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ORDEN de 12 de marzo de 2012, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte por la que se convoca el Premio Aragón-Goya 2012.

Publicado el 03/04/2012 (Nº 65)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 22/1996, de 20 de febrero, de la Diputación General de Aragón, modificado por el Decreto 308/2003, de 2 de diciembre, y el Decreto 180/2005, de 6 de septiembre, se convoca el Premio Aragón-Goya 2012, destinado a reconocer públicamente la creación artística en la especialidad de pintura o grabado. El citado premio, se estableció con motivo de la celebración del 250 aniversario del nacimiento de Francisco de Goya, con el ánimo de que su nombre figure unido al de la Comunidad Autónoma Aragonesa.

La edición de 2012 se regirá por las siguientes:

Primera.- El Premio Aragón-Goya 2012 estará dedicado al reconocimiento de una labor y trayectoria artística destacadas en la especialidad de pintura o grabado.

Segunda.- La dotación del Premio Aragón-Goya 2012 consistirá en una cantidad en metálico de doce mil euros y la entrega de un diploma acreditativo. El premio no podrá ser concedido a título póstumo ni "ex aequo".

El importe económico se abonará con cargo al Presupuesto del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del ejercicio 2012, aplicación presupuestaria G/18060/4553/226002.

Tercera.- Las candidaturas serán propuestas por cualquier entidad académica o cultural, o bien por iniciativa pública mediante la presentación de al menos cien firmas recogidas en pliegos, donde conste con claridad el nombre, número de documento nacional de identidad, y rúbrica de cada uno de los firmantes.

La presentación de candidaturas se formulará mediante propuesta motivada a la que se acompañará currículum vitae, relación de obras, reseña detallada de las exposiciones realizadas por el candidato, catálogos significativos de algunas de ellas, y en general, cuantos documentos aporten datos relevantes e información complementaria. Pueden adjuntarse, igualmente, apoyos a la candidatura, tanto de personas físicas como jurídicas.

En cualquier momento de su actuación como tales, los miembros del Jurado, de forma individual o colectiva, podrán proponer candidatos al Premio Aragón-Goya 2012. Para la formalización de la candidatura será precisa la aceptación unánime de la misma por el Jurado, con aportación de la documentación reseñada en el párrafo anterior.

Cuarta.- El Premio Aragón-Goya 2012 será valorado por un Jurado presidido por la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, quien designará a sus miembros siguiendo la siguiente composición:

- Dos vocales natos: El Director General de Cultura y el Director General de Patrimonio Cultural.

- Cuatro vocales designados a propuesta de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, de la Real Academia de Nobles y Bellas Artes de San Luis de Zaragoza, de la Asociación Nacional de Críticos de Arte y del Departamento de Historia del Arte de la Universidad de Zaragoza.

- Dos vocales seleccionados entre personalidades de reconocido prestigio en el ámbito que abarca el objeto del premio, propuestos por la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

- Actuará de Secretario, con voz pero sin voto, un Jefe de Servicio de las Direcciones Generales de Cultura o Patrimonio Cultural designado por el Director General de Cultura.

El Jurado apreciará libremente los méritos y trabajos de los candidatos presentados y, por mayoría de votos de sus miembros, elevará propuesta de otorgamiento o de que sea declarado desierto el premio al Gobierno de Aragón.

En el caso de que no se produzca mayoría en la tercera votación se hará constar así en el acta, correspondiendo al Gobierno de Aragón decidir lo que estime conveniente.

Las decisiones del Jurado serán inapelables.

El otorgamiento del Premio Aragón Goya se efectuará por el Gobierno de Aragón.

Quinta.- El plazo de presentación de candidaturas será de veinte días naturales a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón. La documentación se remitirá al Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, Avda. Gómez Laguna nº 25, 6ª planta, 50004 - Zaragoza, o bien por cualquiera de los cauces previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sexta.- La presentación de propuestas supone la aceptación de estas bases por quienes las formulen. Los supuestos no contemplados en las mismas serán resueltos, de forma inapelable, por el Jurado.

Séptima.- Una vez resuelta la convocatoria y realizada la entrega del Premio Aragón-Goya, la documentación aportada podrá ser recogida en el Servicio de Fomento de las Artes y la Cultura (Avda. Gómez Laguna nº 25, 6ª planta).

Zaragoza, 12 de marzo de 2012.