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RESOLUCIÓN de 3 de agosto de 2015, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se aprueban los Planes Anuales de Aprovechamientos Cinegéticos de los Cotos Sociales de Caza de la Solana de Burgasé, Ainielle, Artaso y Sieso, Isín y Asún, Nueveciercos, Guarguera y Pardina de Fanlo (provincia de Huesca), Castelfrío y Mas de Tarín (provincia de Teruel), Rueita y los Landes y Alcañicejos-Las Hoyas (Tosos) (provincia de Zaragoza) para la temporada de 2015-2016.

Publicado el 10/08/2015 (Nº 153)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Orden de 25 de junio de 2007, del Departamento de Medio Ambiente, por la que en desarrollo del Plan General de Caza de la temporada 2007-08, se establecen los documentos técnicos de gestión de los terrenos cinegéticos y las medidas de control de especies antropófilas y cinegéticas y en la Disposición Transitoria 3.ª de la Orden de 20 de julio de 2015, del Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, por la que se aprueba el Plan General de Caza para la temporada 2015-2016, se han redactado los Planes Anuales de Aprovechamientos Cinegéticos de los Cotos Sociales de La Solana de Burgasé (Huesca), Ainielle (Huesca), Artaso y Sieso (Huesca), Isín y Asún (Huesca), Nueveciercos (Huesca), La Guarguera (Huesca), Pardina de Fanlo (Huesca), Castelfrío y Mas de Tarín (Teruel), Rueita y los Landes (Zaragoza) y Alcañicejos-Las Hoyas (Tosos) (Zaragoza) para la temporada 2015-2016.

En consecuencia, a propuesta de los Servicios Provinciales de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, esta Dirección General ha resuelto aprobar los siguientes Planes de Aprovechamiento Cinegético.

I. Normas específicas de cada coto social

La Solana de Burgasé (Huesca).

Becada.

1. Modalidades de caza: al salto o en mano con escopeta.

2. Días hábiles:

- 19, 21, 26 y 28 de noviembre de 2015.

- 1, 3, 8, 10, 15, 17, 24, y 26 de diciembre de 2015.

3. Número de permisos: 2 permisos por día hábil. Total temporada: 24

4. Distribución:

- 8 permisos para cuadrillas de cazadores locales.

- 16 permisos para cuadrillas de cazadores de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La distribución de los cuarteles de caza se realizará mediante sorteo.

5. Composición de las cuadrillas: dos (2) cazadores máximo.

6. Cupo: tres (3) piezas por cazador y día.

7. Número de perros autorizados por cuadrilla: cuatro (4)

Jabalí.

1. Modalidades de caza: batida.

2. Días hábiles:

- 5, 12, y 19 de diciembre de 2015.

- 3, 9, 16, 17 y 23 de enero de 2016.

- 13 y 20 de febrero de 2016.

3. Número de permisos: 1 permiso por día hábil. Total temporada: 10 batidas.

4. Distribución:

- 2 permisos para cuadrillas de cazadores locales.

- 6 permisos para cuadrillas de cazadores de la Comunidad Autónoma de Aragón.

- 2 permisos para cuadrillas de cazadores nacionales.

5. Composición de las cuadrillas: entre veinte y treinta y cinco cazadores. Resacadores: máximo 6.

6. Cupo: sin límite.

7. Número de perros autorizados por cuadrilla: máximo 50.

Ainielle (Huesca).

Becada.

1. Modalidades de caza: al salto o en mano con escopeta.

2. Días hábiles:

- 19 de noviembre de 2015.

- 1 y 15 de diciembre de 2015.

3. Número de permisos: 1 permiso por día hábil. Total temporada: 3.

4. Distribución:

- 1 permiso para cuadrillas de cazadores locales.

- 2 permisos para cuadrillas de cazadores de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La distribución de los cuarteles de caza se realizará mediante sorteo.

5. Composición de las cuadrillas: dos (2) cazadores máximo.

6. Cupo: tres (3) piezas por cazador y día.

7. Número de perros autorizados por cuadrilla: cuatro (4).

Corzo

1. Modalidades de caza: Rececho.

2. Periodo hábil: Desde el 1 de abril al 1 de noviembre de 2016, sin perjuicio de que estas fechas puedan modificarse por la Dirección del coto social con el objeto de cumplir las finalidades de este Plan.

3. Días hábiles: a determinar por la Dirección del coto social.

4. Número de permisos: 2 individuos de trofeo

5. Distribución permisos de trofeo:

- 1 permiso para cazadores locales

- 1 permiso para cazadores de la Comunidad Autónoma de Aragón.

6. Duración de los permisos de trofeo: 3 días de duración cada permiso.

Jabalí.

1. Modalidades de caza: batida.

2. Días hábiles:

- 10 de octubre de 2015.

- 22 de noviembre de 2015.

3. Número de permisos: 1 permiso por día hábil. Total temporada: 2 batidas

4. Distribución:

- 2 permisos para cuadrillas de cazadores locales.

5. Composición de las cuadrillas: entre doce y treinta y cinco cazadores. Resacadores: máximo 6.

6. Cupo: sin límite. Se permite la caza del zorro.

7. Número de perros autorizados por cuadrilla: máximo 50

Artaso y Sieso (Huesca).

Becada.

1. Modalidades de caza: al salto o en mano con escopeta.

2. Días hábiles:

- 22 de diciembre de 2015.

- 5 y 12 de enero de 2016.

3. Número de permisos: 2 permisos por día hábil. Total temporada: 6.

4. Distribución:

- 2 permisos para cuadrillas de cazadores locales

- 4 permisos para cuadrillas de cazadores de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La distribución de los cuarteles de caza se realizará mediante sorteo.

5. Composición de las cuadrillas: dos (2) cazadores máximo.

6. Cupo: tres (3) piezas por cazador y día.

7. Número de perros autorizados por cuadrilla: cuatro (4).

Jabalí y ciervo.

1. Modalidades de caza: batida.

2. Días hábiles:

- 14 de noviembre de 2015.

- 5 de diciembre de 2015.

- 23 de enero de 2016.

3. Número de permisos: 1 permiso por día hábil. Total temporada: 3 batidas

4. Distribución:

- 1 permiso para cuadrillas de cazadores locales.

- 1 permisos para cuadrillas de cazadores de la Comunidad Autónoma de Aragón.

- 1 permiso para cuadrillas de cazadores nacionales.

5. Composición de las cuadrillas: entre doce y treinta y cinco cazadores. Resacadores: máximo 6.

6. Cupo: jabalí y ciervo: sin límite. Se permite la caza del zorro.

7. Número de perros autorizados por cuadrilla: máximo 50.

Isín y Asún (Huesca).

Becada.

1. Modalidades de caza: al salto o en mano con escopeta.

2. Días hábiles:

- 18 y 26 de noviembre de 2015.

- 8 de diciembre de 2015.

3. Número de permisos: 1 permisos por día hábil. Total temporada: 3

4. Distribución:

- 1 permiso para cuadrillas de cazadores locales.

- 2 permisos para cuadrillas de cazadores de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La distribución de los cuarteles de caza se realizará mediante sorteo.

5. Composición de las cuadrillas: dos (2) cazadores máximo.

6. Cupo: tres (3) piezas por cazador y día.

7. Número de perros autorizados por cuadrilla: cuatro (4).

Jabalí y ciervo.

1. Modalidades de caza: batida.

2. Días hábiles:

- 15 de noviembre del 2015.

- 7 de febrero de 2016.

3. Número de permisos: 1 permiso por día hábil. Total temporada: 2 batidas.

4. Distribución:

- 1 permiso para cuadrillas de la Comunidad Autónoma Aragonesa.

5. Composición de las cuadrillas: entre doce y treinta y cinco cazadores. Resacadores: máximo 6.

6. Cupo: jabalí y ciervo: sin límite. Se permite la caza del zorro.

7. Número de perros autorizados por cuadrilla: máximo 50.

Nueveciercos (Huesca).

Becada.

1. Modalidades de caza: al salto o en mano con escopeta.

2. Días hábiles:

- 17 y 24 de noviembre de 2015.

- 3, 10, 17 y 29 de diciembre de 2015.

3. Número de permisos: 2 permisos por día hábil. Total temporada: 12.

4. Distribución:

- 3 permisos para cuadrillas de cazadores locales.

- 9 permisos para cuadrillas de cazadores de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La distribución de los cuarteles de caza se realizará mediante sorteo.

5. Composición de las cuadrillas: dos (2) cazadores máximo.

6. Cupo: tres (3) piezas por cazador y día.

7. Número de perros autorizados por cuadrilla: cuatro (4).

Corzo

1. Modalidades de caza: Rececho.

2. Periodo hábil: Desde el 1 de abril al 1 de noviembre de 2016, sin perjuicio de que estas fechas puedan modificarse por la Dirección del coto social con el objeto de cumplir las finalidades de este Plan.

3. Días hábiles: a determinar por la Dirección del coto social.

4. Número de permisos: 2 individuos de trofeo

5. Distribución permisos de trofeo:

- 1 permiso para cazadores locales

- 1 permiso para cazadores de la Comunidad Autónoma de Aragón.

6. Duración de los permisos de trofeo: 3 días de duración cada permiso.

Jabalí y ciervo

1. Modalidades de caza: batida.

2. Días hábiles:

- 8, 21 y 28 de noviembre de 2015.

- 6 y 13 de febrero de 2016.

3. Número de permisos: 1 permiso por día hábil. Total temporada: 5 batidas

4. Distribución:

- 2 permisos para cuadrillas de cazadores locales.

- 2 permisos para cuadrillas de cazadores de la Comunidad Autónoma de Aragón.

- 1 permiso para cuadrillas nacionales.

5. Composición de las cuadrillas: entre doce y treinta y cinco cazadores. Resacadores: máximo 6

6. Cupo: Jabalí y ciervo: sin límite. Se permite la caza del zorro.

7. Número de perros autorizados por cuadrilla: máximo 50.

Guarguera (Huesca).

Becada.

1. Modalidades de caza: al salto o en mano con escopeta.

2. Días hábiles:

- 25 de noviembre de 2015.

- 2, 9, 16, 23 y 30 de diciembre de 2015.

- 13 de enero de 2016.

3. Número de permisos: 2 permisos por día hábil. Total temporada: 14

4. Distribución:

- 4 permisos para cuadrillas de cazadores locales.

- 10 permisos para cuadrillas de cazadores de la Comunidad Autónoma Aragonesa.

La distribución de los cuarteles de caza se realizará mediante sorteo.

5. Composición de las cuadrillas: dos (2) cazadores máximo.

6. Cupo: tres (3) piezas por cazador y día.

7. Número de perros autorizados por cuadrilla: cuatro (4)

Corzo.

1. Modalidades de caza: Rececho.

2. Periodo hábil: Desde el 1 de abril al 1 de noviembre de 2016, sin perjuicio de que estas fechas puedan modificarse por la Dirección Técnica del coto social con el objeto de cumplir las finalidades de este Plan.

3. Días hábiles: a determinar por la Dirección Técnica del coto social.

4. Número de permisos: 2 trofeos.

5. Distribución permisos de trofeo:

- 1 permiso para cazadores locales.

- 1 permiso para cazadores de la Comunidad Autónoma de Aragón.

6. Duración de los permisos de trofeo: 3 días de duración cada permiso.

Pardina de Fanlo (Huesca).

Jabalí.

1. Modalidad de caza: batida.

2. Días hábiles:

- 19 de diciembre de 2015.

- 23 de enero de 2016.

3. Número de permisos: 1 permiso por día hábil. Total temporada: 2 batidas

4. Distribución:

- 1 permiso para cuadrilla de cazadores locales.

- 1 permisos para cuadrilla de cazadores de la Comunidad Autónoma de Aragón.

5. Composición de las cuadrillas: entre doce y treinta y cinco cazadores. Resacadores: máximo 6

6. Cupo: sin límite.

7. Número de perros autorizados por cuadrilla: máximo 50.

Castelfrío y Más de Tarín (Teruel).

Cabra montés.

1. Modalidades de caza: Rececho.

2. Periodo hábil: Desde el 1 de diciembre de 2015 al 30 de abril de 2016, sin perjuicio de que estas fechas puedan modificarse por la dirección del coto social con el objeto de cumplir las finalidades de este Plan.

3. Días hábiles:

- 2 y 3 de diciembre de 2015, selectiva ordinaria: 1 hembra y 1 cabrito.

- 16 y 17 de diciembre de 2015, macho mayor de 10 años.

- 19 y 20 de enero de 2016, selectiva macho mayor de 6 años.

4. Número de permisos: 3: 1 macho de mayor de 10 años; 1 macho selectivo de mayor de 6 años: 1 selectiva ordinaria: 1 hembra y 1 cabrito. Los permisos de macho mayor de 10 años y macho selectivo mayor de 6 años, podrán incluir un animal selectivo de menos de 5 años.

5. Distribución permisos:

- 1 permiso de selectiva ordinaria para cazadores locales

- 1 permiso de macho mayor de 10 años para cazadores de la Comunidad Autónoma de Aragón.

- 1 permiso de macho selectivo mayor de 6 años para cazadores nacionales.

6. Duración de los permisos: 2 días de duración cada permiso.

Rueita y Los Landes (Zaragoza).

Caza menor.

1. Especie: Becada.

2. Modalidades de caza: Se autoriza la caza al salto o en mano con escopeta.

3. Días hábiles:

- 21 y 28 de noviembre de 2015.

- 5, 12, 19 y 26 de diciembre de 2015.

- 2, 9 y 16 de enero de 2016.

4. Número de permisos: 4 permisos por día hábil. Total temporada: 36.

5. Distribución:

- 12 permisos para cuadrilla de cazadores locales.

- 24 permisos para cuadrilla de cazadores de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La distribución de cuarteles de caza se realizará mediante sorteo.

6. Composición de las cuadrillas: dos (2) cazadores máximo.

7. Cupo: tres (3) piezas por cazador y día.

8. Número de perros autorizados por cuadrilla: cuatro (4).

Caza mayor y zorro.

1. Especies: jabalí, ciervo, corzo y zorro.

2. Modalidades de caza: batida.

3. Días hábiles:

- 31 de octubre de 2015.

- 7 y 14 de noviembre de 2015.

- 23 y 30 de enero de 2016.

- 6 de febrero de 2016.

4. Número de permisos: 1 permiso por día hábil. Total temporada: 6 batidas.

5. Distribución:

- 2 permisos para cuadrilla de cazadores locales

- 3 permisos para cuadrilla de cazadores de la Comunidad Autónoma de Aragón.

- 1 permisos para cuadrillas de cazadores nacionales.

6. Composición de las cuadrillas: máximo treinta y cinco cazadores, mínimo 25 cazadores y seis resacadores.

7. Cupo: jabalí y zorro: sin límite.

ciervo: 1 ciervo/puesto.

corzo: 1 corzo/puesto.

8. Número de perros autorizados por cuadrilla: mínimo 25.

Alcañicejos-Las Hoyas (Tosos) (Zaragoza).

Caza mayor y zorro.

1. Especies: jabalí, corzo y zorro.

2. Modalidades de caza: batida.

3. Días hábiles:

- 28 de noviembre de 2015.

- 19 de diciembre de 2015.

- 9 y 30 de enero de 2016.

- 20 de febrero de 2016.

4. Número de permisos: 1 permiso por día hábil. Total temporada: 5 batidas

5. Distribución:

- 1 permisos para cuadrilla de cazadores locales.

- 3 permisos para cuadrilla de cazadores de la Comunidad Autónoma de Aragón.

- 1 permisos para cuadrillas de cazadores nacionales

En caso de quedar vacantes permisos de alguna categoría, podrán optar a estos permisos cazadores de las otras categorías.

6. Composición de las cuadrillas: entre 12 y 25 cazadores. Resacadores: máximo seis.

7. Cupo: jabalí y zorro: sin límite.

corzo: 1 corzo/puesto

8. Número de perros autorizados por cuadrilla: máximo 50.

II. Normas generales sobre distribución de permisos

La becada sólo podrá ser cazada en los cotos sociales aragoneses por aquellos cazadores empadronados en algún Municipio Aragonés, esta limitación no será de aplicación para la caza, en este tipo de cotos, del resto de especies cinegéticas autorizadas.

Para el resto de especies y modalidades contempladas en cada coto social, en aquellos casos que queden permisos vacantes de alguna categoría, éstos podrán destinarse a cazadores de otras categorías.

III. Normas para la realización de las cacerías

Normas para la realización de los recechos.

1. Para los recechos únicamente se autorizarán rifles con mecanismo de carga manual o semiautomático con calibre superior a 6 mm y con mira telescópica.

2. Los cazadores al aceptar el permiso quedan obligados a atender todas las indicaciones y órdenes de los Agentes para la Protección de la Naturaleza y vigilantes, cuyas decisiones son inapelables. Las reclamaciones deberán dirigirse por escrito al Director del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

3. Los cazadores quedan obligados a someter a control biológico sus piezas de caza, que consistirá en la toma de medidas y de muestras de cada una de ellas.

4. En todos los casos en los que un cazador que porte un arma desenfundada aviste cualquier persona que marche en sentido contrario o que vaya a cruzarse, será obligatorio que el cazador vacíe y deje abierta la recámara de sus armas cuando las personas se encuentren a menos de cincuenta metros y enfrente unos de otros.

Normas para la realización de las batidas

1. El horario de cacería es desde las 7 horas hasta las 17, no pudiendo permanecer en el monte más allá de las 17,30 horas oficiales.

2. Excepcionalmente, ante la ausencia de algún cazador de la relación de los componentes de la cuadrilla, por causas ajenas a su voluntad, que conllevase la suspensión de la batida por no alcanzar el número mínimo de cazadores exigido, a efectos de completar la cuadrilla, se autoriza la sustitución de éste por uno de los resacadores, siempre que cumpla los requisitos legales exigidos para el ejercicio de la caza.

3. No se autoriza el uso de armas semiautomáticas cuyo cargador contenga más de dos cartuchos.

4. Se autoriza durante el ejercicio de la caza mayor únicamente la tenencia y uso de cartuchos con bala. Está prohibida la tenencia y utilización de postas. Como medida de seguridad se autoriza a los resacadores a portar armas de fuego provistas de cartucho con bala o perdigones del 10, 11 o 12, sin que en ningún caso puedan hacer uso de armas de fuego largas rayadas. Se entiende por arma de fuego larga rayada aquella que tiene el interior del cañón con estrías o rayas en espiral para hacer que la bala gire sobre su eje. En ningún momento podrán los resacadores disparar sobre las piezas de caza excepto por los aludidos motivos de seguridad.

5. No se podrán disparar las armas hasta que haya comenzado la cacería. Una vez finalizada ésta, las armas deberán descargarse de munición.

6. Se prohíbe el cambio o abandono de los puestos por los cazadores y sus auxiliares durante la cacería, y solo podrán hacerlo, llegado el caso, con conocimiento del personal de la administración encargado de la supervisión de la batida. Los Agentes para la Protección de la Naturaleza y vigilantes encargados de la supervisión de la batida, podrán expulsar de la batida al cazador que realice ese comportamiento sin autorización.

7. Se prohíbe tener cargadas las armas antes del momento de llegar a la postura o después de abandonarla.

8. Durante la realización de la batida todos los batidores y cazadores, así como cualquier otra persona presente tales como acompañantes de menores, deberán portar chalecos de colores naranja, amarillo o rojo vivos.

9. En las batidas o resaques, se colocarán los puestos de modo que queden siempre protegidos de los disparos de los demás cazadores, procurando aprovechar a tal efecto los accidentes del terreno. Cuando no exista dicha posibilidad, la línea de puestos se colocará pegada a la mancha que se esté batiendo y de espaldas a esta.

10. El responsable de batida deberá explicar a todos los cazadores, antes de empezar la cacería, cuál es su campo de tiro permitido, y estos se abstendrán de disparar fuera de él y especialmente en dirección a los demás puestos que tengan a la vista. A estos efectos, cada cazador está obligado a establecer acuerdo visual y verbal con los más próximos para señalar su posición.

11. Queda prohibido disparar con balas por encima del viso o rasante de terreno, de tal modo que al disparar se hará siempre de forma que las posibles balas perdidas impacten en el suelo visible desde la posición del cazador.

12. Las batidas deberán señalizarse. El responsable de la batida deberá señalizar en los accesos principales, senderos balizados y cortafuegos, y de modo visible, que se está realizando una batida. La señalización deberá ser retirada una vez finalizada la jornada de caza. Las señales serán las autorizadas en el Plan General de caza vigente en el momento de la batida.

13. En todos los casos en los que un cazador que porte un arma desenfundada aviste cualquier persona que marche en sentido contrario o que vaya a cruzarse, será obligatorio que el cazador vacíe y deje abierta la recámara de sus armas cuando las personas se encuentren a menos de cincuenta metros y enfrente unos de otros.

14. Únicamente podrán colocarse en los puestos los cazadores participantes y aquellas personas expresamente autorizadas por la dirección técnica del coto social. Quedan terminantemente prohibidos otro tipo de acompañantes en los puestos de caza, salvo en el caso de que el cazador sea un menor de edad en cuyo caso éste deberá estar acompañado por un cazador adulto. En la zona a batir únicamente podrán entrar aquellas personas expresamente autorizadas para ejercer la caza por el Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, responsable de la gestión del coto, y los Agentes para la Protección de la Naturaleza y vigilantes presentes en la batida.

15. Queda prohibido situar los tiros o batir fuera de las zonas señaladas o indicadas al efecto.

16. Como norma general se batirá un solo cuartel a elegir por el titular de la cuadrilla. Excepcionalmente, en el coto social de Rueita y Los Landes, una vez batido en su totalidad el cuartel elegido, a propuesta del titular de la cuadrilla, y con la conformidad del Agente para la Protección de la Naturaleza podrá batirse un segundo cuartel, que será elegido por el Agente para la Protección de la Naturaleza, siempre que el horario disponible permita batir la totalidad del cuartel. En el caso de que se batan dos cuarteles, a propuesta del titular de la cuadrilla, y previa conformidad de los Agentes para la Protección de la Naturaleza o de los vigilantes, podrán actuar como resacadores algunos de los cazadores de la cuadrilla en sustitución de los que participaron en el primer cuartel a fin de que estos puedan participar como cazadores en la batida del segundo cuartel, siempre que cumplan los requisitos legales exigidos para el ejercicio de la caza.

17. Queda prohibido dividirse en pequeños grupos para batir separadamente la zona asignada, debiendo actuar siempre de forma conjunta.

18. Los cazadores al aceptar el permiso quedan obligados a atender todas las indicaciones y órdenes de los Agentes para la Protección de la Naturaleza o de los vigilantes cuyas decisiones son inapelables. Las reclamaciones deberán dirigirse por escrito al Director del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente correspondiente.

19. Los cazadores quedan obligados a someter a control biológico sus piezas de caza, que consistirá en la toma de medidas y de muestras de cada una de ellas, incluso la pieza completa, si así lo determina el Servicio correspondiente.

20. Los puestos de cada mano que se realice en la batida estarán señalizados y numerados. Los Agentes para la Protección de la Naturaleza o vigilantes asignaran a cada participante el puesto que deberá ocupar.

IV. Normas para la caza menor

1. El horario de cacería es desde las 8 horas hasta las 17 horas, no pudiendo permanecer en el monte más allá de las 17,30 horas oficiales.

2. No se autoriza el uso de armas semiautomáticas cuyo cargador contenga más de dos cartuchos.

3. Queda prohibida durante el desarrollo de la caza la tenencia y uso de cartuchos con bala. Igualmente está prohibida la tenencia y utilización de postas.

4. Los observadores o acompañantes, cuya presencia haya sido autorizada, se mantendrán a la suficiente distancia del cazador, de forma que no interfieran ni participen en acciones de la caza.

5. Los cazadores al aceptar el permiso quedan obligados a atender todas las indicaciones y órdenes de los Agentes para la Protección de la Naturaleza, cuyas decisiones son inapelables. Las reclamaciones deberán dirigirse por escrito al Director del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente correspondiente.

6. Los cazadores quedan obligados a someter a control biológico sus piezas de caza, que consistirá en la toma de medidas y de muestras de cada una de ellas, incluso la pieza completa, si así lo determina el Servicio correspondiente.

V. Campeonatos

1. Los Servicios Provinciales de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente correspondientes podrán autorizar la celebración de un máximo de un campeonato de caza en los cotos sociales con las condiciones que los citados Servicios establezcan.

2. La celebración del campeonato no podrá coincidir con los días definidos como hábiles en el respectivo Plan Anual de Aprovechamiento Cinegético.

3. El número máximo de cazadores que pueden participar es de 50.

VI. Circulación con armas en los cotos sociales

1. Queda prohibido, en el ámbito de los Cotos Sociales y fuera de vías asfaltadas o urbanas, el tránsito portando (en cualquier medio de locomoción) arcos y armas de fuego autorizados para la caza, así como armas ilegales para la práctica de la caza como es el caso de las ballestas, aún estando correctamente desmontadas y enfundadas, por personas que no tengan autorizada alguna actividad cinegética dentro de los Cotos Sociales, o por aquellas que teniendo autorización para actividades cinegéticas cuando el tránsito se realiza fuera del día u horario hábil establecido para ejercerlas.

2. Queda prohibido, en el ámbito de los Cotos Sociales y fuera de vías asfaltadas o urbanas, el tránsito portando las armas, municiones y dispositivos auxiliares prohibidos en el ejercicio de la caza y relacionados en el artículo 42 de la Ley 1/2015 de Caza de Aragón.

VII. Categoría de cazadores y cuadrillas

1. Para la consideración de la categoría de cazador o de cuadrilla, se estará a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón.

2. En el caso de la becada las cuadrillas tendrán la categoría que tengan sus componentes (locales o de la Comunidad Autónoma de Aragón). En el caso de que, siendo dos sus componentes, sólo uno de ellos sea local, la cuadrilla tendrá la categoría correspondiente a cazadores autonómicos.

VIII. Importe de los permisos

1. El importe de los permisos se compone de una cuota de entrada fija y, si se cobra pieza, o se hiere en el caso de la caza mayor, de una cuota complementaria según las tarifas que se indican a continuación.

2. Corresponderá a cada tipología de cazador el pago de las respectivas cuotas de entrada que procedan a su categoría individual, correspondiendo el pago de la cuota complementaria según la tipología de la cuadrilla.

A) Caza menor.

B) Caza mayor en batida.

Cuotas de entrada.

Para todas las especies por cazador y día:

Cuotas complementarias (por pieza).

En las batidas que se realicen, por cada pieza de ciervo, corzo y jabalí que se abata deberá pagarse una cuota complementaria, por tipología de cuadrilla, según se indica a continuación:

Para todas las especies, salvo jabalí y varetos de más de 25 cm de cuerna las cuadrillas de cazadores locales tendrán en las cuotas complementarias de caza mayor en batida una bonificación del 60%.

C) Caza mayor en rececho.

Rececho de corzo.

Cuotas de entrada (por permiso).

Cuotas complementarias (por pieza).

Los cazadores locales tendrán en las cuotas complementarias una bonificación del 60%.

Rececho de cabra montés.

Cuotas de entrada (por permiso).

Cuotas complementarias (por pieza).

Los cazadores locales tendrán en las cuotas complementarias una bonificación del 60%.

Utilización de vehículo todo terreno de la administración: 10 € por permiso + 0.30 € por kilómetro.

VII. SOLICITUDES

1. Las solicitudes se presentarán en los modelos oficiales que aparecen como Anejo 1 de esta resolución (también disponibles en el catalogo telemático de procedimientos consultables en la sección de caza de la página www.aragon.es), y de acuerdo a las instrucciones que se reflejan en el propio Anejo I de la presente resolución.

2. La presentación podrá efectuarse en el Registro General de Aragón, Edificio Pignatelli, 50071 Zaragoza, o en cualesquiera de los Servicios Provinciales de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente: Plaza de Cervantes, nº 1, 22071 Huesca; c/ San Francisco, nº 27, 44071 Teruel y paseo María Agustín, 36, 50071, Zaragoza y Dirección General de Sostenibilidad: plaza San Pedro Nolasco, 50071 Zaragoza y en las Oficinas Comarcales Agroambientales o por cualesquiera de los medios especificados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

3. Serán anuladas las solicitudes, sin comunicación expresa al interesado, por cualesquiera de los siguientes motivos:

- Las recibidas fuera de plazo.

- Las repetidas, siendo anuladas todas las presentadas por el solicitante.

- Las que, siendo necesario, no vengan acompañadas de la fotocopia completa del DNI, NIE o Pasaporte del solicitante o su mal estado o calidad impida que los -datos puedan leerse correctamente.

- Las que se encuentren mal cumplimentadas o sean ilegibles o estén sin firmar.

- Las que no estén cursadas en el modelo oficial vigente.

- Las que contengan datos falseados.

- Las que se omita algún dato de los requeridos en el impreso a excepción del número del teléfono y del correo electrónico.

- Las solicitudes coincidentes, entendiendo por tales aquellas solicitudes en las que al menos el 25 % de los componentes de las cuadrillas, sin contar los suplentes, se repiten.

4. El plazo general de admisión de las solicitudes será entre el 3 y el 31 de agosto de 2015, ambos inclusive. El sorteo que será público, se realizará el último viernes del mes de septiembre de 2015 en los locales del servicio provincial correspondiente.

El plazo de admisión de las solicitudes de recechos de corzo será del día 1 al 31 de octubre de 2015, ambos inclusive. El sorteo será público y se realizará el primer lunes hábil del mes de febrero de 2016, para el corzo en los locales del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Huesca.

5. Únicamente puede enviarse una solicitud por especie y Coto Social pudiendo realizar el mismo cazador solicitudes distintas para más de un coto social dentro de la misma anualidad.

VIII. MEDIDAS CIRCUNSTANCIALES

Si las circunstancias cinegéticas así lo aconsejan, el Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente correspondiente podrá acordar cuantos cambios estime necesarios en los permisos de caza e incluso la anulación de los mismos o limitar el número de capturas. En este último caso se comunicará esta medida a los cazadores afectados con la máxima antelación posible y se devolverá el importe de las cuotas de entrada abonadas. El importe de la cuota de entrada no se devolverá bajo ninguna otra circunstancia que la expresada en este mismo párrafo.

En el caso de que se precise el control de alguna especie cinegética por ocasionar daños a cultivos agrícolas o a las especies cinegéticas, éste se realizará bajo autorización y condiciones que establezca el correspondiente Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

Zaragoza, 3 de agosto de 2015.

La Directora General de Sostenibilidad,

SANDRA ORTEGA BRAVO