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ORDEN ECD/1587/2016, de 10 de noviembre, por la que se modifica la Orden ECD/1090/2016/ de 16 de agosto, por la que se convocan ayudas a asociaciones y fundaciones para el año 2016 en materia de política lingüística

Publicado el 14/11/2016 (Nº 219)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Con fecha de 14 de septiembre de 2016, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 178 la Orden ECD/1090/2016, de 16 de agosto, por la que se convocan ayudas a asociaciones y fundaciones para el año 2016 en materia de política lingüística

De acuerdo con el apartado decimoquinto, punto 7, de la convocatoria, el plazo para la justificación de la subvención se iniciará a partir del día siguiente al de publicación del extracto de la resolución de concesión en el "Boletín Oficial de Aragón", y finalizará el día 14 de noviembre de 2016.

Dado el estado actual de la tramitación del procedimiento administrativo, sobre el que no ha recaído resolución, y constatado en el expediente administrativo la ausencia de perjuicio alguno a intereses de terceros, se considera oportuno introducir la posibilidad, ya prevista en el artículo 15.4 de la Orden ECD/622/2016, de 3 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Política Lingüística de que el plazo para la justificación de la subvención se inicie a partir del día siguiente de la notificación individual a las personas o entidades beneficiarias de las ayudas.

En virtud de lo anterior y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte y de lo dispuesto en la Orden ECD/622/2016, de 3 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Política Lingüística, resuelvo:

Primero.- Se modifica el apartado decimoquinto 7 de la Orden ECD/1090/2016, de 16 de agosto, por la que se convocan ayudas a asociaciones y fundaciones para el año 2016 en materia de política lingüística, que queda redactado de la siguiente manera:

"7. El plazo para la justificación de la subvención se iniciará a partir del día siguiente de la notificación individual a las personas o entidades beneficiarias de las ayudas".

Segundo.- La presente orden surtirá efectos a partir del día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón", sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Zaragoza, 10 de noviembre de 2016

La Consejera de Educación,

Cultura y Deporte

María Teresa Pérez Esteban