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ORDEN de 29 de diciembre de 2014, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se encomienda al Instituto Tecnológico de Aragón la realización en 2015 de actividades relativas al desarrollo del tejido empresarial de tecnologías de la información y de las comunicaciones y a la implantación de la Sociedad de la Información en las empresas en Aragón.

Publicado el 11/03/2015 (Nº 48)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN

Texto completo:

El artículo 71.41.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón, reformado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 abril, atribuye a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de investigación, desarrollo e innovación científica y tecnológica, que comprende, en todo caso, la transferencia de conocimientos y el fomento y desarrollo de las tecnologías para la sociedad de la información.

En la actualidad las competencias antedichas se atribuyen al Departamento de Industria e Innovación en virtud de lo dispuesto en el Decreto 27/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica de dicho Departamento, y en concreto, las competencias de promoción, fomento e implantación de las tecnologías de la información y las comunicaciones, con especial atención a su incorporación en el entramado socioeconómico de Aragón.

La Estrategia Aragonesa de Competitividad y Crecimiento, considera a las Nuevas Tecnologías uno de los sectores estratégicos del Gobierno de Aragón, recogiendo seis grandes ejes de actuación, entre los que se encuentran el de "las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) en las pymes" y el de "tejido empresarial TIC". Con el eje sobre "las TIC en las pymes", se busca favorecer la incorporación de las TIC en la empresa aragonesa como elemento diferenciador y catalizador de la competitividad y productividad, mientras que con el eje sobre el "tejido empresarial TIC" se persigue fortalecer el tejido empresarial TIC aragonés a través del aprovechamiento de sus ventajas competitivas, la mejora de la competitividad y el potencial de transferencia de conocimiento. En estos grandes ejes se recogen diversas actuaciones, entre las que se encuentran acciones a las que se refiere esta encomienda.

Por otra parte, el 22 de septiembre de 2010, se suscribió un convenio de colaboración entre el anterior Ministerio de Ciencia e Innovación y la Comunidad Autónoma de Aragón, para el desarrollo de la Estrategia Estatal de Innovación en la Comunidad Autónoma mediante la concesión a ésta de un préstamo con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, cuyo objeto es el desarrollo de un programa de actuaciones de promoción de la innovación sobre los cinco ejes de la Estrategia Estatal de Innovación. Dentro de las líneas de actuación se incluye la de "Sensibilización para innovar", cuyo desarrollo supone la ejecución de actuaciones que son objeto de esta encomienda.

La realización de actividades relativas a estos ejes, requiere trabajar en acciones que permitan que el conjunto de las empresas incorporen las TIC en sus procesos, tanto en lo que se refiere a conectividad y equipamiento, como a un uso intensivo de las mismas, así como en aquellas acciones que permitan fortalecer el tejido empresarial TIC aragonés.

Por ello, se pretende llevar a cabo actuaciones dirigidas al sector TIC aragonés, consistentes en el desarrollo de Hojas de ruta tecnológicas dirigidas a empresas de este sector. Durante el año 2013 se trabajó en este proyecto con el objetivo de desarrollar una metodología que ayudase a las empresas del sector a definir una hoja de ruta/proyecto para el desarrollo de nuevos productos a partir del posicionamiento definido en el mercado, de las necesidades identificadas en los clientes objetivo y de las tecnologías más adecuadas para su implementación. En el planteamiento que se propone para 2015, se plantea extender las metodologías desarrolladas en el proyecto de otros ámbitos relacionados con la puesta en el mercado y la apertura a nuevos mercados nacionales o internacionales de los nuevos productos.

Asimismo, se pretenden desarrollar actuaciones relativas al "testing" considerado como actividad que persigue encontrar el mayor número de errores en el software con la menor cantidad de tiempo y esfuerzo posibles. El objetivo de estas actuaciones es difundir, formar y transferir las nuevas técnicas de testing a las Pymes para que puedan ser competitivas en un mercado internacional en el que no se admiten fallo.

Adicionalmente es preciso disponer de asesoramiento técnico especializado en aspectos puntuales como la evaluación de solicitudes de subvenciones para proyectos TIC o sobre novedades y tendencias de las Tecnologías de la Información.

El Departamento de Industria e Innovación no dispone actualmente de los medios materiales y humanos suficientes para acometer los trabajos indicados, por lo que se hace esta encomienda al Instituto Tecnológico de Aragón (ITAINNOVA).

De acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley reguladora del Instituto Tecnológico de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 5/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, éste se configura como una entidad de derecho público que, en virtud de lo dispuesto en el Decreto de 30 de diciembre de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, se reasignan determinadas competencias a los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma, y se adscriben organismos públicos se encuentra adscrita al Departamento de Industria e Innovación, y se define como un centro de promoción de la investigación y el desarrollo, con arreglo a criterios de interés general, orientando su actividad a impulsar la innovación tecnológica de las empresas. Entre sus funciones se encuentran las relativas a la oferta de servicios tecnológicos a la industria tanto en el desarrollo de nuevos productos o procesos como en la implantación de tecnologías avanzadas, facilitar servicios de asesoramiento en materia tecnológica o fomentar el desarrollo tecnológico y la investigación al servicio de las administraciones públicas. Ello denota la relación que las actividades objeto de la encomienda tienen con las funciones que desarrolla el Instituto Tecnológico de Aragón.

Su configuración como entidad de derecho público hace que el Instituto Tecnológico de Aragón esté dotado de personalidad jurídica propia, patrimonio propio y plena capacidad para el cumplimiento de sus funciones, por lo que dispone tanto de los medios técnicos idóneos como de la experiencia necesaria para realizar los trabajos encomendados.

La correcta articulación de la colaboración entre la Administración matriz titular de las competencias en la materia y el ente instrumental dotado de los recursos y medios técnicos precisos para el desarrollo de las tareas de asesoramiento y colaboración técnica proyectadas, a tenor de lo anteriormente expuesto, no puede sino encauzarse a través de la encomienda de gestión en los términos en que lo contempla el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en particular, encomendando la realización de actividades de carácter técnico de la competencia de un órgano administrativo a una entidad de la misma Administración, por razones de eficacia, puesto que no se poseen los medios técnicos idóneos para su desempeño.

Algunas de las actuaciones objeto de esta encomienda siguen líneas de trabajo ya abiertas y/o complementarias a las establecidas como tal en las encomiendas realizadas al Instituto Tecnológico de Aragón en años anteriores, en concreto las vinculadas a las Hojas de ruta Tecnológicas, tal como se ha indicado, mientras que otras acciones, como la de "testing", inicia una nueva línea de actividad.

El artículo 38 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, dispone que la encomienda de gestión a favor de un organismo público dependiente del Departamento encomendante, precisará de la autorización del Consejero correspondiente, por lo que corresponde al titular del Departamento de Industria e Innovación, autorizar la presente encomienda de gestión mediante la aprobación de la correspondiente orden.

La citada orden contendrá el régimen jurídico de la encomienda, con mención expresa de la actividad o actividades a las que afecte, plazo de vigencia, naturaleza y alcance de la gestión encomendada así como las obligaciones que asuma la entidad encomendada. Asimismo, tal y como dispone el artículo 15.3 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la orden mediante la que se autorice la encomienda de gestión, deberá ser publicada, para su eficacia, en el Diario Oficial correspondiente.

Por todo lo anteriormente expuesto, acuerdo:

Primero.- Encomendar al Instituto Tecnológico de Aragón (ITAINNOVA) la realización de actividades relativas al desarrollo del tejido empresarial de tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC) y a la implantación de la Sociedad de la Información en las empresas en Aragón, que se detallan en el punto segundo de esta orden.

Segundo.- 1. Las actividades a desarrollar en el marco de la encomienda, se centrarán en tres líneas concretas que se detallan, junto con dichas actuaciones y su presupuesto:

a) Teste A: Marco para la promoción de la calidad de los productos basados en software mediante la mejora de la fase de pruebas (testing).

Las tareas a realizar para desarrollar esta iniciativa serán:

1.º Actividades de difusión para las empresas del sector TIC.

Estado del arte sobre el testeo de software en las Pymes de Aragón. Se realizarán encuestas y visitas con empresas y asociaciones representativas del sector. Se realizará una jornada de presentación de los resultados obtenidos.

Determinación de la forma de utilizar páginas web corporativas, perfiles, cuentas, y herramientas colaborativas de las que se dispone y, en su caso, adaptación de las mismas para dar soporte de comunidad a las empresas interesadas en el testing. Estos entornos incluirán los contenidos relacionados con el testing que se irán generando a lo largo de las diferentes actividades enmarcadas en el proyecto.

Realización de dos jornadas de difusión sobre los modelos existentes en el ámbito del testeo de software.

Organización de una jornada de demostración práctica de herramientas de testing existentes en el mercado.

Jornada final para la difusión de los resultados y beneficios del proyecto.

2.º Actividades de formación para las empresas del sector TIC.

Generación y realización de un curso de formación sobre la temática del testing para profesionales del sector TIC.

Desarrollo de dos "hack labs" prácticos orientados a profesionales interesados en el testing, donde se trabajará con herramientas de testing seleccionadas previamente.

Soporte online a las empresas a través de las herramientas de comunidad del proyecto.

3.º Actividades de transferencia para las empresas.

Identificación y publicación de métricas (KPI) para la medición del impacto del testing en las organizaciones.

Desarrollo de un catálogo de buenas prácticas.

Desarrollo de metodología de transferencia a empresas. ITAINNOVA generará un método para que una empresa, por sí misma, de la forma más sencilla posible pueda trabajar en la adopción de estas técnicas de forma exitosa. Dicho método se validará con un mínimo de dos empresas interesadas.

Promoción de la comunidad de testing para la difusión y la mejora de la calidad del software en Aragón. Definición y establecimiento de la comunidad mediante reuniones con los actores regionales interesados en este ámbito.

Presupuesto estimado:

47.000 € de los cuales se estima que 18.800 € serán para actividades de difusión, 8.300 € para formación y 19.900 € para transferencia.

b) Hojas de ruta tecnológicos para el impulso a la internacionalización de empresas TIC de Aragón.

Las tareas a realizar para desarrollar esta iniciativa serán:

Desarrollo de la metodología de generación de planes tecnológicos de empresas del sector TIC aragonés, con el objetivo de la apertura a nuevos mercados nacionales o internacionales de sus nuevos productos.

Difusión de la metodología. Realización de una acción de difusión, para sensibilizar a las empresas aragonesas sobre la necesidad de una planificación tecnológica alineada con la estrategia, productos y mercado de su empresa, así como para favorecer el conocimiento de los resultados del proyecto.

Propuesta de criterios y convocatoria para la selección de empresas en las que desplegar los planes tecnológicos, así como realización de la convocatoria y selección de las empresas en las que desplegar los planes tecnológicos.

Desarrollo de proyectos piloto de los planes tecnológicos en dos empresas TIC aragonesas.

Soporte a las empresas durante la implantación del plan.

Presupuesto estimado:

0.000 €, de los cuales se estiman que 20.000 € serán para el desarrollo de la metodología, 3.500 € para difusión y convocatoria de selección de empresas; 23.500 € para los pilotos a empresas y 3.000 € para soporte.

c) Apoyo y soporte técnico a la Dirección General de Nuevas Tecnologías.

Las tareas a llevar a cabo serán las siguientes:

Apoyo y soporte técnico en la vigilancia tecnológica en el ámbito de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y de la Sociedad de la Información, incluyendo la elaboración de un resumen trimestral con las novedades y tendencias más interesantes del trimestre, y el asesoramiento en proyectos puntuales.

Apoyo técnico para la evaluación de convocatorias de ayudas y subvenciones de la Dirección General de Nuevas Tecnologías, tanto en la fase de evaluación de propuestas presentadas por las entidades solicitantes, como en la fase de justificación de las ayudas.

Presupuesto estimado:

3.000 €.

2. Las actividades indicadas se realizarán hasta el 15 de noviembre de 2015.

Tercero.- Será responsabilidad del Instituto Tecnológico de Aragón, en el desempeño de esas actividades:

a) Ejecutar las actuaciones objeto de la encomienda en los plazos que se indican en esta encomienda.

b) Aportar los medios humanos y materiales necesarios para la realización de la encomienda.

c) Informar a la Dirección General de Nuevas Tecnologías sobre el desarrollo de las actividades encomendadas.

d) Seguir las directrices marcadas por la Dirección General de Nuevas Tecnologías en lo relativo a objetivos y aspectos técnicos.

e) Adoptar, de acuerdo con las normas aprobadas por el Gobierno de Aragón, las medidas para dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación en los medios materiales que se utilicen para la difusión de la actuación. Asimismo, deberá hacerse constar la colaboración del Ministerio de Economía y Competitividad.

f) ITAINNOVA podrá encargar los servicios externos necesarios para lograr los objetivos establecidos siempre y cuando no cuente con los medios para llevarlos a cabo.

Cuarto.- El Departamento encomendante asume las siguientes funciones:

1. La encomienda no implica la cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio por parte del Departamento de Industria e Innovación, siendo responsabilidad de éste dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte a las actuaciones objeto de encomienda.

2. La Dirección General de Nuevas Tecnologías del Departamento de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón supervisará los trabajos desarrollados por ITAINNOVA al amparo de la presente encomienda. Para ello se designa como responsable de la ejecución de los trabajos encomendados a la Jefa de Servicio de Nuevas Tecnologías y Sociedad de la Información de dicha Dirección General, que se encargará de supervisar la ejecución de las actuaciones, dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de las actuaciones, analizar las incidencias que puedan surgir durante la ejecución de las actuaciones e informar sobre todos aquellos aspectos relacionados los trabajos encomendados.

Quinto.- Los derechos de propiedad intelectual de los materiales que se generen como consecuencia de las acciones de esta encomienda, corresponderán al Gobierno de Aragón, incluidos los asociados a los contratados de servicios que tengan por objeto el desarrollo de dicho material, que deberán contemplar la cesión de los mismos sin limitaciones.

Dado que el Gobierno de Aragón pretende que los contenidos generados en las acciones de formación de esta encomienda, para que puedan utilizarse y reutilizarse por quienes se interesen en los mismos, tanto en los materiales nuevos que realice el Instituto Tecnológico de Aragón, como en los que contrate se licenciarán los materiales bajo licencia Creative Commons del tipo Reconocimiento - NoComercial - CompartirIgual (by-nc-sa) e indicarse así en los productos que se generen.

Sexto.- Para el desempeño de las tareas encomendadas, el Departamento de Industria e Innovación asignará a ITAINNOVA la cantidad de 100.000 € (cien mil euros) con cargo a la partida 17040 G/5424/227006/39103, de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2015.

La mencionada cantidad se aplicará a las actuaciones encomendadas de la forma indicada en el apartado segundo, entendiendo que las cantidades asignadas a cada actuación son estimaciones, y que podrán reajustarse entre ellas, siempre que se cumpla la finalidad de la encomienda.

Una vez aceptada la encomienda por parte de ITAINNOVA se anticipará el 20% de la cantidad asignada, para hacer frente a los gastos iniciales de las tareas encomendadas.

El resto del importe se abonará de forma proporcional al ritmo de ejecución de los trabajos objeto de la encomienda, previa justificación, de acuerdo con el apartado Séptimo. Si se hubiese concedido el correspondiente anticipo y hubiese justificaciones parciales, será necesario que en la primera justificación parcial el ITA incluya también la acreditación del cumplimiento de la actividad correspondiente al importe del anticipo.

Séptimo.- 1. ITAINNOVA justificará la realización de los trabajos encomendados, así como los gastos y pagos efectuados en relación, tanto con los medios propios utilizados, como con los encargados a servicios externos.

2. Dicha justificación se realizará hasta el 15 de noviembre de 2015, incluido.

3. Para cumplir con la obligación de justificación se presentará una relación de los gastos efectuados para la realización de las actividades encomendadas y la justificación documental de la realización de los gastos mediante la aportación de las facturas o documentos acreditativos del gasto efectuados y los correspondientes justificantes de pago, así como una memoria en la que se reflejarán las acciones realizadas, detallando entre otras, las actividades desarrolladas, los medios humanos y materiales dedicados, así como los resultados obtenidos, incluyendo productos, documentos generados e indicadores de ejecución

4. No obstante lo indicado en el párrafo 2 de este apartado, con respecto a los gastos de cotización a la Seguridad Social de noviembre y de las retenciones e ingresos a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas sobre rendimientos de actividades económicas correspondientes a octubre y noviembre, será admisible como justificante la previsión de los mismos siempre que responda a una continuidad en las acciones encomendadas. No obstante, deberá realizarse la justificación efectiva de su pago antes del 1 de marzo del año siguiente. Si dicha justificación no se realizara en el plazo indicado, deberá reintegrar el importe abonado por tales conceptos.

5. La Dirección General de Nuevas Tecnologías, una vez analizada la documentación presentada, realizará la correspondiente certificación, previa comprobación de la correcta ejecución de la encomienda.

Octavo.- La vigencia de la encomienda de gestión se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2015.

Noveno.- Esta orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 29 de diciembre de 2014.

El Consejero de Industria e Innovación,

ARTURO ALIAGA LÓPEZ