Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN de 10 de julio de 2015, del Consejero de Presidencia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) y el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Industria e Innovación, para el fomento de la innovación y el desarrollo tecnológico en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 10/08/2015 (Nº 153)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2015/1/0044 el convenio suscrito, con fecha 29 de abril de 2015, por la Presidenta del CDTI y el Consejero de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 10 de julio de 2015.

El Consejero de Presidencia,

VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CENTRO PARA EL DESARROLLO TECNOLÓGICO INDUSTRIAL Y EL GOBIERNO DE ARAGÓN, A TRAVÉS DEL DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN, PARA EL FOMENTO DE LA INNOVACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO

EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

En Madrid, a 29 de abril de 2015.

De una parte, D.ª María Luisa Poncela García, en su calidad de Presidenta del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, en adelante CDTI, entidad de derecho público creada por Real Decreto-Ley 8/1983, de 30 de noviembre, actuando en nombre y representación de esta entidad, en virtud de la competencia que tiene atribuida por el artículo 10 del Real Decreto 1406/1986, de 6 de junio, por el que se aprueba su reglamento.

De otra parte, el Excmo. Sr. D. Arturo Aliaga López, en su calidad de Consejero de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón, actuando en virtud de nombramiento efectuado mediante Decreto de 30 de diciembre de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se dispone su nombramiento, publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 1, de 3 de enero de 2012, y actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, según Acuerdo de este órgano, de fecha 10 de febrero de 2015

Primero.- Que el CDTI es una entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Economía y Competitividad, que tiene como objetivo ayudar a las empresas españolas a elevar su nivel tecnológico y cuyas funciones se encuentran reguladas en el Real Decreto 1406/1986, de 6 de junio, por el que se aprueba su reglamento de actuación. El título competencial tiene su fundamento en el artículo 149.1.15.ª de la Constitución Española.

Entre otras funciones, el CDTI tiene encomendada la promoción del desarrollo tecnológico de las empresas industriales españolas, mediante el impulso de la ejecución de proyectos de desarrollo e implantación de tecnologías, disponiendo de diversos instrumentos de financiación privilegiada de proyectos de I+D desarrollados por empresas y de promoción de la transferencia de tecnología en el ámbito empresarial, así como ostenta la representación de España en diferentes organismos y programas internacionales.

Segundo.- Que, en virtud de lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía de Aragón, reformado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, la competencia exclusiva que en materia de investigación, desarrollo e innovación científica y tecnológica tiene atribuida la Comunidad Autónoma, corresponde en la actualidad al Departamento de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón, según lo dispuesto en el Decreto 27/2012, de 24 de enero, por el que se aprueba la estructura orgánica de dicho departamento y se le atribuyen, en concreto, las competencias de desarrollo y gestión de la investigación, innovación y el desarrollo tecnológico y la transferencia de conocimientos a la sociedad aragonesa.

Tercero.- Que el 11 de mayo de 2005, se suscribió un convenio de colaboración entre CDTI y el Instituto Tecnológico de Aragón (ITA), adscrito al Departamento de Ciencia, Tecnología y Universidad, actualmente Departamento de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón, para la innovación y el desarrollo tecnológico en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Cuarto.- Que de acuerdo con lo previsto en la cláusula séptima del citado convenio, el ITA manifestó, mediante escrito de 18 de noviembre de 2014, su conformidad de dar por finalizada la vigencia del mismo.

Quinto.- Que de acuerdo con lo expuesto, las entidades firmantes están interesadas en cooperar, mediante el presente convenio de colaboración, para complementar sus actuaciones dirigidas a la promoción, difusión y apoyo de la tecnología y la innovación, contribuyendo con ello a la mejora de las condiciones tecnológicas del tejido industrial de Aragón, lo que llevan a efecto con arreglo a las siguientes

Primera.- Objetivos.

El CDTI y el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Industria e Innovación, resuelven colaborar activamente en la promoción, difusión y apoyo de la tecnología y la innovación en Aragón para la consecución de los siguientes objetivos básicos:

- Facilitar la transferencia de tecnologías desarrolladas en los Centros Públicos de Investigación y en los Centros de Innovación y Tecnología de Aragón para la explotación industrial de las mismas.

- Estimular la presentación de propuestas tecnológicas innovadoras a los programas existentes de ayudas públicas, tanto en el ámbito de Aragón como en el nacional, por parte de las empresas de Aragón.

- Facilitar la participación de las empresas de Aragón en los programas internacionales que gestiona CDTI.

- Promover la difusión, valoración y transferencia de tecnologías desarrolladas por las empresas de Aragón a través de proyectos financiados por ambas entidades.

Segunda.- Plan de Actuación.

Para el cumplimiento de los objetivos básicos descritos en la cláusula anterior, este convenio establece las bases generales de la cooperación entre el CDTI y el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Industria e Innovación, siendo necesaria la elaboración de un posterior documento denominado Plan de Actuación, en el que se detallarán las actuaciones concretas.

Este Plan de Actuación, tanto el inicial como sus posibles renovaciones, será elaborado por la Comisión mixta prevista en la cláusula quinta y será suscrito por los mismos representantes que han firmado el presente convenio o por las personas en quienes éstos delegaran. Desde la fecha en la que se suscriba el Plan de Actuación inicial o, en su caso, las renovaciones del mismo, entrarán a ser parte integrante del presente convenio.

Tercera.- Ámbito de colaboración.

La colaboración entre las partes se concretará en las siguientes actuaciones:

a) El CDTI y el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Industria e Innovación, adquieren los siguientes compromisos conjuntos:

a.1) Asesoramiento recíproco, apoyo e intercambio de información, con especial atención a las necesidades del sector empresarial de Aragón, tanto desde la perspectiva nacional como internacional.

a.2) Coordinación para la cofinanciación de proyectos de I+D+i que se consideren de interés, de forma que se asegure su viabilidad financiera a través de un mecanismo de complementariedad. Para ello, cada una de las entidades firmantes, en función de su disponibilidad presupuestaria y de acuerdo con sus normas internas, aportará, en su caso, la financiación que considere más adecuada de entre las distintas modalidades existentes.

b) El CDTI adquiere los siguientes compromisos:

b.1) Prestación de asistencia y apoyo al Departamento de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón, en las actuaciones de promoción de la investigación, desarrollo e innovación tecnológica referidas en el apartado c.1) de la presente cláusula, así como en los servicios previstos en el apartado c.2).

b.2) Información al Departamento de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón, de la situación del proceso de evaluación de todos aquellos proyectos que hayan sido dirigidos al CDTI procedentes de Aragón a los efectos descritos en el apartado c.2) de la presente cláusula.

c) El Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Industria e Innovación, adquiere los siguientes compromisos:

c.1) Organización y ejecución de actividades comunes relacionadas con la promoción, en el sector empresarial de Aragón, de la investigación, desarrollo e innovación tecnológica, así como de los instrumentos financieros y programas de ayudas existentes, tanto nacionales como internacionales.

c.2) Prestación de un servicio de asesoramiento a las empresas en la redacción de propuestas de proyectos de I+D, tanto nacionales e internacionales, como de promoción exterior de la tecnología, dirigidas al CDTI. Asimismo, prestación del servicio de recepción, preevaluación y tramitación de dichas propuestas.

Cuarta.- Comisión mixta.

Dentro del plazo de treinta días hábiles a contar desde la fecha de la firma de este convenio, deberá constituirse una comisión mixta integrada por tres representantes de cada una de las partes. Esta Comisión mixta fijará sus propias normas de funcionamiento, debiendo reunirse con carácter ordinario al menos una vez al año o, de forma extraordinaria, cuando lo solicite justificadamente cualquiera de las partes.

En dicha comisión habrá un representante de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Aragón, conforme a lo previsto en el artículo 27.1.b) de la Ley 6/1997, de 14 de abril.

Quinta.- Funciones de la Comisión mixta.

Corresponde a la Comisión mixta las siguientes funciones:

a) Planificar y elaborar el Plan de Actuación inicial y, en su caso, los sucesivos que irán detallando las formas de colaboración necesarias para el cumplimiento de los objetivos del presente convenio. El primer Plan de Actuación se adjunta como anexo al presente convenio.

b) Realizar el seguimiento de las acciones emprendidas, velando por el cumplimiento de lo pactado en el presente convenio.

c) Preparar un informe anual de las actuaciones realizadas, que incluya la valoración de los resultados obtenidos.

d) Elevar a los órganos competentes de las dos entidades las propuestas de mejora, adaptación o modificación del presente convenio que se consideren pertinentes a la vista del informe anual.

Sexta.- Duración y modificación del convenio.

El presente convenio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y tendrá una duración indefinida. A lo largo de su vigencia, podrá ser modificado por acuerdo expreso entre las partes a fin de incorporar las propuestas de mejora que se hayan considerado pertinentes para el logro de los objetivos previstos.

Séptima.- Denuncia del convenio.

Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, cualquiera de las partes podrá denunciar el presente convenio comunicándolo por escrito a la otra parte con una antelación de, al menos, tres meses a la fecha en que vaya a darlo por finalizado.

Con la firma del presente convenio, ambas partes acuerdan dejar sin efecto el convenio de colaboración suscrito con fecha 11 de mayo de 2005, ya denunciado formalmente, así como todos los demás acuerdos o convenios suscritos con anterioridad entre ambas partes de contenido similar al del objeto que se regula en éste.

Octava.- Protección de datos.

Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos. En este sentido, cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que por este concepto pueda incurrir.

Novena.- Tratamiento de datos.

Los datos personales del/los comparecientes utilizados para firma del presente convenio están almacenados en un fichero titularidad del CDTI, y serán tratados con la finalidad de llevar a cabo la gestión, desarrollo, cumplimiento y control de la relación contractual, así como la realización de remisiones de obligado cumplimiento. Los datos serán tratados y protegidos conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

El/los titular/es de los datos podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose por escrito al CDTI al domicilio siguiente: C/ Cid, 4, 28001 Madrid.

Décima.- Confidencialidad de la información.

La información que las partes se entreguen para el desarrollo de este convenio tendrá carácter confidencial, a menos que las mismas acuerden lo contrario.

Dicho carácter se notificará expresamente a los respectivos empleados y se mantendrá el carácter confidencial de la información una vez rescindido el convenio.

Undécima.- Interpretación del convenio y jurisdicción.

Todas las cuestiones que se susciten entre las partes contratantes por la interpretación del presente contrato serán resueltas de común acuerdo entre ellas.

Caso de no ser posible tal acuerdo, se someten, con renuncia expresa del fuero que resultara competente, a los juzgados y tribunales de Madrid (capital).

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio, por duplicado, en el lugar y fecha arriba indicados.

ANEXO AL CONVENIO DE COOPERACIÓN PARA FOMENTO DE LA INNOVACIÓN Y EL DESARROLLO TECNOLÓGICO EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN, A TRAVÉS DEL DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN

Estructura del Plan Actuación.

Actividades:

1. Asesoramiento recíproco, apoyo e intercambio de información y procedimientos.

El Plan de Actuación describirá en detalle las modalidades de cooperación en materia de asesoramiento, así como los canales de comunicación e intercambio de información que se habiliten y los contenidos mínimos y periodicidad de los informes que se prevean recíprocamente. Como en todos los puntos siguientes, se concretaran las tareas de cada parte, junto con la distribución de los gastos asociados a las actividades conjuntas.

2. Coordinación de financiación de actuaciones.

Un aspecto clave del Plan de Actuación será la cuantificación de los objetivos en cuanto al número de propuestas de proyectos que se prevé movilizar en la Comunidad Autónoma de Aragón (CCAA), y serán presentados a los correspondientes programas nacionales que gestiona el CDTI. Las líneas de actuación para alcanzar estos objetivos son:

2.1. Complementariedad en las ayudas.

2.2. Cofinanciación.

3. Captación de proyectos de I+D+i en el ámbito internacional.

Un aspecto clave del Plan de Actuación, será la cuantificación de los objetivos en cuanto al número de propuestas de proyectos que se prevé movilizar en la Comunidad Autónoma de Aragón (CCAA), y serán presentados a los correspondientes programas internacionales que gestiona el CDTI. Las líneas de actuación para alcanzar estos objetivos son:

3.1. Promoción y gestión de propuestas en el Programa H2020.

3.2. Servicios de la Red Exterior.

4. Promoción.

Se especificaran las actividades de promoción necesarias para alcanzar los objetivos previstos, entre las que podrán complementarse: visitas a empresas, organización de jornadas y seminarios de difusión, participación en ferias sectoriales, publicación de informativos periódicos, o cualquier otro medio que sea considerado de interés. En el Plan de Actuación se fijará también un programa de calendario de estas actividades.