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RESOLUCIÓN de 21 de enero de 2022, de la Gerencia de Sector de Zaragoza III, por la que se convoca procedimiento selectivo para la provisión, con carácter temporal, de una plaza vacante de Personal Técnico no Titulado en el Hospital Clínico Universitario "Lozano Blesa" de Zaragoza.

Publicado el 08/02/2022 (Nº 26)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 33 y 35 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, y en el Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, la Gerencia de Sector de Zaragoza III, en ejercicio de las competencias que tiene legalmente atribuidas, convoca procedimiento selectivo para la provisión temporal de una plaza vacante, de la categoría de Personal Técnico no Titulado - Técnico en Electromedicina-, subgrupo "C1", en el Hospital Clínico Universitario "Lozano Blesa" de Zaragoza, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Número de plazas.

Una plaza de Personal Técnico no Titulado - Técnico en Electromedicina.

Segunda.- Ámbito subjetivo.

Vía de promoción interna temporal: Podrá participar quién, además de reunir el requisito de titulación exigido en la base cuarta b), posea la condición de personal estatutario fijo, y se encuentre en situación de servicio activo, con destino definitivo o en reingreso provisional, en cualquiera de los Centros del Sector de Zaragoza III, o en la Gerencia de Urgencias y Emergencias Sanitarias, en este último caso en los términos establecidos en el artículo 29.3 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, en categoría distinta de la convocada, del mismo o inferior subgrupo de clasificación. No podrá participar en la convocatoria, por esta vía, el personal que se encuentre en Comisión de Servicios.

Vía de acceso libre: De conformidad con lo establecido en los artículos 9.2 y 33 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, podrán participar quienes cumplan los requisitos exigidos en la base Cuarta.

Tercera.- Características del puesto de trabajo.

Jornada de trabajo: La dedicación del personal seleccionado podrá ser en turno fijo de mañana, o en turno fijo de tarde, o en turno rotatorio diurno.

Funciones: Bajo la dirección de la Jefatura de Servicio de Electromedicina, del Hospital Clínico Universitario "Lozano Blesa", el personal seleccionado desempeñará las siguientes funciones:

- La gestión, supervisión y ejecución del montaje, y la asistencia técnica de los sistemas de Electromedicina, siguiendo criterios de calidad y eficiencia, en adecuadas condiciones de seguridad para los pacientes y cumpliendo las normas y procedimientos establecidos.

La intervención en el mantenimiento del equipamiento electromédico.

La recogida de datos y emisión de informes asociados al montaje y mantenimiento de los equipos y sistemas electromédicos.

El archivo y mantenimiento de la documentación relativa al montaje, instalación y mantenimiento del equipamiento electromédico y equipos asociados, y la gestión de la documentación requerida para pruebas, ensayos y puesta a punto de los equipos.

La aplicación de las técnicas de diagnóstico y reparación de los sistemas y equipos, mediante la operación diestra de instrumentos de medida y herramientas adecuadas.

La supervisión y trazabilidad de intervenciones en los sistemas de Electromedicina realizadas por personal externo al Centro.

La revisión y verificación funcional de equipos electromédicos, según protocolos establecidos.

La recogida de datos, mantenimiento y actualización del inventario de equipamiento electromédico.

La organización y adecuado mantenimiento del taller y almacén del Servicio de Electromedicina, así como de los recursos materiales del mismo.

La gestión y trazabilidad de envío y recepción de material del Servicio, bajo la supervisión del Jefe de Taller.

Aquellas otras funciones o competencias similares a las anteriores o que, aún sin estar directamente relacionadas, sean atribuibles a su cualificación profesional.

Retribuciones: Las que corresponden para este puesto de trabajo según las disposiciones vigentes de aplicación.

Tipo de nombramiento: Si el aspirante seleccionado para desempeñar la plaza convocada accede desde la vía de acceso libre, se le expedirá nombramiento de personal estatutario temporal interino. De conformidad con el artículo 9.2 de Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, se acordará el cese del personal estatutario interino cuando se incorpore personal fijo, por el procedimiento legal o reglamentariamente establecido, a la plaza que desempeñe, así como cuando dicha plaza resulte amortizada.

En caso de resultar seleccionado para la provisión de la plaza personal estatutario fijo, por la vía prevista en la base segunda a), se le declarará en promoción interna temporal. El cese en dicho nombramiento se acordará por las causas que en su caso procedan, detalladas en el artículo 31 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud.

Cuarta.- Requisitos de participación.

Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en cuanto al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

Estar en posesión del título de Bachillerato, Técnico Superior de Formación Profesional (Ciclos Formativos de Grado Superior), o de Formación Profesional de Segundo Grado, o equivalente, o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación por el Ministerio de Educación dentro del plazo de presentación de solicitudes.

Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.

Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administración pública, en los seis años anteriores, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión. En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el párrafo a), no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida en su Estado en los mismos términos el acceso al empleo público.

No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, según determina el artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su redacción aportada en la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.

No poseer la condición de personal estatutario fijo de la categoría de Personal Técnico no Titulado, en el Sistema Nacional de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa.

Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento del posible llamamiento y nombramiento. La acreditación de hallarse en posesión de los requisitos exigidos será requerida a los aspirantes antes de emitir el correspondiente nombramiento temporal, excepto los documentos requeridos en la base quinta a) que deberán aportarse junto con la solicitud.

Quinta.- Solicitudes y plazo de presentación.

Quién tenga interés en participar en la presente convocatoria, deberá formular su solicitud según modelo normalizado que figura en anexo I. Junto a su solicitud, los aspirantes aportarán ordenadamente la siguiente documentación:

- Fotocopia de DNI, NIE, TIE, pasaporte o documento con fotografía suficientemente acreditativo de identidad.

Fotocopia de título oficial exigido en la base cuarta b).

Formulario de autobaremación, cumplimentado en modelo que figura en anexo II.

Breve curriculum vitae donde figuren los datos personales, formación académica, formación continuada y experiencia profesional del candidato.

Documentos acreditativos de cuantos méritos se consideren relevantes, que serán valorados de conformidad con el baremo contenido en anexo III y los criterios interpretativos del baremo unificado, publicados estos últimos en la página web del Servicio Aragonés de Salud, en la dirección http://www.aragon.es/DepartamentosOrganismosPublicos/OOAA/ServicioAragonesSalud/AreasTematicas/SeleccionProvision/Baremos_unificados?channelSelected=2999dd2a38e2b210VgnVCM100000450a15acRCRD. Esta documentación deberá adjuntarse correlativamente ordenada según guión seguido por los apartados y subapartados del baremo de méritos. Para la acreditación de los méritos bastará con la presentación de fotocopia de los documentos en los que consten los respectivos méritos alegados, sin perjuicio de la obligación del aspirante de presentar los documentos originales cuando sea requerido por el órgano convocante o por el órgano de selección nombrado al efecto.

No se admitirán a concurso documentos acreditativos de méritos presentados fuera del plazo de presentación de solicitudes, por mucho que hayan sido simplemente alegados en dicho plazo, salvo imposibilidad material alegada y probada por el aspirante como no imputable a él y debidamente apreciada por el órgano convocante.

Los méritos acreditados en plazo y forma deberán poseerse en la fecha de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón", sin que puedan computarse los adquiridos con posterioridad. La experiencia profesional se justificará en todo caso mediante un certificado de servicios prestados pero, al objeto de facilitar su acreditación, no será necesario que los aspirantes presenten certificados de los servicios prestados en centros sanitarios o socio-sanitarios del Servicio Aragonés de Salud pues se aportarán de oficio al procedimiento.

La solicitud se dirigirá a la Gerencia de Sector de Zaragoza III, y podrá ser presentada en la Oficina de Registro del Hospital Clínico Universitario "Lozano Blesa", situada en la avda. San Juan Bosco, 15, 50009 Zaragoza, o a través de las unidades de registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De presentarse en el Servicio de Correos, se advertirá en dichas oficinas que se desea la remisión vía procedimiento administrativo, y se facilitará en sobre abierto para que el funcionario estampe el sello de la fecha en el documento de solicitud anexo I a remitir.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Sexta.- Sistema de selección.

La selección se efectuará mediante un sistema que consta de dos fases:

Una primera fase, de carácter eliminatorio, consistente en la realización, por los aspirantes admitidos, de una prueba de aptitud de carácter teórico, práctico o ambos, que versará sobre materias relacionadas con las funciones a desempeñar, descritas en la base tercera b). La prueba podrá constar de uno o varios ejercicios sucesivamente eliminatorios, según determine la Comisión de Selección, quién deberá garantizar plenamente el anonimato de los participantes. La calificación final para cada aspirante en esta fase será de "Apto" o "No Apto", sin que pueda acumularse la puntuación obtenida en la citada prueba de aptitud a la fase de concurso. Los aspirantes que no superen esta primera fase quedarán excluidos del proceso selectivo. El lugar, fecha y hora de dicha prueba de aptitud se señalará en el mismo acto de aprobación de la lista provisional de admitidos y excluidos.

Una segunda fase de concurso, que consistirá en la valoración, por la Comisión de Selección, de los méritos debidamente acreditados por quienes hayan superado la primera fase, de conformidad con el baremo contenido en el anexo III y los criterios interpretativos del baremo unificado citados en la base quinta a). Los aspirantes se ordenarán primero según vía de participación, con preferencia para los procedentes de promoción interna temporal si los hubiere, y dentro de cada vía por puntuación total obtenida en el concurso de méritos.

En el caso de empate en la puntuación total de los méritos valorados, el criterio para ordenar al personal solicitante será la mayor experiencia profesional; de persistir la igualdad, se acudirá a los diferentes apartados del baremo correspondiente y por su orden. En último término, el empate se resolverá por el orden alfabético de su primer apellido, empezando por la letra vigente en la fecha en la que se dicte el acto resolutorio de esta convocatoria, conforme al sorteo previsto en el artículo 17 del Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de Administración Pública y de la selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Séptima.- Órgano de selección.

El desarrollo de las dos fases del procedimiento selectivo corresponderá a una Comisión de Selección, cuyos miembros serán designados, por la Gerencia del Sector Zaragoza III, en el mismo acto de aprobación de la lista provisional de admitidos y excluidos. Su composición será la siguiente:

Presidenta: Directora de Gestión y Servicios Generales del Sector de Zaragoza III.

Secretario: Un empleado que posea la condición de personal fijo del Sector de Zaragoza III, que ocupe plaza para cuyo acceso se exija el mismo o superior nivel de titulación que para la plaza convocada.

Vocales:

1.º Subdirector de Gestión y SSGG del área de Obras y Mantenimiento.

2.º Jefa del Servicio de Electromedicina del Hospital Clínico Universitario "Lozano Blesa".

3.º Un miembro designado por la representación sindical en el Sector Zaragoza III, que ocupe plaza para cuyo acceso se exija el mismo o superior nivel de titulación que para las plazas convocadas.

Octava.- Procedimiento.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la lista provisional de admitidos y excluidos, y los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles para la subsanación de los defectos que hayan motivado su exclusión expresa, o para justificar su derecho a ser incluidos en caso de haber resultado omitidos. Transcurrido el plazo anterior, la Gerencia de Sector de Zaragoza III dictará resolución que declarará aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos.

Celebrada la prueba de aptitud, la Comisión de Selección publicará la calificación obtenida por cada candidato y procederá a la valoración de méritos, de conformidad con el baremo de méritos anteriormente indicado. Los aspirantes podrán ser requeridos en cualquier momento por la Comisión de Selección al objeto que aclaren los méritos que hayan presentado. Ultimada la valoración de los méritos debidamente acreditados por los aspirantes, la Comisión de Selección publicará las puntuaciones provisionales de cada uno de ellos y otorgará un plazo de diez días hábiles para presentación de las reclamaciones que éstos consideren pertinentes.

Analizadas las reclamaciones presentadas y realizadas las modificaciones procedentes, la Gerencia de Sector de Zaragoza III, vista la propuesta de la Comisión de Selección, dictará resolución que pondrá fin al procedimiento, donde se detallarán las puntuaciones definitivas alcanzadas por los concursantes y se designará a la persona seleccionada. Los aspirantes que hayan superado la prueba de aptitud prevista en la primera fase y opten a la plaza por el turno de promoción interna temporal, tendrán carácter preferente frente al personal de acceso libre, con independencia de la puntuación obtenida por estos últimos. Contra dicha Resolución podrán interponer los interesados recurso de alzada ante el titular del Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón.

Novena.- Lista para sucesivos llamamientos.

De conformidad con el artículo 36.3 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, con los candidatos declarados aptos podrá elaborarse una lista, respetando el orden de prelación establecido por la Comisión de Selección, que tendrá una vigencia de un año

Décima.- Período de prueba.

El aspirante seleccionado quedará sujeto a un período de prueba de dos meses, establecido en el artículo 33.2 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, y en el artículo 27.5 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, durante el cual será posible la resolución de la relación estatutaria temporal a instancia de cualquiera de las partes.

Undécima.- Publicaciones sucesivas.

De conformidad con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, todos aquellos acuerdos, resoluciones o anuncios sucesivos que se deriven de esta convocatoria, se harán públicos en la dirección de la página web del Servicio Aragonés de Salud

http://www.aragon.es/DepartamentosOrganismosPublicos/OOAA/ServicioAragonesSalud/AreasTematicas/SeleccionProvision/EmpleoTemporal/Otras_Categorias_Profesionales/ci.03_Otras_ofertas_empleo.detalleDepartamento?channelSelected=2999dd2a38e2b210VgnVCM10 0000450 a15acRCRD. La resolución que ponga fin a este procedimiento selectivo será publicada además en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el titular del Departamento de Sanidad, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 21 de enero de 2022.

El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud,

(Resolución de 27 de enero de 2006, "Boletín Oficial de Aragón", número 19, de 15 de febrero de 2006)

JOSÉ IGNACIO BARRASA VILLAR