación final en la segunda, una vez justificadas las acciones objeto del presente convenio.

- Expedición de los diplomas o certificados acreditativos de haber superado, si procede el correspondiente proceso formativo.

2. Por la Universidad de Zaragoza, con NIF Q5018001G:

- La ejecución de las acciones formativas y los proyectos aportando la totalidad de medios materiales y humanos necesarios para ello, en función de las cuantías previstas.

- Seguro de accidentes de los alumnos participantes en las acciones formativas.

- Cumplir con el resto de obligaciones de las entidades colaboradoras establecidas en el Decreto 51/2000, modificado por el Decreto 2/2003, que regula el Plan de Formación e Inserción Profesional de Aragón, así como los procedimientos de notificación y conexión telemática con las Unidades de Formación e Inserción Profesional. Para ello la entidad 280/ Universidad de Zaragoza. Universa, efectuará todos los procesos telemáticos relacionados tanto con la petición automática de solicitudes (PAS) como con la gestión de las distintas acciones formativas, de inserción y prácticas no laborales, reguladas por el Decreto 51/2000, de 14 de marzo, modificado por el Decreto 2/2003, ajustándose a los plazos y presentación de documentación requerida por el procedimiento de gestión (sistema Gestifor), así como lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Comunicar todas las acciones de orientación y asesoramiento empresarial realizadas.

- Mantener y ubicar en su servidor el Observatorio de Empleo Universitario.

- Aportar la plataforma adecuada en los cursos de teleformación.

Quinto.- Comisión de Seguimiento.

Para la difusión, ejecución y seguimiento de este convenio, así como la resolución de las interpretaciones y conflictos que puedan surgir, se crea una Comisión de Seguimiento que estará integrada por los siguientes miembros:

Por el Instituto Aragonés de Empleo:

El Jefe del Servicio de Formación del INAEM.

La Directora de la Oficina de Empleo Centro.

La Jefa de la sección de Planificación del Servicio de Formación.

Un técnico/a de orientación profesional.

Subdirector de Formación Profesional de la Dirección Provincial de Zaragoza.

Por la Universidad de Zaragoza:

El Vicerrector encargado de los temas de inserción laboral y de empleo.

El Director de Universa.

Un técnico del Observatorio de Empleo Universitario.

Un técnico/a de formación de Universa.

Un técnico/a de orientación de Universa.

Actuarán como presidentes de la Comisión de forma rotatoria para cada reunión, el Jefe del Servicio de Formación del INAEM y el Vicerrector de la Universidad de Zaragoza y como secretario de la Comisión el Director de Universa.

La Comisión de Seguimiento se reunirá, por lo menos, una vez al año y extraordinariamente, cuando lo solicite cualquiera de las partes.

Serán funciones de esta Comisión:

- Elaborar la propuesta de programación de las acciones de empleo y formación a realizar.

- Analizar los resultados obtenidos en la ejecución de las acciones programadas y en las evaluaciones que de estas acciones se hayan realizado.

- Cualquiera otra relacionada con los temas del convenio.

Sexto.- Justificación

La justificación de los gastos efectivamente realizados se presentará, de forma agrupada en cada Dirección Provincial del Instituto Aragonés de Empleo. Por otra parte, los documentos originales de los gastos comunes a los cursos, así como los justificantes de las acciones de inserción laboral, orientación y selección y observatorio de empleo, se presentarán en la Dirección Provincial del INAEM de Zaragoza, pudiendo presentar justificantes desde el 1 de enero de cada año, aportando junto con la relación de participantes, facturas y otros documentos fehacientes de que el gasto se ha realizado, la correspondiente memoria de actividades del proyecto objeto del convenio. La mencionada justificación se realizará durante el primer trimestre de cada ejercicio presupuestario.

Será causa de devolución de las cantidades percibidas la vulneración de lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 51/2000, de 14 de marzo, modificado por el Decreto 2/2003, en la disposición adicional 2.ª de la Ley 1/2012, de 20 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2012, en la Ley General de Subvenciones y, de cuantas otras disposiciones normativas le sean aplicación.

Séptimo.- Plan de Racionalización del Gasto Corriente.

El presente convenio se acoge a los puntos que le son de aplicación recogidos en el apartado III del Plan de Racionalización del Gasto Corriente, aprobado con fecha 13 de septiembre de 2011 por el Gobierno de Aragón.

Octavo.- Modificación en las acciones.

Se faculta al Director Gerente del Instituto Aragonés de Empleo para autorizar mediante resolución, previa solicitud del beneficiario y por causa justificada, cualquier modificación en las acciones objeto de este convenio, así como la distribución del presupuesto entre ellas, siempre que no supongan variación sobre la cantidad aprobada como subvención en el convenio.

Noveno.- Vigencia.

El presente convenio tendrá como duración el tiempo de ejecución de las acciones de formación y acciones de acompañamiento a la formación aprobadas, debiendo de finalizar antes del día 31 de diciembre del año 2012. Excepcionalmente, podrá prorrogarse este plazo, previa acuerdo expreso de las partes firmantes, mediante adenda al mismo.

El convenio podrá ser denunciado, previa audiencia de la Comisión de Seguimiento, por la parte que considere que se ha vulnerado el contenido del mismo o se ha incumplido alguna de las cláusulas. La denuncia se efectuará comunicándola a la otra parte, mediante escrito fundado, con una antelación mínima de un mes a la fecha en que se pretenda tenga efectos dicha denuncia.

Décimo.- Naturaleza del convenio y jurisdicción competente.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, en lo no previsto en el mismo se estará a lo dispuesto en la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan surgir en la ejecución del convenio se resolverán por la Comisión de Seguimiento. En defecto de acuerdo, la resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan surgir en la ejecución del mismo corresponderá al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y, en prueba de conformidad, las partes firman el presente convenio.