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RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2015, del Rector de la Universidad de Zaragoza, sobre delegación de competencias en el Vicerrector con competencia en materia de estudiantes.

Publicado el 21/07/2015 (Nº 139)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA

Texto completo:

La Orden de 29 de abril de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad Cultura y Deporte, sobre las pruebas de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado para mayores de veinticinco y de cuarenta y cinco años (Boletín Oficia de Aragón, número 94, de 20 de mayo de 2015), determina que se constituirá una Comisión Organizadora de las citadas pruebas de acceso, atribuyendo al Rector de la Universidad de Zaragoza, o persona en quien delegue, la presidencia de la misma, así como el nombramiento de los miembros de los tribunales calificadores.

Al objeto de alcanzar una mayor eficacia y agilidad en el funcionamiento de estas Comisión y evitar una sobrecarga y acumulación de este tipo de tareas en la persona del Rector, y de conformidad con el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, resuelvo:

Primero.- Delegar la presidencia de la Comisión Organizadora de la prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado para mayores de veinticinco años y de cuarenta y cinco años en el Vicerrector con competencia en materia de estudiantes.

Segundo.- Delegar la función de dirigir la gestión de las pruebas de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado para mayores de veinticinco y de cuarenta y cinco años y el nombramiento de los miembros de los correspondientes tribunales calificadores en el Vicerrector con competencia en materia de estudiantes.

Tercero.- La delegación contenida en esta resolución es revocable en cualquier momento por el órgano que la confiere quien, asimismo, podrá avocar para sí el conocimiento de cualquier asunto comprendido en ella, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.

Cuarto.- De conformidad con el artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, siempre que se haga uso de la delegación contenida en la presente resolución, se hará constar expresamente tal circunstancia en el acto administrativo.

Quinto.- En ningún caso podrán delegarse las atribuciones que se posean, a su vez, por la delegación contenida en la presente resolución.

Zaragoza, 3 de julio de 2015.- El Rector, Manuel José López Pérez.