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ORDEN de 7 de diciembre de 2012, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se actualizan los precios de los servicios de la Residencia de Tiempo Libre «Padre Polanco», de Orihuela del Tremedal (Teruel), para el año 2013.

Publicado el 15/01/2013 (Nº 10)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

Mediante Orden de 16 de abril de 2008, de los Departamentos de Economía, Hacienda y Empleo y de Servicios Sociales y Familia, se establecieron los precios públicos de la Residencia de Tiempo Libre «Padre Polanco», de Orihuela del Tremedal (Teruel). El apartado séptimo de dicha orden habilita al titular del Departamento competente en materia de servicios sociales y familia para la actualización, con carácter anual, de las cuantías de los precios públicos establecidos en la indicada orden, así como al establecimiento de cualquier bonificación que, por su carácter social, pudiera considerarse conveniente.

Por ello, atendiendo a las circunstancias que concurren en el presente año y a la necesidad de racionalización del gasto público, y en ejercicio de las competencias normativamente atribuidas, dispongo:

Primero.- Precios de los servicios de la Residencia.

a) Los precios de los servicios por persona y día en régimen de pensión completa (IVA no incluido) para el año 2013, serán los que a continuación se relacionan:

Temporada alta

Niños hasta 2 años: Gratuito, si no hacen uso del comedor

Niños de 2 a 12 años: 20 €

Adultos: 39 €

Individual: 42 €

Niños hasta 2 años: Gratuito, si no hacen uso del comedor

Niños de 2 a 12 años: 18 €

Adultos: 30 €

Individual: 32 €

b) El precio de los servicios de comedor para no residentes (IVA no incluido) será el siguiente:

Desayuno 3 €

Comida 12 €

Cena 10 €

La utilización de los servicios de comedor por los no residentes, quedará subordinado a que haya plazas.

Segundo.- Bonificaciones.

1. A las personas jubiladas y a las que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 65%, se les aplicará una deducción de un 20%.

2. A las familias numerosas se les aplicará una deducción del 10% sobre los precios publicados.

3. Las personas con carnet joven tendrán una deducción del 10% en temporada baja.

4. A los trabajadores al Servicio de la Comunidad Autónoma de Aragón se les aplicará una deducción del 20% sobre los precios publicados, debiendo considerarse incluidos los familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad.

5. A las peticiones de estancia formuladas por Asociaciones, Instituciones, Fundaciones de Interés Público o colectivos similares, que pasen de 30 plazas, se les efectuará en temporada BAJA una única deducción del 10%.

6. Los descuentos contemplados en los apartados 1 al 5 no son acumulables., debiendo optar los residentes entre uno u otro de los que les pudieran corresponder.

7. Los distintos Departamentos y Organismos Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón que impartan Jornadas o Cursos de formación, tendrán una bonificación del 40% sobre los precios indicados, teniendo que efectuarse en este caso la liquidación de estancias en un solo pago por el Departamento u Organismo. Será preciso, en este caso, la presentación, junto con la solicitud donde se detalle el número de asistentes, del documento contable que ampare la disposición del gasto correspondiente.

Tercero.- Gestión y medio de pago.

En la prestación de los distintos servicios y en su facturación, se estará a lo dispuesto en el punto sexto de la Orden de 16 de abril de 2008, de los Departamentos de Economía, Hacienda y Empleo y de Servicios Sociales y Familia.

Adjudicadas las estancias, los beneficiarios deberán ingresar el importe en la cuenta bancaria que se les indique y dentro del plazo que se señale. En caso de renuncia deberán comunicarlo, o de lo contrario no serán tenidos en cuenta en sucesivas solicitudes.

Zaragoza, 7 de diciembre de 2012.

El Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, RICARDO OLIVÁN BELLOSTA