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RESOLUCIÓN de 5 de septiembre de 2014, del Director General de Ordenación Académica y del Director General de Política Educativa y Educación Permanente, mediante la que se anuncia nueva convocatoria del Programa de Innovación "Emprender en la escuela", para su puesta en marcha en los centros de la Comunidad autónoma de Aragón, que imparten formación profesional específica, educación secundaria y/o bachillerato, en cualquiera de sus modalidades, durante el curso 2014/2015.

Publicado el 23/09/2014 (Nº 187)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

En las Conclusiones del Consejo Europeo, de mayo de 2009 sobre un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y formación 2020 se establecen cuatro objetivos estratégicos siendo uno de ellos "incrementar la creatividad y la innovación, incluido el espíritu empresarial, en todos los niveles de la educación y la formación".

La Comisión Europea presentó el 3 de marzo de 2010 una Comunicación titulada "Europa 2020: una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador". A su vez, el Consejo Europeo del 17 de junio de 2010 aprobó el planteamiento general de dicha estrategia confirmando sus cinco objetivos, que los Estados miembros deberán trasladar a sus programas nacionales y entre los que se encuentran:

1. Procurar llegar a un índice de ocupación del 75% de los hombres y mujeres con edades comprendidas entre los 20 y los 64 años, incrementando la participación de los jóvenes, los trabajadores de mayor edad y los trabajadores con bajas cualificaciones, e integrando mejor a los inmigrantes en situación regular.

2. Mejorar los niveles de educación, en particular con el objetivo de reducir el índice de abandono escolar a menos del 10% e incrementar al menos al 40% el porcentaje de personas de entre 30 y 34 años que finaliza los estudios de enseñanza superior o equivalente.

La estrategia 2020 aclara que "el crecimiento inteligente significa la consolidación del conocimiento y la innovación como impulsores de nuestro crecimiento futuro. Esto requiere mejorar la calidad de nuestra educación, consolidar los resultados de la investigación, promover la innovación y la transferencia de conocimientos en toda la Unión, explotar al máximo las TIC y asegurarse de que las ideas innovadoras puedan convertirse en nuevos productos y servicios que generen crecimiento y empleos de calidad y que ayuden a afrontar los retos derivados de los cambios sociales en Europa y en el mundo. Pero para tener éxito, debe combinarse con un espíritu emprendedor, financiación y una atención prioritaria a las necesidades de los usuarios y a las oportunidades del mercado".

En España, la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, establece como uno de los fines del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, incorporar a la oferta formativa aquellas acciones de formación que capaciten para el desempeño de actividades empresariales por cuenta propia, así como para el fomento de las iniciativas empresariales y del espíritu emprendedor, que contemplará todas las formas de constitución y organización de las empresas, ya sean éstas individuales o colectivas y en especial las de economía social.

La Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de educación, artículo 40.1.h) redactado por el apartado treinta y tres del artículo único de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (""Boletín Oficial del Estado", número 295, de 10 diciembre de 2013), establece que la Formación Profesional en el sistema educativo contribuirá a que el alumnado consiga los resultados de aprendizaje que le permitan: afianzar el espíritu emprendedor para el desempeño de actividades e iniciativas empresariales.

La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, en el Preámbulo establece que uno de los principales objetivos es estimular el espíritu emprendedor de los estudiantes.

El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional en el sistema educativo, insiste en el artículo 3 apdo.1 g), en que las enseñanzas de formación profesional tienen por objeto potenciar la creatividad, la innovación y la iniciativa emprendedora. En el mismo sentido se manifiesta el artículo 2 de la orden de 29 de mayo de 2008, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece la estructura básica de los currículos de los ciclos formativos de formación profesional y su aplicación en la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, con el deseo de impulsar la iniciativa emprendedora en el alumnado aragonés y su acercamiento al mundo de las empresas, firmó un convenio con el Instituto Aragonés de Fomento con la finalidad de implantar el Programa "Emprender en la Escuela" en los centros escolares de Educación Secundaria de la Comunidad Autónoma de Aragón. De este modo intenta fomentar una metodología más activa, centrada sobre todo en las iniciativas y decisiones de los propios alumnos, a la vez que se facilitaran las relaciones y el conocimiento mutuo entre los ámbitos educativos, institucionales y empresariales.

Con la finalidad de seguir cumpliendo la normativa vigente, así como de contribuir a la consecución de los objetivos de la estrategia Europa 2020, el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, a través de la Dirección General de Ordenación Académica y de la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente, convoca el Programa de Innovación "Emprender en la Escuela", para su puesta en marcha en los centros de la Comunidad Autónoma de Aragón, para el alumnado que curse Formación Profesional, ESO y/o Bachillerato, en cualquiera de sus modalidades, durante el curso 2014/2015, y establece las siguientes bases:

Primera.- Objetivos.

Este programa tendrá el carácter de Programa de Innovación y tendrá como objetivo la formación de personas emprendedoras entre el alumnado que cursa estudios de Formación Profesional, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en el sistema educativo.

Se pretende proporcionar al alumnado los conocimientos que capaciten para el desarrollo cualificado de una profesión y el aprendizaje de habilidades emprendedoras, que mejoren su empleabilidad en el mercado de trabajo y potencien sus oportunidades para diseñar y poner en funcionamiento sus propias iniciativas de empresa en nuestra Comunidad.

De esta forma la juventud participante toma conciencia de que pueden ser el motor de su propio futuro, esforzándose por conseguir crear su sueño empresarial y asumir con responsabilidad la organización de recursos que conlleva crear su propio puesto de trabajo y en un futuro a corto-medio plazo, crecer y consolidar su actividad socioeconómica con un equipo de trabajo generador de nuevos empleos en Aragón

Los Centros que imparten Formación Profesional, Educación Secundaria Obligatoria y/o Bachillerato deben desempeñar, entre otros, el papel de dinamizadores de la juventud que quiere llevar a cabo iniciativas viables de autoempleo, convirtiéndose así en viveros de pequeñas empresas.

Segunda.- Destinatarios.

Podrán solicitar la participación en esta convocatoria todos los centros de la Comunidad Autónoma de Aragón, que impartan Formación Profesional, Educación Secundaria Obligatoria y/o Bachillerato y que cumplan los requisitos señalados en la presente resolución.

Tercera.- Profesorado.

a) El profesorado participante en el Programa "Emprender en la Escuela" tendrá prioridad para participar en los cursos de perfeccionamiento en gestión empresarial organizados por el Instituto Aragonés de Fomento.

b) Las actividades de formación de profesorado que se realicen en el marco del Programa "Emprender en la Escuela" estarán homologadas como actividades de formación y perfeccionamiento, por lo que darán derecho a la obtención de los correspondientes créditos de formación.

c) Con el objetivo de intercambiar experiencias sobre los proyectos de creación de empresas entre el profesorado de los centros participantes en el Programa, se podrán constituir seminarios provinciales, o desarrollar sesiones específicas sobre valores empresariales en los seminarios de Familias profesionales o de Asignaturas de Educación Secundaria Obligatoria y/o Bachillerato ya constituidos, a propuesta de la Dirección General de Ordenación Académica o de la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente, que se realizarán en el Centro de Innovación para la Formación Profesional en Aragón y en los Centros de Innovación y Formación Educativa.

Cuarta.- Acciones.

Dentro de este programa se podrá participar en las siguientes acciones:

a) Talleres emprendedores, cuyo objetivo es servir de apoyo educativo al fomento de actitudes, habilidades y capacidades de los jóvenes en relación al desarrollo de iniciativas empresariales y a la elaboración de proyectos de empresa.

b) Premios "Emprender en la Escuela" cuyo objetivo es reconocer el esfuerzo en la elaboración de los proyectos de empresa realizados por el alumnado a lo largo de todo el curso académico y la voluntad de su puesta en marcha real manifestado durante la defensa pública de los mismos.

Quinta.- Talleres emprendedores.

Los talleres emprendedores, versarán sobre materias y capacidades de desarrrollo de iniciativas empresariales, ayudarán a elaborar un proyecto de empresa viable a lo largo del curso, potenciarán las habilidades sociales y de comunicación, contribuyendo a provocar que el alumnado desarrolle la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor.

Al inicio del curso escolar se realizará la convocatoria a los centros, para que puedan solicitar en la forma y plazo que se determine, el desarrollo de dos talleres por centro, dirigidos a grupos de alumnos de Educación Secundaria, Formación Profesional y/o Bachillerato, y de duración aproximada de dos horas.

Los talleres se comenzarán a impartir el 1 de octubre de 2014, la fecha y horario concreto de celebración se acordará con cada centro, de conformidad a las preferencias indicadas en la solicitud telemática presentada.

Sexta.- Premios "Emprender en la Escuela".

1. Requisitos

a) El Consejo Escolar/Social del centro interesado en participar en los Premios "Emprender en la Escuela" deberá aprobar la participación, mediante certificación expresa que acompañará a la solicitud.

b) El alumnado participante debe estar cursando Formación Profesional y/o Bachillerato durante el curso académico 2014/2015.

c) Cada proyecto será presentado por un equipo promotor con un máximo de tres personas.

d) Deberá formarse un equipo compuesto por profesorado que impartan módulos de formación profesional y/o asignaturas de Bachillerato de entre los cuales se nombrará un responsable por cada proyecto empresarial presentado, que acompañará a los participantes en la defensa del proyecto, según el calendario fijado.

e) El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte emitirá certificación con el reconocimiento de 10 horas de formación al profesorado responsable de los proyectos empresariales presentados, a efectos de lo dispuesto en la Orden EDU/2886/2011, de 20 de octubre de 2011 ("Boletín Oficial del Estado", de 28 de octubre de 2011), por la que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado. Este reconocimiento se entiende por la labor realizada a lo largo de todo el curso escolar para desarrollar y presentar el proyecto empresarial a los citados premios.

2. Solicitud y plazo de presentación de los proyectos empresariales.

a) Los centros educativos de la Comunidad Autónoma interesados en participar en estos Premios con alumnado de Formación Profesional, deberán solicitarlo a la Dirección General de Ordenación Académica y/o si se desea participar con alumnado de Bachillerato deberán solicitarlo a la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, cumplimentando el modelo del anexo I para Formación Profesional y el anexo II para Bachillerato, y adjuntando la correspondiente certificación de la aprobación del Consejo Escolar/Social del centro educativo.

b) El plazo de presentación de la documentación requerida comenzará al día siguiente de la publicación de esta resolución y finalizará el 8 de mayo de 2015 y deberá presentarse en el Registro General de la Diputación General de Aragón sito en el Paseo María Agustín número 36, Edificio Pignatelli de Zaragoza; en los registros de los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte; o bien, por cualquiera de los cauces previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

3. Características.

a) Los centros participantes fomentarán la realización de proyectos conjuntos de alumnado procedente de diversas Familias Profesionales y/o Ciclos Formativos de FP y de diferentes modalidades de Bachillerato, y su aplicación prioritaria en los últimos cursos de cada enseñanza

b) Los centros favorecerán la comunicación entre sus equipos de profesorado y alumnado y los de los otros centros participantes en el programa, así como también con las instituciones y empresas colaboradoras.

c) El alumnado participante, asesorado por el equipo docente, realizará un proyecto de plan de empresa, cuya viabilidad será asesorada por los consultores profesionales colaboradores en el marco del Programa "Emprender en Aragón".

4. Presentación de los proyectos.

a) De entre todos los proyectos de empresa realizados por el alumnado de un centro, educativo, el equipo docente seleccionará un máximo de dos proyectos en Formación Profesional y dos proyectos en Bachillerato, para su presentación a los Premios.

b) Todos los proyectos de empresa deben ir acompañados de la información sobre el centro y el equipo promotor detallado en los anexos III y IV, referidos a la categoría de Formación Profesional y de Bachillerato respectivamente.

c) El plazo de presentación de proyectos finalizará el 8 de mayo de 2015. Sólo es necesario presentar un ejemplar original de cada proyecto, que quedará en poder de la Administración.

5. Categorías y premios.

a) Se establecen tres categorías:

- Categoría A, a la mejor elaboración de un proyecto de empresa.

Enseñanza: Formación Profesional.

- Categoría B, a la mejor iniciativa emprendedora.

Enseñanza: Formación Profesional.

- Categoría C, a la mejor iniciativa emprendedora en Bachillerato.

Enseñanza: Bachillerato.

b) En cada una de las tres categorías y enseñanza se otorgará un primer premio, un segundo y un tercero.

c) Se entregará premio, en caso de que resulte seleccionado el proyecto defendido, sólo al alumnado que participe en la defensa del proyecto ante el jurado.

6. Jurado y valoración de proyectos.

Los proyectos presentados serán estudiados por un Jurado constituido por representantes del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, del Instituto Aragonés de Fomento y de las entidades colaboradoras en este programa.

De entre todos los proyectos presentados el jurado determinará aquellos que deben pasar a la fase final, que serán convocados para realizar la defensa de los mismos.

La exposición del proyecto tendrá una duración de 10 minutos.

En estos proyectos el Jurado valorará los siguientes aspectos:

- Originalidad y creatividad en la concepción del proyecto.

- Detección de nuevas oportunidades de negocio, diferenciación con lo establecido y mejora de la prestación de productos o servicios al mercado.

- Carácter dinamizador de sectores estratégicos, desarrollo socioeconómico de territorios de Aragón y mejora de la calidad de vida de la comunidad.

- Innovación tecnológica.

- Calidad técnica de los proyectos, planificación completa de la creación de empresa y presentación material.

- Composición multidisciplinar del equipo de trabajo (pertenencia de los alumnos y/o profesores a varias familias profesionales o diferentes asignaturas/departamentos).

- Especialmente, se tendrán en cuenta las habilidades emprendedoras en el equipo de promotores y voluntad expresa de su puesta en marcha real, así como la defensa pública del proyecto.

7. Proyectos ganadores.

a) Los proyectos seleccionados para su puesta en marcha quedarán integrados dentro del conjunto de actuaciones y servicios del Programa "Emprender en Aragón".

b) Las empresas que surjan de los proyectos se comprometen a colaborar con los centros educativos en el módulo de Formación en Centros de Trabajo y/o en la difusión del espíritu emprendedor en Bachillerato y a actuar como dinamizadores en las futuras convocatorias de "Emprender en la Escuela".

8. Aceptación de las bases.

La presentación de solicitud de participación, lleva consigo la aceptación por parte de quienes las formulen de los términos de la presente convocatoria, así como del otorgamiento de los premios.

Zaragoza, 5 de septiembre de 2014.

El Director General de Ordenación Académica,

MARCO A. RANDO RANDO

El Director General de Política Educativa y Educación Permanente,

MANUEL MAGDALENO PEÑA