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RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 2020, de la Directora General de Personal, por la que se determina la composición de la Comisión de Valoración encargada de aplicar el baremo de méritos a quienes participen en el procedimiento de acceso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, convocado por Orden ECD/1647/2019, de 11 de diciembre ("Boletín Oficial de Aragón", número 245, de 18 de diciembre de 2019).

Publicado el 12/02/2020 (Nº 29)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

En cumplimiento de lo establecido en la base 5.1.1. de la Orden ECD/1647/2019, de 11 de diciembre ("Boletín Oficial de Aragón", número 245, de 18 de diciembre de 2019, ) por la que se convoca procedimiento selectivo de acceso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, con fecha 17 de enero de 2020 se publicó Resolución de la Directora General de Personal, por la que se hizo pública la fecha y el lugar de celebración del sorteo de los Vocales que formarán la Comisión de Valoración encargada de aplicar el baremo de méritos a quienes participen en el procedimiento de acceso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.

Una vez celebrado el sorteo, en virtud de lo establecido en la misma base 5 de la Orden ECD/647/2019, de 11 de diciembre y en el artículo 3 de la Resolución de 17 de enero de 2020, compete a la Directora General de Personal el nombramiento, mediante Resolución, de los miembros de la Comisión de Valoración. En su aplicación, resuelvo:

Primero.- Hacer pública la composición de la Comisión de Valoración que figura en el anexo I, encargada de aplicar el baremo de méritos a los aspirantes admitidos al procedimiento de acceso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.

Segundo.- Aquellos miembros de la Comisión de Valoración que se hallen incursos en alguna de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, deberán presentar la oportuna abstención ante la presidenta de este órgano, quien lo notificará al Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

Asimismo, los aspirantes de este procedimiento podrán recusar a dichos miembros por alguna de estas causas, según lo previsto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en la base 5.1 de la Orden de la convocatoria, existirá una Comisión de Valoración que estará formada por un presidente, designado por la Dirección General de Personal entre personal perteneciente al Cuerpo de Inspectores de Educación y cuatro vocales: dos, elegidos por sorteo, pertenecientes al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas con destino definitivo en la Comunidad Autónoma de Aragón, uno también perteneciente al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas con destino definitivo en otra Comunidad Autónoma y uno, elegido por sorteo, perteneciente al Cuerpo de Inspectores de Educación con destino definitivo en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Cuarto.- La presidenta de la Comisión de Valoración deberá adoptar las medidas necesarias para la constitución de la misma, dando cuenta de ello a la Dirección General de Personal y remitiendo copia del Acta de constitución.

La Comisión de Valoración no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente y el Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan y la mitad, al menos, de sus miembros.

Quinto.- Quedan autorizados los desplazamientos de los miembros de la Comisión de Valoración que necesiten desplazarse de su domicilio habitual para el ejercicio de tal función, teniendo derecho al percibo de las indemnizaciones que correspondan, de acuerdo con lo que dispone el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo. Dichas indemnizaciones serán autorizadas para el caso de los vocales, por la Presidenta del Tribunal, y para éste último serán autorizadas por la Dirección General de Personal.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa se podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 3 de febrero de 2020.

La Directora General de Personal,

CARMEN MARTÍNEZ URTASUN