Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

EXTRACTO de la Orden CDS/479/2017, de 3 de abril, por la que se convocan subvenciones para la financiación de actuaciones a favor de la integración social de las personas de origen extranjero residentes en Aragón para el año 2017, en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2014-2020 en Aragón.

Publicado el 18/04/2017 (Nº 73)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

BDNS (Identif.): 341081

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index:

Primero.- Beneficiarios.

1. Podrán solicitar estas subvenciones las siguientes entidades locales de Aragón: Ayuntamientos con población superior a 15.000 habitantes, las comarcas aragonesas y la Mancomunidad Central de Zaragoza.

2. Para solicitar estas subvenciones las entidades sociales deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en los registros o censos administrativos correspondientes, al menos con un año de antelación a la convocatoria de las subvenciones.

b) Carecer de ánimo de lucro, independientemente de su forma jurídica de asociación, fundación, cooperativa de iniciativa social u otra de carácter no lucrativo, y promover la consecución de un fin público o interés social.

c) Desarrollar su actividad y disponer de domicilio social en cualquier municipio del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

d) No haber sido sancionados por resolución firme en relación con la prestación del servicio que se subvenciona.

Segundo.- Objeto.

1. La presente orden tiene por objeto el establecimiento de subvenciones para la financiación de proyectos, en el año 2017, a favor de la inclusión activa de las personas inmigrantes residentes en Aragón en el marco del Programa Operativo Fondo Social Europeo de Aragón para el período de programación 2014-2020. Fomentando la realización de actuaciones dirigidas a la igualdad, desde el respeto a la diversidad, en desarrollo de las políticas de integración social de las personas de origen extranjero en la Comunidad Autónoma de Aragón para la mejor convivencia intercultural y cohesión de la sociedad aragonesa.

2. No se financiaran proyectos que organicen fiestas populares, mercados interculturales, actividades culturales de ocio o recreo, comidas o celebraciones, excursiones o viajes culturales.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden CDS/505/2016, de 23 de mayo, de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de igualdad, integración social de la población de origen extranjero y apoyo a las familias ("Boletín Oficial de Aragón", número 108, de fecha 7 de junio de 2016).

Las subvenciones a entidades locales contempladas en esta orden, forman parte del Fondo Local de Aragón, por lo que también les serán de aplicación la Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón.

Cuarto.- Cuantía y financiación.

1. Las subvenciones previstas en esta convocatoria podrán contar con una cofinanciación del 50 por ciento, procedente del Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Aragón para el período de 2014-2020, aprobado por Decisión de la Comisión Europea de 17 de diciembre de 2015.

2. La cuantía disponible para la financiación de las subvenciones previstas en esta convocatoria asciende a un importe máximo de 927.428 €. La distribución de crédito total se realizará según lo previsto en los dos apartados siguientes.

3. La cuantía disponible para la financiación de las subvenciones previstas en esta convocatoria para entidades locales asciende a un importe máximo de 400.000 € con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias del presupuesto de gastos de la Dirección General de Igualdad y Familias correspondientes al ejercicio presupuestario:

Partida presupuestaria: 11040 G/3241/460007/91001 Importe: 200.000 €.

Partida presupuestaria: 11040 G/3241/460007/11201 Importe: 200.000 €.

4. La cuantía disponible para la financiación de las subvenciones previstas en esta convocatoria para entidades sociales sin ánimo de lucro asciende a un importe máximo de 527.428 € con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias del presupuesto de gastos de la Dirección General de Igualdad y Familias correspondientes al ejercicio presupuestario:

Partida presupuestaria: 11040 G/3241/480023/91001 Importe: 263.714 €.

Partida presupuestaria: 11040 G/3241/480023/11201 Importe: 263.714 €.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

1. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

2. Las solicitudes se presentarán preferentemente en el registro del Departamento de Sanidad, situado en Vía Universitas número 36, pero podrán presentarse en cualquier de las unidades de registro de documentos del Gobierno de Aragón, cuya relación actualizada se hizo pública por Orden de 20 de marzo de 2015, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se hace pública la relación de las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 57, de 24 de marzo de 2015) o en cualquiera de los medios previstos en la normativa vigente de procedimiento administrativo.

Zaragoza, 3 de abril de 2017.- La Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, M.ª Victoria Broto Cosculluela.