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ORDEN de 5 de septiembre de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se publica el Acuerdo de 29 de agosto de 2014, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la Modificación de las memorias de los planes de estudios de los Grados en Arquitectura, en Administración y Dirección de Empresas, en Publicidad y Relaciones Públicas y en Traducción y Comunicación Intercultural por la Universidad Privada "San Jorge", para la incorporación del Centro de Estudios Superiores Universitarios de Galicia (Centro Adscrito), como centro responsable de su impartición, a partir del curso académico 2014-2015.

Publicado el 24/09/2014 (Nº 188)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Con fecha 29 de agosto de 2014, el Gobierno de Aragón adoptó el Acuerdo por el que se autoriza la Modificación de las memorias de los planes de estudios de los Grados en Arquitectura, en Administración y Dirección de Empresas, en Publicidad y Relaciones Públicas y en Traducción y Comunicación Intercultural por la Universidad Privada "San Jorge", para la incorporación del Centro de Estudios Superiores Universitarios de Galicia (Centro Adscrito), como centro responsable de su impartición, a partir del curso académico 2014-2015.

De conformidad con el apartado tercero del citado Acuerdo, éste debe ser publicado en el "Boletín Oficial de Aragón".

En su virtud, resuelvo:

Ordenar la publicación del referido Acuerdo en el "Boletín Oficial de Aragón", cuyo texto figura como anexo.

Zaragoza, 5 de septiembre de 2014.

La Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte,

DOLORES SERRAT MORÉ

ANEXO

Acuerdo de 29 de agosto de 2014, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la Modificación de las memorias de los planes de estudios de los Grados en Arquitectura, en Administración y Dirección de Empresas, en Publicidad y Relaciones Públicas y en Traducción y Comunicación Intercultural por la Universidad Privada "San Jorge", para la incorporación del Centro de Estudios Superiores Universitarios de Galicia (Centro Adscrito), como centro responsable de su impartición, a partir del curso académico 2014-2015

La Comunidad Autónoma de Aragón, en virtud del artículo 73 del Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, tiene atribuida la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades que, en todo caso, incluye la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y educativa, su programación, inspección y evaluación; la promoción y apoyo al estudio; la formación y el perfeccionamiento del personal docente; la garantía de calidad del sistema educativo y la ordenación, coordinación y descentralización del sistema universitario de Aragón con respeto al principio de autonomía universitaria.

En la actualidad, la gestión de las competencias en materia de enseñanza universitaria corresponde al Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte en virtud de lo dispuesto por el Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba su estructura orgánica.

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades establece, en su artículo 37, la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales en tres ciclos: Grado, Máster y Doctorado. En relación con ello, su artículo 35 dispone que para impartir estas enseñanzas oficiales y expedir sus correspondientes títulos oficiales, con validez en todo el territorio nacional, las universidades deben poseer la autorización pertinente de la Comunidad Autónoma, según lo dispuesto en su legislación y lo previsto en su propio artículo 8, y obtener la verificación del Consejo de Universidades de que el oportuno plan de estudios se ajusta a las directrices y condiciones establecidas por el Gobierno.

En desarrollo de lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre y de las líneas generales procedentes del Espacio Europeo de Educación Superior se aprueba el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. Su artículo 3.3 dispone que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35 de la citada Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, las enseñanzas universitarias oficiales se concretarán en planes de estudios que serán elaborados por las universidades, verificados por el Consejo de Universidades y autorizados en su implantación por la correspondiente Comunidad Autónoma. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en su artículo 26, tras la citada autorización y verificación, el Consejo de Ministros establecerá el carácter oficial del título y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Por otro lado, de conformidad con la Disposición transitoria única de la Orden de 9 de abril de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, de mejora del procedimiento de implantación, modificación, supresión y renovación de la acreditación de enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón, la implantación y puesta en funcionamiento de estos títulos de Grado Universitario está sujeta al procedimiento establecido en la anterior Orden de 19 de diciembre de 2011, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se determina el procedimiento para la implantación, modificación, supresión y renovación de la acreditación de enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón.

La citada orden, en su artículo 8 dispone que, con carácter previo a la notificación al Consejo de Universidades, la universidad debe presentar ante la Dirección General de Universidades del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, solicitud para las modificaciones de las enseñanzas de Grado que afecten a los apartados 1.1, 1.2, 1.3, 4.2, 4.5, 6, 7 y 10 del anexo I del Real Decreto 1393/2007. La solicitud vendrá acompañada de los documentos y de la justificación del cumplimiento de los requisitos señalados en los artículos 5 y 6 de la orden.

En relación con el plazo de presentación de las solicitudes de autorización de modificación de enseñanzas, el artículo 4 de la citada orden establece que comenzará el uno de septiembre del año anterior al comienzo del curso en que la Universidad pretende implantar la modificación y finalizará el quince de febrero del año inmediato siguiente.

En relación con la modificación de las enseñanzas de Grado señaladas en el título del Acuerdo, es necesario tener en cuenta que la Universidad Privada "San Jorge", con fecha 1 de agosto de 2013, solicitó, previamente, la adscripción del Centro de Estudios Superiores Universitarios de Galicia (CESUGA) para impartir, inicialmente, a partir del curso 2014-2015, en ese centro, los Grados en Arquitectura; Administración y Dirección de Empresas; Publicidad y Relaciones Públicas y Traducción y Comunicación Intercultural, según consta en el convenio de adscripción.

La solicitud se presentó acompañada del acuerdo del patronato de la Universidad sobre la adscripción del centro y del convenio suscrito, el 25 de julio de 2013, entre la Universidad Privada "San Jorge" y el Centro de Estudios Superiores Universitarios de Galicia (CESUGA), cuyo contenido mínimo recoge el objeto, la ubicación y sede, órganos de gobierno y normas básicas de organización y funcionamiento, enseñanzas universitarias oficiales a impartir, plan de docencia y compromiso de financiación.

Seguido el procedimiento correspondiente, por Acuerdo de 19 de noviembre de 2013, del Gobierno de Aragón, se autorizó la adscripción del Centro de Estudios Superiores Universitarios de Galicia (CESUGA) a la Universidad Privada "San Jorge", pero condicionada a que la Comunidad Autónoma de Galicia otorgara, también, su autorización y a que los planes de estudios de las enseñanzas, que se pretenden impartir en ese centro, superen el proceso de modificación establecido en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, en relación con el procedimiento establecido por la citada Orden de 19 de diciembre de 2011 y con el procedimiento o procedimientos que correspondan, de acuerdo con las normas de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Así, en cumplimiento de lo establecido en el Acuerdo del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la adscripción del centro CESUGA a la Universidad Privada "San Jorge", y de los plazos señalados en la Orden de 19 de diciembre de 2011, la Universidad, con fecha 14 de febrero de 2014, solicitó la autorización para la modificación de las memorias de los planes de estudios de las citadas enseñanzas con objeto de incluir a CESUGA como uno de los centros encargados de su impartición. Mediante escrito de 27 de febrero de 2014, la Universidad adjuntó a la solicitud las memorias para la modificación de dichas enseñanzas.

Al mismo tiempo, en relación con la adscripción, el Decreto 34/2014, de 6 de marzo, de la Xunta de Galicia, ha autorizado la adscripción del Centro de Estudios Superiores Universitarios de Galicia, SL (CESUGA) a la Universidad Privada "San Jorge", y la puesta en funcionamiento para el inicio de actividades universitarias oficiales, a partir del curso académico 2014-2015.

Por tanto, autorizada la adscripción de CESUGA a la Universidad Privada "San Jorge", por el Gobierno de Aragón y por la Xunta de Galicia, se procedió a seguir el procedimiento recogido en la Orden de 19 de diciembre de 2011, para la modificación de las memorias de los planes de estudios de las enseñanzas de Grado en Arquitectura, en Administración y Dirección de Empresas, en Publicidad y Relaciones Públicas y en Comunicación Intercultural, solicitada por la Universidad, según escritos de 1 de agosto de 2013 y de 14 de febrero de 2014.

En este sentido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12.2 de la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón y el artículo 7.2.a) de la Orden de 19 de diciembre de 2011, la Dirección General de Universidades, con fecha 26 de febrero de 2014, solicitó a la Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón (ACPUA) que emitiera el preceptivo informe sobre la modificación propuesta.

La Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón, con fecha 28 de febrero de 2014, ha emitido informe favorable para la modificación de los citados títulos de Grado, y con fecha 19 de marzo de 2014, la Dirección General de Universidades ha emitido, también, el preceptivo informe favorable, del que se ha dado traslado a la Universidad privada "San Jorge" y al Consejo de Universidades para que pudiera procederse a la tramitación de los expedientes de conformidad con el artículo 28 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre. Dicho informe advierte, no obstante, que la implantación efectiva requerirá el informe de aceptación de la modificación por el correspondiente órgano de evaluación y la autorización por la Comunidad Autónoma de Galicia.

Asimismo, con objeto de continuar con la tramitación y obtener la autorización correspondiente, con fecha 18 de julio de 2014, tiene entrada un escrito del Rector de la Universidad privada "San Jorge" por el que se traslada a la Dirección General de Universidades copia de los informes de evaluación favorables que ha emitido la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación así como la solicitud de autorización, por parte del Gobierno de Aragón, de las modificaciones de las titulaciones. Posteriormente, con fecha 21 de julio, tiene entrada un escrito del Director de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación mediante el que se traslada la resolución de informe favorable de la modificación de los Grados en Arquitectura, Administración y Dirección de Empresas, Publicidad y Relaciones Públicas y Traducción y Comunicación Intercultural.

La Dirección General de Universidades, con fecha 5 de agosto de 2014, ha solicitado a la Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón la revisión de las memorias de verificación al objeto de comprobar si durante el proceso de evaluación por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación se hubieran producido modificaciones que supusieran la alteración sustancial de las condiciones bajo las cuales se emitieron los informes favorables para la aceptación de las modificaciones solicitadas.

La Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón, tras la revisión de los informes de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación ha informado que considera que no se han producido cambios sustanciales en relación con los informes previos que emitió en respuesta a las solicitudes iniciales de modificación de los citados Grados.

Al mismo tiempo, es necesario indicar que las modificaciones propuestas son compatibles con los principios y requisitos que guían la programación de enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón, para el periodo 2012-2015, aprobados por Acuerdo, de 19 de junio de 2012, del Gobierno de Aragón.

En virtud de todo lo anterior, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte y, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 29 de agosto de 2014, se adopta el siguiente Acuerdo:

Primero.- La autorización de las modificaciones de los Grados en Arquitectura, en Administración y Dirección de Empresas, en Publicidad y Relaciones Públicas y en Traducción y Comunicación Intercultural por la Universidad Privada "San Jorge", para la incorporación del Centro de Estudios Superiores Universitarios de Galicia (Centro Adscrito), como centro responsable de su impartición, a partir del curso académico 2014-2015.

Segundo.- La Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón llevará a cabo el seguimiento y la renovación de la acreditación de estas enseñanzas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 85 de la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón, y en los artículos 27 y 27 bis y Disposición transitoria sexta del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre.

Tercero.- Este Acuerdo producirá sus efectos desde la fecha de su adopción, será publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", y trasladado al Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).