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ORDEN CUS/67/2020, de 30 de enero, por la que se modifican la Orden IIU/1/2017, de 9 de enero, por la que se convocan subvenciones destinadas a la contratación de personal investigador predoctoral en formación para el período 2016-2020, la Orden IIU/2023/2017, de 14 de diciembre por la que se convocan subvenciones destinadas a la contratación de personal investigador predoctoral en formación para el período 2017-2021 y la Orden IIU/1408/2018, de 5 de septiembre, por la que se convocan subvenciones destinadas a la contratación de personal investigador predoctoral en formación para el período 2018-2022, convocatorias cofinanciadas con el Programa Operativo FSE Aragón 2014-2020.

Publicado el 12/02/2020 (Nº 29)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIENCIA, UNIVERSIDAD Y SOCIEDAD DEL CONOCIMIENTO

Texto completo:

La Orden IIU/777/2016, de 20 de julio ("Boletín Oficial de Aragón", número 146, de 29 de julio de 2016), aprobó las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad, de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones ("Boletín Oficial del Estado", número 276, de 18 de noviembre de 2003), la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 68, de 10 de abril de 2015), y demás normativa aplicable en esta materia en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Entre dichas líneas se encuentra la referida a las subvenciones para la contratación de personal investigador predoctoral en formación, cuyas bases reguladoras se encuentran tanto en el Título Preliminar, como en el Capítulo I del Título I de la citada Orden IIU/777/2016, de 20 de julio.

Al amparo de dichas bases reguladoras, se dictaron por la Consejera de Innovación, Investigación y Universidad la Orden IIU/1/2017, de 9 de enero, por la que se convocan subvenciones destinadas a la contratación de personal investigador predoctoral en formación para el período 2016-2020, la Orden IIU/2023/2017, de 14 de diciembre, por la que se convocan subvenciones destinadas a la contratación de personal investigador predoctoral en formación para el período 2017-2021 y la Orden IIU/1408/2018, de 5 de septiembre, por la que se convocan subvenciones destinadas a la contratación de personal investigador predoctoral en formación para el período 2018-2022, convocatorias cofinanciadas con el Programa Operativo FSE Aragón 2014-2020.

En la actualidad están vigentes los contratos predoctorales celebrados al amparo de dichas convocatorias en que se especifica que la retribución anual a los centros beneficiarios para cada uno de los contratos será de 21.000 euros (1.500 euros por 14 mensualidades o 1.750 euros por 12 mensualidades), y que la retribución salarial mínima que deberán recibir cada uno de los investigadores predoctorales en formación durante este período, que se indicará en cada contrato, será de 16.820 euros brutos anuales (correspondientes a 14 mensualidades de 1.201,43 euros o a 12 mensualidades de 1.401,67 euros).

Para facilitar y homogeneizar la gestión de la justificación y pago de las subvenciones de todas las convocatorias de contratos predoctorales en ejecución, manteniéndose inalterados los importes totales, y aplicando criterios de celeridad y eficiencia en la gestión administrativa, es conveniente eliminar la posibilidad que tienen los centros de investigación de abonar el contrato en 12 o 14 mensualidades, habiéndose consultado al respecto a los centros y estando conformes con esta modificación. Por ello, en la última convocatoria, realizada mediante Orden IIU/796/2019, de 27 de junio, ha desaparecido esa opción y se establece, en su apartado duodécimo, párrafo 3, que la retribución se calcula y liquida en 12 mensualidades.

En virtud de todo lo expuesto y, de acuerdo con el Decreto de 5 de agosto de 2019, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, y el Decreto 93/2019, de 8 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, atribuyendo al Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento la totalidad de las competencias del anterior Departamento de Innovación, Investigación y Universidad, resuelvo:

Modificación de la Orden IIU/1/2017, de 9 de enero, de la Orden IIU/2023/2017, de 14 de diciembre, y de la Orden IIU/1408/2018, de 5 de septiembre.

El punto 3 del apartado duodécimo de la Orden IIU/1/2017, de 9 de enero, por la que se convocan subvenciones destinadas a la contratación de personal investigador predoctoral en formación para el período 2016-2020, de la Orden IIU/2023/2017, de 14 de diciembre, por la que se convocan subvenciones destinadas a la contratación de personal investigador predoctoral en formación para el período 2017-2021 y de la Orden IIU/1408/2018, de 5 de septiembre, por la que se convocan subvenciones destinadas a la contratación de personal investigador predoctoral en formación para el período 2018-2022, queda redactado de la siguiente manera:

"3. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, en relación con la retribución del contrato, la subvención anual a los centros beneficiarios para cada uno de los contratos será de hasta 21.000 euros (1.750 euros por 12 mensualidades).

La retribución salarial mínima que deberán recibir cada uno de los investigadores predoctorales en formación durante este período, que se indicará en cada contrato, será de 16.824 euros brutos anuales (correspondientes a 12 mensualidades de 1.402 euros).

La subvención anual se destinará a financiar el salario bruto y la cuota patronal de la Seguridad Social efectivamente abonada (excluida la reducción del 30% por contingencias comunes) del correspondiente contrato predoctoral".

Segundo.- Aplicación retroactiva.

1. Las modificaciones previstas en el anterior apartado serán de aplicación a las justificaciones de retribuciones de los contratos predoctorales celebrados al amparo de las tres órdenes de convocatoria citadas, y presentadas por los beneficiarios de las mismas, correspondientes a las nóminas abonadas desde 1 de enero de 2020.

2. En el supuesto de que las actuaciones relacionadas con la nómina del mes de enero de 2020 se hubieran efectuado conforme a la redacción anterior de las convocatorias que esta Orden modifica, se efectuarán los ajustes correspondientes en la nómina inmediatamente posterior, haciéndolo en los meses sucesivos conforme a lo previsto en esta convocatoria.

Tercero.- Recursos.

1. Contra esta Orden que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Eficacia.

La presente Orden producirá efectos desde el día 1 de enero de 2020.

Zaragoza, 30 de enero de 2020.

La Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento,

MARÍA EUGENIA DÍAZ CALVO