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ORDEN de 2 de octubre de 2015, del Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, por la que se aprueba el deslinde total administrativo del monte 315 del Catálogo de Utilidad Pública de la provincia de Teruel, denominado "Barrancos", perteneciente al Ayuntamiento de Alba (Teruel) y situado en su término municipal.

Publicado el 27/10/2015 (Nº 208)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Visto el expediente de deslinde total administrativo del monte de utilidad pública número 315 denominado "Barrancos", perteneciente al Ayuntamiento de Alba y situado en su término municipal resultan de él los siguientes:

Antecedentes

Primero.- El 23 de mayo de 2013 el Director del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Teruel solicita autorización a la Dirección General de Gestión Forestal, para declarar en estado de deslinde el monte 315 y nombrar Ingeniero operador.

Segundo.- Por Resolución de la Dirección General de Gestión Forestal, de 3 de junio de 2013, se resuelve autorizar al Director del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Teruel para que declare en estado de deslinde el monte del C.U.P. de la provincia de Teruel número 315 y nombre Ingeniero operador para las operaciones de apeo.

Tercero.- El 6 de junio de 2013 el Director del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Teruel comunica al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alba la previsión de realizar el deslinde del monte TE-315 "Barrancos" y se le solicita su conformidad.

Cuarto.- El 3 de septiembre de 2013 el Ayuntamiento de Alba remite certificado del acuerdo plenario de 29 de agosto por el que se acuerda, por unanimidad, dar conformidad a los trabajos de deslinde del monte TE-315 denominado "Barrancos".

Quinto.- La declaración en estado de deslinde del monte del C.U.P. de la provincia de Teruel número 315 denominado "Barrancos", situado en el término municipal de Alba, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 52 de 17 de marzo de 2015.

Sexto.- En el "Boletín Oficial de Aragón", número 52, de 17 de marzo de 2015 se anuncia el comienzo de las operaciones de deslinde total administrativo del monte 315 del C.U.P. de Teruel, en el que se fija la fecha de 28 de abril de 2015, y se señala como lugar de reunión el Ayuntamiento de Alba a las 10:00 horas de la mañana y nombra Ingeniero operador al Ingeniero de Montes D. José Ramón Anadón Escobedo, cumpliéndose las condiciones de plazos establecidas en el vigente Reglamento de Montes.

Séptimo.- Con registro de salida de fecha 20 de marzo de 2015 se remite a los colindantes, de domicilio conocido, la notificación del inicio de operaciones.

Octavo.- Con fecha 20 de marzo de 2015 se remiten a los Ayuntamientos de Alba y Villafranca del Campo sendos escritos, en los que se comunica la publicación del anuncio de inicio de las operaciones de deslinde para su exposición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y para el nombramiento de la Comisión o Junta Rectora municipal que pueda asistir a las operaciones.

Noveno.- Con fecha 20 de marzo de 2015 se remiten sendos escritos, a la Comarca Comunidad de Teruel, en los que se comunica la publicación del anuncio de inicio de las operaciones de deslinde, para su exposición en el tablón de anuncios de la Comarca y para el nombramiento de la Comisión o Junta Rectora que pueda asistir a las operaciones.

Décimo.- Con fecha 23 de marzo de 2015 se notifica al Servicio de Patrimonio de la Dirección General de Contratación, Patrimonio y Organización el deslinde del monte 315 por ser colindante con la vía pecuaria número 3 "Colada de Pililla" del término municipal de Alba.

Decimoprimero.- Con fecha 14 de abril de 2015 el Secretario del Ayuntamiento de Alba certifica la exposición en el tablón de anuncios municipal del edicto de inicio de operaciones del deslinde.

Decimosegundo.- Con fecha 16 de abril de 2015 el Alcalde-Presidente de Villafranca del Campo comunica la exposición en el tablón de anuncios municipal del edicto de inicio de operaciones del deslinde.

Decimotercero.- Con fecha 21 de abril de 2015 el Secretario de la Comarca Comunidad de Teruel certifica la exposición en el tablón de anuncios del edicto de inicio de operaciones del deslinde.

Decimocuarto.- El apeo se realizó en dos jornadas de trabajo durante los días 28 y 29 de abril de 2015. El resultado del deslinde es un perímetro sin enclavados. Se levantaron las correspondientes actas, en las que se expresa el itinerario seguido para la colocación de los piquetes que circunscriben el perímetro exterior del monte con su numeración, que fueron suscritas por los presentes, quedando su situación reflejada en el plano.

Decimoquinto.- El 12 de mayo de 2015, se emite Informe por el Ingeniero operador, en el que da cuenta de la tramitación seguida, del apeo del perímetro exterior fijado, de las servidumbres y cabidas concluyendo con la propuesta de resolución del deslinde.

Decimosexto.- Se dio publicidad al trámite de audiencia y vista y período de reclamaciones del expediente mediante anuncio publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 108 de 9 de junio de 2015.

Decimoséptimo.- El 11 de junio de 2015 se comunica y da traslado del anuncio al particular colindante de domicilio conocido. Igualmente el 11 de junio de 2015 se comunica y da traslado del anuncio, para que sea expuesto en el tablón de anuncios, a los Ayuntamientos de Alba y Villafranca del Campo y a la Comarca Comunidad de Teruel.

Decimoctavo.- El 11 de junio de 2015 el anuncio es comunicado a la Dirección General de Patrimonio, Contratación y Organización al amparo del artículo 76 del texto refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 4/2013, de 17 de diciembre, por ser colindante con la vía pecuaria número 3 "Colada de Pililla" del término municipal de Alba.

Decimonoveno.- Obra en el expediente certificación del Secretario del Servicio Provincial de Teruel del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, de fecha 20 de julio de 2015, que acredita la ausencia de reclamaciones, durante el período de audiencia y vista, ante dicho Servicio.

Vigésimo.- Obra también en el expediente escrito de la Alcaldesa del Ayuntamiento de Villafranca del Campo, de fecha 17 de julio de 2015, que comunica la exposición del anuncio del período de vista en el tablón de anuncios del municipio por plazo de un mes sin que se hayan presentado alegaciones.

Vigésimo primero.- Obra también en el expediente una certificación expedida por el Secretario del Ayuntamiento de Alba, de fecha 17 de julio de 2015, que da fe de la exposición del anuncio del período de vista en el tablón de anuncios del municipio por plazo de un mes sin que se hayan presentado reclamaciones.

Vigésimo segundo.- Obra también en el expediente el anuncio debidamente diligenciado por la Secretaria de la Comarca Comunidad de Teruel, de fecha 4 de agosto de 2015, que acredita la exposición del anuncio del período de vista, en el tablón de anuncios sin que se hayan recibido alegaciones.

Vigésimo tercero.- La Directora del Servicio Provincial de Teruel del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, con fecha 10 de agosto de 2015, emite Informe-propuesta favorable a la aprobación del deslinde y con esa misma fecha, de acuerdo con el artículo 125 del Reglamento de Montes, eleva el expediente para su resolución definitiva, de acuerdo con lo actuado por el Ingeniero de Montes operador del deslinde.

Fundamentos jurídicos

Primero.- En la tramitación del expediente, se dio cumplimiento a cuanto se previene en la legislación vigente relativa al deslinde de montes públicos, habiéndose insertado los reglamentarios anuncios en el "Boletín Oficial de Aragón", y se ha notificado debidamente al Ayuntamiento de Alba, a la Comarca Comunidad de Teruel, y a todos los particulares y Administraciones que constaran como interesados y tuvieran domicilio conocido.

Segundo.- Durante la práctica del apeo no se presentó protesta alguna respecto al mismo, según consta en las actas del apeo.

Tercero.- Durante el periodo de audiencia y vista del expediente no se presentaron reclamaciones.

Cuarto.- Por cuanto antecede resulta que el expediente ha sido tramitado de acuerdo con la legislación vigente y que puede procederse a dictar la orden aprobatoria.

Vistos el Estatuto de Autonomía de Aragón, la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón, modificada por la Ley 3/2014, de 29 de mayo; la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, modificada por la Ley 10/2006, de 28 de abril; el Reglamento de Montes aprobado por el Decreto 485/1962, de 22 de febrero; el Decreto 333/2011 de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente; el Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos; Decreto 108/2015, de 7 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y sus modificaciones; la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y demás disposiciones de general aplicación.

De conformidad con el informe-propuesta de la Directora del Servicio Provincial de Teruel del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad y a propuesta del Director General de Gestión Forestal, resuelvo:

Primero.- Aprobar el deslinde total administrativo del monte del Catálogo de Utilidad Pública de la provincia de Teruel número 315, denominado "Barrancos", perteneciente al Ayuntamiento de Alba, y situado su término municipal de acuerdo con las actas, registro topográfico y plano que figuran en el expediente, quedando el monte con la descripción siguiente:

Provincia: Teruel.

Número del Catálogo: 315.

Nombre: "Barrancos".

Término municipal: Alba.

Comarca: Comunidad de Teruel.

Pertenencia: Ayuntamiento de Alba.

Especies principales que lo pueblan: Quercus ilex.

Límites:

Norte: Monte 329 (45-A) "El Alto" de la pertenencia y término municipal de Villafranca del Campo.

Este: Propiedades particulares de la Sociedad de Montes Las Casas de Alba.

Sur: Vía pecuaria número 3 "Colada Pililla" del término de Alba y propiedades particulares de la Sociedad de Montes Las Casas de Alba.

Oeste: Monte 329 (45-A) "El Alto" de la pertenencia y término municipal de Villafranca del Campo.

Descripción de linderos: Se describen los límites del perímetro exterior no existiendo perímetros interiores al no haberse reconocido enclavados.

El límite Norte: queda definido por la línea entre los piquetes 34 al 38 que se une al 1 y que definen una línea con rumbo predominante este y que coincide con la línea de términos que reconoció el I.G.N. según actas levantadas al efecto los días 28 y 29 de octubre de 1910 en donde estuvieron presentes las representaciones municipales de los Ayuntamientos de Alba y Villafranca del Campo y es colindante con el monte 329 "El Alto" perteneciente al Ayuntamiento de Villafranca del Campo.

El límite Este: queda definido por los piquetes 1 a 11 que definen una línea con rumbo hacia el sur (piquete número 7) y luego hacia el suroeste hasta el piquete número 11. Hasta el piquete número 7 avanza por zona alomada, generalmente en descenso, hasta el encuentro con la rambla de los barrancos y luego asciende por zona de carrascal y línea de mojones hasta el piquete número 11 que se coloca en colindancia con la vía pecuaria número 3 "Colada de Pililla".

El límite Sur: lo constituye la línea, de orientación general oeste-suroeste, definida por los piquetes 11 a 24. Hasta el piquete 12 sigue la vía pecuaria número 3 "Colada de Pililla" y siguiendo próximo al camino de Las Navas llega al piquete número 16 desde donde gira hacia la Cañada de la Sabinica para llegar al piquete número 19 que se coloca en un mojón. Gira al oeste para descender por zona de carrascal y cruzando el camino de términos llega al piquete 24 que se coloca en colindancia con el monte 329 "El Alto" perteneciente al Ayuntamiento de Villafranca del Campo y coincidente con el mojón número 4 del I.G.N.

El límite Oeste: queda definido por la línea formada por los piquetes 24 a 34 que definen una alineación con rumbo noreste siguiendo siempre la línea de términos que reconoció el I.G.N. en octubre de 1910 y que coincide colindancia con el monte 329 "El Alto" perteneciente al Ayuntamiento de Villafranca del Campo.

Cabidas: Las cabidas quedan descritas en las tablas que se muestran en el anexo I.

Servidumbres y cargas:

Camino de término entre Alba y Villafranca del Campo.

Camino de Las Navas.

Existen las servidumbres de paso por las sendas y varios caminos públicos que surcan el monte por los que se accede a zonas de cultivo.

Las derivadas de la Ley de Aguas ya que varias partidas del monte lindan con barrancos o están atravesadas por ellos.

Otras características:

Datos Catastrales: Los datos catastrales de las parcelas incluidas en el deslinde del monte de utilidad pública número 315, según el catastro actual del término de Alba (si bien las parcelas deben entenderse con los límites resultantes del apeo, no de los actuales planos catastrales y en cuanto a las colindancias con río están sujetas a las posibles variaciones del curso de las aguas), son las que se muestran en el anexo II.

Datos registrales: Se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad de Albarracín el 12 de agosto de 1961, al tomo 573, libro 28, folio 11, finca 3.774, inscripción 1.ª

Segundo.- Que se declaren atribuidas al monte las fincas o parcelas a que se refiere el apartado anterior ("Otras características").

Tercero.- Que se gestione la cancelación total o parcial de cualquier inscripción registral que resultara contradictoria con la descripción del monte.

Cuarto.- Que se lleven los datos resultantes de la descripción del monte, y el acto firme de deslinde, al Registro de la Propiedad.

Quinto.- Que se lleven los nuevos datos resultantes del deslinde del monte al Catálogo de Utilidad Pública.

Sexto.- Que, a la mayor brevedad posible, se proceda al amojonamiento del monte.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, o recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, sin que puedan simultanearse ambos procedimientos, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 2 de octubre de 2015.

El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad,

JOAQUIN OLONA BLASCO