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ORDEN de 14 de diciembre de 2012, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre la Confederación de Empresarios de Aragón (CREA), la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa (CEPYME-Aragón), la Unión Sindical de Comisiones Obreras de Aragón (CC.OO.-Aragón), la Unión General de Trabajadores de Aragón (UGT-Aragón) y el Gobierno de Aragón para el desarrollo y ejecución del Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón.

Publicado el 15/01/2013 (Nº 10)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. h7c00n11749 el convenio suscrito, con fecha 24 de octubre de 2012, por el Presidente de CREA, el Presidente de CEPYME-Aragón, el Secretario General de CC.OO.-Aragón, el Secretario General de UGT-Aragón y el Consejero de Economía y Empleo del Gobierno de Aragón, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 14 de diciembre de 2012.

En Zaragoza, a 24 de octubre de 2012, reunidos:

De una parte, el Excmo. Sr. D. Francisco Bono Ríos, Consejero de Economía y Empleo del Gobierno de Aragón, actuando en su nombre y representación y facultado para la firma de este convenio por Acuerdo del Gobierno de Aragón de fecha 23 de octubre de 2012.

De otra parte:

D. Jesús Morte Bonafonte, en calidad de Presidente de la Confederación de Empresarios de Aragón.

D. Aurelio López de Hita, en calidad de Presidente de la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa Aragonesa.

D. Julián Lóriz Palacio, en calidad de Secretario General de la Unión General de Trabajadores de Aragón.

D. Julián Buey Suñén, en calidad de Secretario General de la Unión Sindical de Comisiones Obreras de Aragón. Manifiestran:

I. El Estatuto de Autonomía de Aragón en su artículo 99.3 dice que "Las instituciones aragonesas velarán por el equilibrio territorial y desarrollo sostenible de Aragón y por la realización interna del principio de solidaridad, y orientarán su actuación económica a la consecución del pleno empleo y la mejora de la calidad de vida de los aragoneses", y en su artículo 26 "Los poderes públicos de Aragón promoverán el pleno empleo de calidad en condiciones de seguridad; la prevención de los riesgos laborales; la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo; la formación y promoción profesionales, y la conciliación de la vida familiar y laboral", siguiendo lo dispuesto en los artículos 40 y 131 de la Constitución Española.

II. El Decreto 51/2000, de 14 de marzo, del Gobierno de Aragón, modificado por el Decreto 2/2003, de 14 de enero, por el que se regula el Plan de Formación e Inserción Profesional de Aragón establece en su artículo 7; la posibilidad de suscribir convenios de colaboración con las Organizaciones Empresariales y/o Sindicales más representativas.

III. Que el Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón se inició, en el marco del convenio suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Diputación General de Aragón de fecha 15 de septiembre de 1998, con el objetivo de conseguir la inserción laboral de jóvenes con baja cualificación.

IV. Que con fecha 12 de noviembre de 1998 se firmó el Acuerdo para el Fomento del Empleo en la Comunidad Autónoma para 1999 (AFECA) en cuyo apartado 7.º se reconoce la necesidad de desarrollar el Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón implicando para su ejecución a las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.

V. Que desde el año 1999 se vienen suscribiendo convenios de colaboración para el desarrollo del Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón, entre las mismas partes firmantes del presente convenio, cuyos resultados han sido valorados de forma positiva por todas las partes y habiendo terminado el plazo de vigencia del último de estos convenios, las partes manifiestan su deseo de prolongar el desarrollo del Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón.

VI. Las organizaciones empresariales y sindicales firmantes del Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón, son las consideradas por el Gobierno de Aragón como las más representativas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón. Son las organizaciones que han suscrito el Acuerdo social para la Competitividad y el Empleo en Aragón 2012-2015 y son un pilar fundamental en la ejecución del Plan de Formación e Inserción Profesional de Aragón.

VII. Que las subvenciones concedidas en el marco de este convenio están incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Economía y Empleo, aprobado por Orden de 15 de febrero de 2012, del Consejero de Economía y Empleo, modificado por Orden de 4 de abril de 2012, en cumplimento del punto 90 del apartado III del Plan de Racionalización del Gasto Corriente, aprobado por el Gobierno de Aragón en sesión de 13 de septiembre de 2011.

Por todo ello y, en su virtud, acuerdan el presente convenio de colaboración con arreglo a las siguientes cláusulas:

Primera.- Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el Gobierno de Aragón y las organizaciones empresariales y sindicales firmantes del mismo, para el desarrollo y ejecución del Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón, según las cláusulas que a continuación se suscriben y siempre dentro del marco regulado por el Decreto 51/2000, de 14 de marzo, del Gobierno de Aragón, modificado por el Decreto 2/2003, de 14 de enero, por el que se regula el Plan de Formación e Inserción Profesional de Aragón.

Segunda.- Ámbito territorial.

El ámbito territorial de ejecución es el correspondiente a toda la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercera.- Actuaciones contempladas en el Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón.

El Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón para el 2012 tiene como objetivo favorecer la inserción laboral a través del contrato de formación a jóvenes entre 16 y 25 años y/o susceptibles de poder firmar el mismo conforme a lo previsto en la normativa vigente.

Las acciones a realizar serán:

- Acciones de publicidad y difusión del Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón.

- Acciones de información y orientación a candidatos potenciales para ser alumnos trabajadores a través del Plan.

- Acciones de prospección y captación de empresas para la celebración de contratos de trabajo.

- Gestión de la selección de alumnos y empresas y apoyo a la gestión de la contratación.

- Concertación de las acciones formativas con centros de formación adecuados.

- Acciones formativas vinculadas a la ocupación de la formación objeto del contrato a lo largo de la duración del mismo, en centros debidamente acreditados, autorizándose la contratación del servicio externo docente.

- Seguimiento de la acción formativa y de la participación del alumno.

- Coordinación con los tutores de empresa.

- Gestión administrativa completa del proceso.

Cuarta.- Coordinación del proyecto y Comisión de Seguimiento.

Se designa a la Confederación de Empresarios de Aragón (CREA) como entidad coordinadora del proyecto y única entidad beneficiaria de la subvención, asumiendo las funciones de gestión del Plan, siendo el resto de las entidades firmantes promotoras de su desarrollo.

Se constituirá una Comisión de Seguimiento del Plan compuesta por un representante de cada una de organizaciones empresariales y sindicales firmantes del presente convenio y cuatro representantes del Instituto Aragonés de Empleo, cuyas funciones son proponer acciones, calendario de ejecución, colectivos destinatarios, ámbito geográfico, infraestructuras necesarias, selección de empresas, difusión, evaluación y cuantas actuaciones sean necesarias llevar a cabo para el desarrollo y ejecución del Plan.

Quinta.- Aportaciones de las partes.

1. Por el Gobierno de Aragón, a través del Instituto Aragonés de Empleo y con arreglo a su programación anual, dentro de sus posibilidades institucionales y presupuestarias:

- Financiación de las acciones realizadas dentro del marco legal establecido en el Plan de Formación e Inserción Profesional de Aragón, por un importe de 487.500 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 51010 3221 480261 91002.

- El importe de la subvención se hará efectivo en dos pagos. En el ejercicio 2012 por importe de 237.500 euros en concepto de anticipo y en el ejercicio 2013 por importe de 250.000 euros, una vez justificada la totalidad del gasto.

2. Por la entidad coordinadora, la Confederación de Empresarios de Aragón, con NIF G50115989:

- La ejecución de las acciones objeto del presente convenio.

- Mantener un sistema de contabilidad separada o un código contable adecuado que identifique las transacciones contables de esta subvención.

- Seguro de accidentes de los alumnos participantes en el Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón.

- Si la ejecución de las acciones de formación se realiza con medios externos al beneficiario, este deberá contar con un procedimiento de publicidad y concurrencia, que se aplicará en su contratación y que será entregado al INAEM en el momento de la justificación de gastos.

- Destacar en cuantas actividades se realicen para la difusión del Plan FIJA, la participación del Gobierno de Aragón y el INAEM, así como incorporar sus logotipos en cuantos materiales se reproduzcan y utilicen para la publicidad o difusión de las actividades realizadas, de acuerdo con lo dispuesto en el Manual de Identidad Visual Corporativa del Gobierno de Aragón y normativa reguladora aplicable.

- Los procedimientos de notificación y conexión telemática con el Instituto Aragonés de Empleo, a través de los cuales la entidad coordinadora comunicará al Servicio de Formación tanto los datos requeridos sobre las acciones formativas, como los de los alumnos participantes en el Plan.

- Efectuar la justificación de las cantidades aprobadas en este convenio y que figuran como anexo 1 al mismo, debiendo aportar junto a los documentos que acrediten el gasto efectivamente realizado, una memoria de las actuaciones realizadas y su valoración, comprometiéndose a facilitar cuanta documentación le sea requerida por el Instituto Aragonés de Empleo.

- Cumplir con el resto de obligaciones de las entidades colaboradoras establecidas en el Decreto 51/2000, modificado por el Decreto 2/2003, de 14 de enero, por el que se regula el Plan de Formación e Inserción Profesional de Aragón y lo previsto en la Orden de 21 de abril de 2005, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo de desarrollo del Decreto 51/2000, del Gobierno de Aragón, así como lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Los ingresos recibidos por la Confederación de Empresarios de Aragón, de las empresas contratantes de jóvenes, en concepto de coste de la formación teórica cuando esta no puede ser bonificada, irán destinados a la ejecución del Plan FIJA.

Sexta.- Ayudas a la inserción profesional.

Los alumnos participantes en el Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón dispondrán durante la ejecución del plan y durante el período de vigencia del contrato de formación de las siguientes ayudas:

- Una ayuda por desplazamiento de 2,40 euros/día, siempre que la distancia de su domicilio al centro de trabajo o formación esté comprendido entre los 20 y 50 km.

- Una ayuda por desplazamiento y manutención de 9,60 euros/día, cuando la distancia anteriormente indicada esté entre 50 a 100 km.

- Una ayuda por desplazamiento, manutención y alojamiento de 36 euros/día cuando la distancia supere los 100 km.

Estas ayudas serán gestionadas por la entidad beneficiaria del Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón y pagadas con cargo a la subvención recibida en este convenio. La percepción de las mencionadas ayudas quedará sujeta a la instrucción interna sobre gestión y pago de ayudas económicas a jóvenes del Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón.

Séptima.- Selección de participantes.

La selección de los alumnos/as integrantes del Plan FIJA será realizada por la entidad coordinadora del Plan, en colaboración con el INAEM, entre las personas inscritas que cumplan los requisitos para participar en el mismo.

Octava.- Justificación y pago.

La justificación de los gastos ocasionados por la ejecución del Plan de Formación e Inserción Juvenil de Aragón, así como el pago de la subvención a la Confederación de Empresarios de Aragón (CREA), correspondiente al presente convenio se ajustará a lo establecido en los artículos 23, 25 y 30 del Decreto 51/2000, de 14 de marzo, por que se regula el Plan de Formación e Inserción Profesional de Aragón, modificado por el Decreto 2/2003, de 14 de enero, adoptando la modalidad de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto y sus correspondientes documentos de pago, en cumplimiento del artículo 69 y siguientes del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Igualmente deberán cumplirse las "Instrucciones de justificación" elaboradas por el Servicio de Formación del Instituto Aragonés de Empleo.

La liquidación económica se realizará conforme a lo establecido en el anexo 1 que se adjunta. Se admitirán gastos desde el 1 de enero del ejercicio corriente.

El plazo para la presentación de la documentación justificativa del gasto y del pago será de tres meses a partir de la finalización de las actuaciones contempladas en este convenio.

Será causa de devolución de las cantidades recibidas la vulneración de lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 51/2000, de 14 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Plan de Formación e Inserción Profesional de Aragón, de la disposición adicional 2.ª de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el 2004, el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y de cuantas disposiciones generales sean aplicables en materia de subvenciones.

Novena.- Legislación aplicable.

Las actuaciones que se realicen al amparo del presente convenio se regirán, en todo lo no previsto en el mismo, por el Decreto 51/2000 de 14 de marzo, modificado por el Decreto 2/2003, de 14 de enero, del Gobierno de Aragón, y sus órdenes de desarrollo, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

Décima.- Modificación de las acciones.

Se faculta al Director Gerente del Instituto Aragonés de Empleo para autorizar mediante resolución cualquier modificación en las acciones, siempre que no supongan variación sobre la cantidad aprobada como subvención en el presente convenio.

Decimoprimera.- Plan de Racionalización del Gasto Corriente.

El presente convenio se acoge a los puntos que le son de aplicación recogidos en el apartado III del Plan de Racionalización del Gasto Corriente, aprobado con fecha 13 de septiembre de 2011 por el Gobierno de Aragón.

Decimosegunda.- Vigencia del convenio.

El presente convenio extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2012, pudiendo ser prorrogado por mutuo acuerdo de las partes firmantes del mismo. No obstante podrá producirse su resolución por mutuo acuerdo de las partes, por incumplimiento o por demanda de alguna de ellas. En este último caso deberá mediar una notificación de denuncia de la otra parte con una antelación de dos meses a la fecha que desearía dejarla sin efecto.

Decimotercera.- Naturaleza del convenio y jurisdicción competente.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan surgir en la ejecución del convenio se resolverán por la Comisión de Seguimiento. En defecto de acuerdo, la resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan surgir en la ejecución del mismo corresponderá al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio en el lugar y fecha arriba indicados.