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RESOLUCIÓN de 16 de julio de 2012, de la Dirección General de Bienestar Social y Dependencia, por la que se somete a información pública el proyecto de orden de desarrollo del Servicio de Ayuda a Domicilio y del Servicio de Teleasistencia.

Publicado el 23/07/2012 (Nº 142)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

Mediante Orden de 16 de mayo de 2012, del Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia y de acuerdo con lo establecido en los artículos 47 y 48 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, se acordó el inicio del procedimiento para la elaboración de una disposición general por la que regule la ayuda a domicilio, de acuerdo a la necesidad de desarrollo reglamentario establecido en la en la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón y en el Decreto 143/2011, de 14 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Catálogo de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Aragón, en cuya Disposición Final Segunda se habilita para su aprobación al titular del Departamento competente en materia de Servicios Sociales.

Dada la naturaleza de la materia a que se refiere el citado proyecto de orden impulsado por esta Dirección General en colaboración con la Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, consistente en la regulación del servicio de la ayuda a domicilio y del servicio de teleasistencia, se estima procedente acordar su sometimiento al trámite de información pública, a la que se refiere el artículo 49.2 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 de la Constitución Española, otorgando para el trámite el plazo de un mes legalmente previsto.

En virtud de lo señalado, esta Dirección General de Bienestar Social y Dependencia, en uso de las competencias que legalmente tiene atribuidas, resuelve:

Primero.-Someter a información pública el proyecto de orden de desarrollo del Servicio de Ayuda a Domicilio y del Servicio de Teleasistencia, por un plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial de Aragón».

Segundo.-El texto del citado proyecto de orden estará accesible en la página web del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón (www.aragon.es). Asimismo podrá consultarse en las oficinas de información que se relacionan en anexo a esta resolución.

Tercero.-Las alegaciones o sugerencias al citado proyecto de decreto deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Bienestar Social y Dependencia del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, pudiendo ser presentadas en su sede social (Vía Universitas 36, de Zaragoza) o en las direcciones de las oficinas que se indican en anexo a esta resolución, así como en los registros y oficinas establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 16 de julio de 2012.- La Directora General de Bienestar Social y Dependencia, Cristina Gavín Claver.