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ANUNCIO de la Directora General de Justicia e Interior, por el que se dispone la apertura de un periodo de información pública acerca de la modificación de los Estatutos del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Aragón.

Publicado el 19/09/2016 (Nº 181)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

El Secretario del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Aragón ha solicitado, con fecha 13 de julio de 2016, la inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Aragón la modificación de los estatutos del mencionado Colegio Profesional, según acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria celebrada el 15 de junio de 2016 por dicha corporación. Atendiendo al requerimiento de subsanación realizado por el Servicio de Régimen Jurídico y Registros, el 2 de agosto de 2016 se completó la documentación legalmente establecida a dicho efecto.

La modificación afecta a los siguientes artículos:

Artículo 12, al que se añaden los párrafos 3.º y 4.º

Artículo 12.3.º "Los nuevos colegiados que soliciten voluntariamente su incorporación al Colegio, harán frente a las cuotas de inscripción y siguientes. En los casos en los que se haya producido el ejercicio profesional con anterioridad al alta colegial, la sanción que podrá imponerse será el equivalente a las cuotas que deberían haberse satisfecho durante los últimos veinticuatro meses. En los casos de alta forzosa la cuantía sancionable será el equivalente a las cuotas que deberían haber abonado desde que conste se haya producido el ejercicio profesional".

Artículo 12.4.º "Los recién titulados quedarán exentos del pago de la cuota de incorporación al Colegio si hasta el final de ese mismo año no ejercen la profesión. No obstante, si antes de dicha fecha ejerciesen la profesión, si se les será exigible dicho pago".

Artículo 29, se anexa contenido al tercer párrafo.

"No obstante el cargo de presidente también podrá ser ostentado por profesional jubilado, con un ejercicio mínimo de 20 años, colegiado y al corriente de pago".

Artículo 41, en cuanto a las condiciones comunes a todos los cargos, se ha suprimido el principio de la segunda línea "ser colegiado en ejercicio", quedando de la siguiente manera:

"Estar al corriente en todas las obligaciones corporativas y no estar afectado por prohibición o incapacidad legal o estatutaria".

Conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley 2/1998, de 12 de marzo, de Colegios Profesionales de Aragón y en el artículo 8 del Decreto 158/2002, de 30 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los procedimientos para la creación de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Aragón, y la organización y funcionamiento del Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Aragón, recibida la solicitud de inscripción de la modificación de estatutos, el órgano competente del Departamento abrirá un periodo de información pública que se anunciará en el "Boletín Oficial de Aragón".

El Decreto 307/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, atribuye a la Dirección General de Justicia e Interior, la gestión de la competencia en materia de colegios profesionales, por lo que esta Dirección General

resuelve:

Primero.- Someter a información pública por el plazo de un mes el expediente de modificación de los Estatutos del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Aragón, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el expediente y formular las alegaciones y presentar los documentos que se consideren oportunos.

Segundo.- El texto de la modificación, estará a disposición del público en la sede electrónica del gobierno de Aragón, en la página del Departamento de Presidencia:

p://www.aragon.es/DepartamentosOrganismosPublicos/Departamentos/Presidencia

Asimismo, estará expuesto en el tablón de anuncios del Servicio de Información y Documentación Administrativa del Gobierno de Aragón (sito en el edificio Pignatelli, P.º María Agustín, 36, de Zaragoza), así como en las Delegaciones Territoriales del Gobierno de Aragón de Huesca y Teruel y en las Oficinas Delegadas del Gobierno de Aragón en Barbastro, Fraga, Jaca, Alcañiz, Calamocha, Calatayud, Ejea de los Caballeros y Tarazona.

Tercero.- Las alegaciones o sugerencias deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Justicia e Interior del Departamento de Presidencia del Gobierno de Aragón, pudiendo ser presentadas en su Registro General (P.º María Agustín, 36, de Zaragoza), así como en los registros y oficinas establecidos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 7 de septiembre de 2016.- La Directora General de Justicia e Interior, María Ángeles Júlvez León.