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RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2016, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se resuelve la convocatoria para la realización de las pruebas de habilitación para el acceso a otras categorías profesionales en aplicación del artículo 52 del VII convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 12/12/2016 (Nº 237)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Mediante Resolución de 22 de enero de 2016, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios (publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 20, de 1 de febrero de 2016), y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 52 del vigente convenio Colectivo, se convocó la realización de las pruebas de habilitación para el acceso a otras categorías profesionales, modificada por Resolución de 27 de enero de 2016, en relación a la exigencia del Certificado de Aptitud Profesional en la categoría profesional de Oficial 1.ª Conductor.

Por Resolución de 6 de abril de 2016, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, se hizo pública la relación definitiva de candidatos admitidos y excluidos en la citada convocatoria, así como la composición de las Comisiones de Valoración, modificada posteriormente por Resolución de 9 de mayo de 2016.

Concluida la realización de las diferentes pruebas de habilitación, por parte de las Comisiones de Valoración actuantes se han elevado a la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios las puntuaciones obtenidas por los diferentes candidatos, correspondiendo, en consecuencia, declarar quienes han superado dichas pruebas por haber obtenido la calificación de apto.

Por todo ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 52 del convenio Colectivo, esta Dirección General resuelve:

Primero.- Declarar que han adquirido la habilitación para el acceso a las categorías profesionales que se indican, aquellos candidatos que han obtenido la calificación de apto en las pruebas realizadas según consta en las Actas de las respectivas Comisiones de Valoración y se refleja en el anexo I de la presente resolución.

Segundo.- De conformidad con lo previsto en la base Décima de la convocatoria, dentro del plazo de 20 días naturales desde la publicación de esta resolución, los candidatos declarados aptos que posean una antigüedad inferior a diez años a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberán presentar ante el Servicio de Clasificación y Provisión de Puestos de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, la titulación oficial exigida en la base Segunda.2. En el supuesto de poseer una antigüedad mayor, no será necesario acreditar tal circunstancia ni aportar titulación.

En todo caso será necesario acreditar estar en posesión del permiso de conducir B o C o equivalentes para la habilitación en las categorías que lo requieran según se establece en la base Segunda.3 de la convocatoria.

Tercero.- La habilitación obtenida para el acceso a otras categorías profesionales, permitirá participar de forma sucesiva en cuantas convocatorias se efectúen en esta modalidad de movilidad.

Cuarto.- La habilitación obtenida podrá ser acreditada igualmente en los procedimientos de cobertura temporal mediante promoción interna temporal en cada centro de trabajo y como prueba de capacitación en los procedimientos de modificación de categoría profesional por motivos de salud.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes computado desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", previo a la vía judicial social, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, según redacción dada por la Disposición Final Tercera. Dos de la citada Ley 39/2015, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que proceda en derecho.

Zaragoza, 28 de noviembre de 2016.

El Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, IGNACIO ZARAZAGA CHAMORRO