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RESOLUCIÓN de 6 de julio de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se declara la pérdida de derechos, y con el fin de cubrir todas las vacantes convocadas por Resolución de 7 de junio de 2019, en el proceso selectivo de la categoría de Fontanero para su provisión por turno libre, se nombra personal estatutario fijo y se adjudican los destinos que han quedado vacantes en centros del Servicio Aragonés de Salud.

Publicado el 19/07/2022 (Nº 139)
Sección: II. Autoridades y Personal - a) Nombramientos, situaciones e incidencias
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

De conformidad con lo previsto en la base 8.3 de la Resolución de 7 de junio de 2019, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 124, de 27 de junio de 2019, por la que se convoca proceso selectivo de la categoría de Fontanero y de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, esta Dirección Gerencia resuelve:

Primero.- Declarar, según lo señalado en la Resolución de 7 de junio de 2019, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, la perdida de todos los derechos derivados de la participación de este proceso selectivo de don Jorge Armando Ramos Marikovich que ha presentado su renuncia.

Segundo.- Nombrar personal estatutario fijo en la categoría de Fontanero, con expresión del destino definitivo adjudicado a los participantes que siguen en puntuación a los ya nombrados en el proceso selectivo, y que se detallan en el anexo adjunto a esta Resolución, al no haberse cubierto el total de plazas convocadas mediante Resolución de 7 de junio de 2019.

Tercero.- Los aspirantes nombrados, conforme a lo dispuesto en la base 8.2 de la Resolución de 7 de junio de 2019, dispondrán del plazo de un mes para incorporarse al destino obtenido y efectuar la toma de posesión. El cómputo de dicho plazo se iniciará al día siguiente de la publicación de la presente Resolución, decayendo en su derecho si no se incorporan a su destino en dicho plazo, salvo imposibilidad acreditada y así apreciada por el órgano convocante.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Sanidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 6 de julio de 2022.

El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, JOSÉ MARÍA ARNAL ALONSO