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ORDEN PRE/1284/2018, de 16 de julio, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón, a través del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, Organismo Autónomo dependiente del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, y la Fundación Bancaria "la Caixa" para el desarrollo de los proyectos del programa de personas mayores en los hogares del Gobierno de Aragón.

Publicado el 03/08/2018 (Nº 150)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios, con el número 2018/7/0164 el convenio suscrito, con fecha 15 de enero de 2018, por la Secretaria General del Instituto Aragonés de Servicios Sociales por ausencia del Director Gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, el Subdirector General de la Fundación Bancaria "la Caixa" y el Director Territorial de Caixa Bank en Aragón y La Rioja y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 16 de julio de 2018.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN, A TRAVÉS DEL INSTITUTO ARAGONÉS DE SERVICIOS SOCIALES, ORGANISMO AUTÓNOMO DEPENDIENTE DEL DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES, Y LA FUNDACIÓN BANCARIA "LA CAIXA" PARA EL DESARROLLO DE LOS PROYECTOS DEL PROGRAMA DE PERSONAS MAYORES EN LOS HOGARES DEL GOBIERNO DE ARAGÓN

En Zaragoza, a 15 de enero de 2018

REUNIDOS

De una parte, D.ª M.ª Arántzazu Millo Ibáñez, Secretaria General del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, firmando por ausencia de D. Joaquín Santos Martí, Director Gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, Organismo Autónomo del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón, y actuando con autorización del mismo, según acuerdo de su Consejo de Gobierno de 21 de julio de 2015.

Y de otra parte, Don Marc Simón Martínez, Subdirector General del Área Social de la Fundación Bancaria Caixa d´Estalvis i Pensions de Barcelona "la Caixa", y D. Raúl José Marqueta Bueno, director territorial de CaixaBank en Aragón y La Rioja, actuando en nombre de la Fundación Bancaria Caixa d´Estalvis i Pensions de Barcelona, "la Caixa" (en adelante, Fundación Bancaria "la Caixa"), domiciliada en Barcelona, avenida Diagonal, 621, y con NIF número G-58899998.

Ambas partes reconocen su capacidad jurídica para establecer el presente documento y, en especial, la representación de las instituciones que se nombran.

Manifiestan

I. Que el Instituto Aragonés de Servicios Sociales tiene entre sus áreas de actuación la promoción del bienestar de las personas mayores, con el objeto de impulsar su integración y participación en la sociedad.

II. Que la Fundación Bancaria "la Caixa" ha fijado desde sus orígenes su atención en las personas mayores como uno de los colectivos objeto de su interés mediante el Programa de Personas mayores, cuya finalidad es impulsar una tarea de promoción y atención a dicho colectivo, desarrollando actividades de formación y fomentando su participación activa en la sociedad, y dedicando una atención especial a las personas mayores en situación de mayor vulnerabilidad.

III. Que ambas instituciones son conscientes del papel activo que desarrollan y deben desarrollar las personas mayores en la sociedad, donde el aumento progresivo de la esperanza de vida, así como la mejora de las condiciones sociales y de salud, han dado lugar a un colectivo cada vez más numeroso, con mayor formación e información y con necesidades distintas a lo largo de su ciclo vital. Todo ello supone la necesidad de dar respuestas diversas e innovadoras.

IV. Que el Instituto Aragonés de Servicios Sociales y la Fundación Bancaria "la Caixa" reconocen la labor que se ha venido desarrollando en los últimos años para impulsar la promoción del envejecimiento activo, materializada en los convenios de colaboración suscritos por ambas instituciones desde 1998, impulsando actividades de promoción de la salud y de prevención de situaciones de dependencia, y fomentando las actividades de participación social y voluntariado.

Por tanto, reconociéndose mutuamente capacidad suficiente para formalizar la colaboración y obligarse, acuerdan libremente suscribir el presente convenio de conformidad con los siguientes

ACUERDOS

Objeto del convenio.

El objeto de este convenio es el desarrollo del Programa de Personas mayores en la red de Hogares de mayores del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, que se detalla en el anexo I del presente convenio y que comprende las actuaciones que, desde la Obra Social "la Caixa" impulsa un estilo de vida activa para contribuir al bienestar de las personas mayores y prevenir situaciones no deseadas. Es este sentido, estos programas contemplan actividades, talleres y proyectos que trabajan para promover al máximo la autonomía de las personas mayores y comprende los siguientes puntos:

1. Actividades de promoción de la salud que contribuyan a la prevención y divulgación de conocimientos y hábitos para envejecer satisfactoriamente, que ayuden a una adaptación positiva de los cambios.

2. Actividades que se centran en la persona y que ofrecen recursos para el desarrollo de las capacidades personales que ayuden a la necesaria toma de decisiones, promocionando los valores de dignidad y autonomía a lo largo del proceso de envejecimiento.

3. Actividades vinculadas al aprendizaje de las nuevas tecnologías y al acercamiento de las personas mayores a las redes sociales y entornos 2.0.

4. Promoción de actividades y proyectos que impulsen la participación social y el voluntariado, cuya finalidad es promover el papel activo de las personas mayores para que sean y se sientan protagonistas de nuestra sociedad. Se incluye la colaboración con otras entidades del entorno en las que participen activamente los socios y/o usuarios de los centros como principales protagonistas.

La Fundación Bancaria "la Caixa" destinará los recursos necesarios para desarrollar una labor de seguimiento y apoyo a los proyectos de voluntariado, con el objetivo de mejorar su funcionamiento.

La descripción de las actividades se incluye en el anexo II del convenio.

Compromisos de las partes.

2.1. Compromisos por parte del Instituto Aragonés de Servicios Sociales

Por una parte, el Instituto Aragonés de Servicios Sociales se compromete a potenciar, informar y colaborar en el desarrollo de las actividades y proyectos, facilitando el apoyo en la organización necesario para su correcta ejecución.

Estas actividades se llevarán a cabo en los centros de mayores o entidades del entorno con las que se colabore, responsables en cada caso de su realización y desarrollo.

Por último, el Instituto Aragonés de Servicios Sociales se compromete a seguir asumiendo el coste del funcionamiento, conservación y mantenimiento de los centros, siendo responsable del cumplimiento de la normativa vigente.

2.2. Compromisos de la Fundación Bancaria "la Caixa"

Por su parte, la Fundación Bancaria "la Caixa" se compromete a impulsar las actividades y proyectos descritos en el anexo II, proporcionando los recursos necesarios y vinculados exclusivamente a su desarrollo.

Asimismo, la Fundación Bancaria "la Caixa" se compromete a ofrecer las herramientas necesarias para que los voluntarios puedan desarrollar la capacitación requerida para su acción.

La Fundación Bancaria "la Caixa" también asumirá el mantenimiento de los equipos informáticos de los EspacioCaixa (aulas de informática), garantizando su buen funcionamiento durante la vigencia de este convenio y de sus prórrogas.

Comisión de Seguimiento.

Para facilitar el seguimiento y cumplimiento del convenio, se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada, como mínimo, por dos representantes del Instituto Aragonés de Servicios Sociales y dos de la Fundación Bancaria "la Caixa".

A la Comisión de Seguimiento le corresponden, entre otras, las siguientes funciones:

a) Definir el plan de trabajo y las funciones a desarrollar por las partes, respetando el calendario de implantación del plan de trabajo en los centros y la definición de los espacios donde se lleven a cabo los proyectos y actividades.

b) Coordinar y realizar el seguimiento de las actividades previstas.

c) Presentar propuestas de posibles colaboraciones en temas de voluntariado.

d) Velar por el cumplimiento de los términos de colaboración acordados en el presente documento.

Esta comisión se reunirá por lo menos una vez al año, pudiendo ser convocada cuantas veces se estime necesario por cualquiera de las partes.

Cuarta.- Difusión del convenio.

La Fundación Bancaria "la Caixa" podrá instalar en el EspacioCaixa, a su cargo, la imagen gráfica de acuerdo con el manual de rotulación fijado por la Fundación Bancaria "la Caixa". Así mismo, podrá informar y comunicar a las personas mayores que acuden a los centros las actividades que en virtud de este convenio se realizan por parte de la Fundación Bancaria "la Caixa", por medio de distintos materiales y soportes.

Respecto a la publicidad relativa al carácter público de la financiación del objeto del convenio, cuando la Fundación Bancaria "la Caixa" deba hacer uso del identificador corporativo del Gobierno de Aragón, deberá solicitar con carácter previo a su utilización, el preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, tal como se dispone en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

En el caso de la realización, por la Fundación Bancaria "la Caixa", de actividades de promoción y publicidad en las que figure el identificador corporativo del Gobierno de Aragón o cualquiera de sus variantes, la creatividad y el plan de medios de dichas actividades requerirá la emisión de informe preceptivo de la Comisión de Comunicación Institucional, con objeto de su revisión y comprobación del cumplimiento de los objetivos de comunicación y de la adecuada distribución entre los diferentes medios y soportes.

En la difusión que se realice en cualquier medio de comunicación sobre las actuaciones derivadas de este convenio, se hará constar expresamente que estas se realizan en virtud de la colaboración establecida entre el Instituto Aragonés de Servicios Sociales y la Fundación Bancaria "la Caixa".

En los elementos de difusión de las actuaciones incluidas en este documento y promovidas conjuntamente aparecerá la imagen corporativa de ambas instituciones.

Quinta.- Otras colaboraciones.

El Instituto Aragonés de Servicios Sociales informará a Fundación Bancaria "la Caixa" de otras colaboraciones con entidades de crédito o fundaciones a ellas asociadas que tengan idéntico objeto en los centros adheridos al presente convenio.

Confidencialidad y protección de datos.

Ambas partes se comprometen a cumplir las exigencias previstas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal ("Boletín Oficial del Estado", de 14 de diciembre de 1999), y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

Las partes se obligan a guardar secreto profesional respecto de los datos, tanto de carácter personal como profesional, a los que tuvieran acceso y vinculados a la participación en las actividades propuestas en el marco del presente convenio y recogidos en el anexo II, obligación que subsistirá aún después de finalizar la vigencia del presente convenio, y establecerán las medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal, evitando su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado conforme a los requisitos establecidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal ("Boletín Oficial del Estado", número 298, de 14 de diciembre de 1999), y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

Al término del convenio, las partes devolverán toda la información y documentación aportada para su cumplimiento que obre en su poder.

Las partes serán responsables de los daños y perjuicios que se ocasionen con motivo del incumplimiento de lo establecido en esta cláusula, incluido el importe de cualquier sanción que pudiera ser impuesta por la Agencia de Protección de Datos.

Vigencia.

Este acuerdo entrará en vigor en el momento de su firma y tendrá validez hasta el 31 de diciembre de 2019. No obstante la duración inicialmente pactada, el convenio podrá ser prorrogado por periodos de un año.

Resolución anticipada.

Serán causas de rescisión anticipada del presente convenio:

- El mutuo acuerdo de las partes, que deberá ser instrumentado por escrito.

- La imposibilidad sobrevenida, legal o material, para el desarrollo de las actividades que constituyen su objeto.

- El incumplimiento grave o manifiesto de sus cláusulas.

Competencia jurisdiccional.

Las cuestiones que pueda suscitar la aplicación del presente convenio serán resueltas por los tribunales de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, ambas partes firman el presente convenio, en ejemplar duplicado y en todas sus hojas, en el lugar y fecha al principio indicados.