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ORDEN PRE/475/2017, de 23 de marzo, por la que se dispone la publicación de la adenda I al convenio de colaboración entre el Instituto Aragonés de Fomento (IAF) y la Universidad de Zaragoza, para el fomento de la investigación de la biomecánica del impacto.

Publicado el 18/04/2017 (Nº 73)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrita en el Registro General de Convenios con el núm. 2017/4/0006 la adenda suscrita, con fecha 15 de febrero de 2017, por la Consejera de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón, y Presidenta del IAF, y el Rector de la Universidad de Zaragoza, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la citada adenda, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 23 de marzo de 2017.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

ADENDA I AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA Y EL INSTITUTO ARAGONÉS DE FOMENTO, PARA EL FOMENTO DE LA INVESTIGACIÓN DE LA BIOMECÁNICA DEL IMPACTO

En Zaragoza, a 15 de febrero de 2017.

D.ª Marta Gastón Menal, en su condición de Presidenta del Instituto Aragonés de Fomento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 del texto refundido de la Ley del Instituto Aragonés de Fomento, aprobado por el Decreto Legislativo 4/2000, de 29 de junio, del Gobierno, de Aragón, en nombre y representación del citado Instituto. Se encuentra facultada para este acto en virtud de Acuerdo del Consejo de Dirección del citado Instituto, adoptado el 22 de noviembre de 2016.

D. José Antonio mayoral, en nombre y representación de la Universidad de Zaragoza, en ejercicio de su cargo de Rector, para el que fue nombrado por Decreto 40/2016, de 5 de abril, del Gobierno de Aragón. Se encuentra facultado para este acto en virtud de la representación legal señalada en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y en el artículo 62 del Decreto 1/2004, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Zaragoza, modificados por Decreto 27/2011, de 8 de febrero, del Gobierno de Aragón.

Intervienen todos en función de sus respectivos cargos, que han quedado expresados, y en el ejercicio de las facultades que a cada uno le están conferidas, con plena capacidad legal para formalizar el presente convenio y, al efecto,

I. Que el Instituto Aragonés de Fomento (IAF) y la Universidad de Zaragoza (UZ) firmaron el 14 de septiembre de 2016 un convenio de colaboración para el fomento de la investigación de la biomecánica del impacto por importe de trescientos mil euros (300.000 €), para financiar la realización de estudios y experimentos biomecánicos de los accidentes y sus consecuencias, que se realizan en el Laboratorio del Impacto ubicado en el Parque Tecnológico del Motor (Alcañiz, Teruel).

II. Según establece en la cláusula octava de dicho convenio, éste se prorrogará anualmente automáticamente, salvo denuncia de una de las partes con tres meses de antelación.

Asimismo, dispone que las prórrogas quedan condicionadas y limitadas a la disponibilidad presupuestaria, y vendrán recogidas en adendas, una vez que el Consejo de Dirección del IAF haya aprobado para cada ejercicio el importe a destinar.

Dichas adendas anuales, detallarán, tanto las actividades a realizar por el Laboratorio del Impacto en cada ejercicio, como el importe destinado por el IAF para financiar las mismas.

III. Dentro del listado de proyectos estratégicos y singulares, aprobados en la reunión de la Comisión de Seguimiento del Fondo de Inversiones de Teruel, celebrada el 22 de junio de 2016, hay una partida de trescientos mil euros (300.000 €) destinada al "Laboratorio TESSA Motorland", actual Laboratorio del Impacto del I3A, cuyo órgano responsable es el Instituto Aragonés de Fomento.

IV. Por otra parte, la cláusula decimoquinta, relativa a la protección de datos, y la cláusula decimoctava, relativa a la naturaleza jurídica, del convenio suscrito por las partes, en fecha 14 de septiembre de 2016, hacen referencia a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Estando derogada dicha ley, desde el pasado día 2 de octubre de 2016, procede la modificación de las cláusulas que hacen referencia a la misma.

Por lo anterior, las partes acuerdan formalizar la presente adenda al convenio de colaboración suscrito por el IAF y la UZ, en fecha 14 de septiembre de 2016, que se regirá por lo establecido en el presente documento, conjuntamente con lo dispuesto en el convenio original,

Primero.- Que el IAF, de conformidad con el Acuerdo adoptado por su Consejo de Dirección, en su reunión celebrada el 22 de noviembre de 2016, destinará al objeto establecido en la cláusula primera del convenio un importe de trescientos mil euros (300.000 €) en el ejercicio 2017, con cargo a la partida presupuestaria asignada del Fondo de Inversiones en Teruel de 2016.

Segundo.- La UZ, a través del Instituto Universitario de Investigación en Ingeniería en Aragón (I3A), se compromete realizar durante el año 2017 las actividades que quedan recogidas en la memoria "Descripción del Proyecto Específico para 2017 del Laboratorio del Impacto del I3A de la Universidad de Zaragoza, en el Technopark de Motorland (Alcañiz)", anexa a la presente adenda.

Las inversiones y gastos relativos a las actuaciones que debe realizar la Universidad de Zaragoza (I3A) deberán llevarse a cabo desde el 1 de enero de 2016 y deberán finalizarse antes del 30 de noviembre de 2017. El plazo para justificar la realización de las actividades y el pago de las inversiones y gastos subvencionados finalizará el 30 de noviembre de 2017.

Tercero.- La cláusula decimoquinta del convenio suscrito el día 14 de diciembre de 2016, queda redactada como sigue:

"Decimoquinta.- Protección de datos.

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero "Expedientes", cuya finalidad es la recogida de información y documentación necesaria para la tramitación de las actuaciones realizadas por el IAF. El órgano responsable del fichero es el IAF y la dirección donde los interesados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es la c/ Teniente Coronel Valenzuela, 9, 50004 Zaragoza; todo lo cual, se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

El tratamiento de los datos de carácter personal se realizará, en todo caso, de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como con la Resolución de 6 de junio de 2002, de la Universidad de Zaragoza, por la que se aprueba la normativa propia en materia de protección de datos de carácter personal y sus disposiciones de desarrollo.

Conforme a lo establecido en la Resolución de 16 de julio de 2001, de la Universidad de Zaragoza, reguladora de los ficheros de datos de carácter personal de la Universidad, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 96, de 13 de agosto de 2001, los derechos de acceso, rectificación y cancelación se ejercerán mediante escrito dirigido al Ilmo. Sr. Gerente de la Universidad de Zaragoza, a través del Registro General de la Universidad o por cualesquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas".

Cuarto.- La cláusula decimoctava del convenio suscrito el día 14 de diciembre de 2016, queda redactada como sigue:

"Decimoctava.- Naturaleza jurídica.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, no teniendo carácter contractual, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.1.c) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. No obstante, los principios de dicho texto sí serán de aplicación para resolver las dudas y lagunas que puedan plantearse.

Será de aplicación a este convenio la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Reglamento que la desarrolla; la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón, así como por la legislación propia de la materia objeto del convenio".

Quinto.- El resto de cláusulas del convenio de colaboración suscrito por el AF y la UZ, en fecha 14 de septiembre de 2016, quedan como estaban.

Y en prueba de conformidad con lo manifestado, las partes intervinientes firman, por duplicado ejemplar y a un solo efecto la presente adenda, en el lugar y fecha expresados en el encabezamiento.