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ORDEN de 21 de septiembre de 2015, del Departamento de Presidencia, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Tarazona a la concertación de una operación de crédito a largo plazo con la entidad financiera Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A. por un importe de cuatro millones ciento cincuenta y nueve mil treinta y dos euros con setenta y dos céntimos (4.159.032,72 euros) con destino a la refinanciación de operaciones a largo plazo concertadas con anterioridad por la entidad local y se aprueba su plan de saneamiento financiero 2015-2020.

Publicado el 19/10/2015 (Nº 202)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Examinada la solicitud del Ayuntamiento de Tarazona (Tarazona y el Moncayo) para aprobar el Plan Económico Financiero 2015-2020 y la concertación de una operación de refinanciación de operaciones de crédito al amparo de la disposición adicional septuagésima séptima apartado primero de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuesto Generales del Estado para el año 2015.

Resultando que el Ayuntamiento de Tarazona liquidó el ejercicio presupuestario de 2014 cumpliendo el objetivo de estabilidad presupuestaria e incumpliendo la regla de gasto establecida en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Resultando que, con fecha 29 de julio del 2015, el pleno de la Corporación aprobó un plan económico financiero 2015-2016 que ha sido comunicado al órgano de tutela financiera en fecha 31 de julio y que permite a la entidad local el cumplimiento de las reglas fiscales anteriores al finalizar su horizonte temporal.

Resultando que de la liquidación del ejercicio 2014, resulta que el ahorro neto del Ayuntamiento de Tarazona es negativo y asciende a -208.925,25 euros, lo que representa el 2,11 por ciento sobre los recursos corrientes liquidados del presupuesto municipal del ejercicio inmediato anterior.

Resultando que de la misma liquidación del ejercicio 2014 resulta que el volumen total del capital vivo de las operaciones de crédito vigentes a corto y largo plazo del Ayuntamiento y las entidades dependientes del mismo clasificadas en el sector público asciende a 5.633.916,15 euros. Lo anterior representa el 57,01 por ciento de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio de 2014 (9.811.822,15 €) según datos deducidos de los estados contables consolidados.

Resultando que la entidad local dispone de presupuesto aprobado para el ejercicio de 2015, cumpliendo lo preceptuado en el artículo 50 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. El presupuesto fue aprobado inicialmente por acuerdo de pleno de 23 de diciembre de 2014, y tras su exposición pública fue aprobado definitivamente por acuerdo de pleno de 28 de enero de 2015 publicándose en el boletín oficial de la provincia de fecha 2 de febrero de 2015.

Resultando que el Pleno del Ayuntamiento de Tarazona en sesión en sesión de fecha 29 de julio de 2015, ha acordado, por mayoría absoluta legal, aprobar el plan de saneamiento financiero para el periodo 2015-2020 vinculado a la refinanciación de operaciones de crédito a largo plazo previamente concertadas por la entidad local y solicitar su aprobación por el órgano competente en materia de tutela financiera al amparo de la disposición adicional septuagésimo séptima de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuesto Generales del Estado para el año 2015

Resultando que el Ayuntamiento de Tarazona en sesión plenaria de fecha 14 de septiembre de 2015, por mayoría absoluta legal, ha acordado concertar la operación de crédito a largo plazo con la entidad financiera Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A. por importe de cuatro millones ciento cincuenta y nueve mil treinta y dos euros con setenta y dos céntimos (4.159.032,72), con un plazo de 15 años (dos de ellos de carencia) con destino a la refinanciación de operaciones a largo plazo concertadas con anterioridad por la entidad local y un conjunto de condiciones que cumplen la Resolución de 31 de julio de 2015, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y de las entidades locales ("Boletín Oficial del Estado", número 185, de 4 de agosto de 2015).

Considerando: Que la disposición adicional septuagésimo séptima de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuesto Generales del Estado para el año 2015 permite a las Entidades Locales la refinanciación de operaciones de crédito a largo plazo en determinadas condiciones aunque la entidad local no le esté permitido el endeudamiento a largo plazo en aplicación de la disposición adicional catorce del Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.

Considerando que las operaciones a refinanciar habían sido concertadas a largo plazo por la entidad local, con anterioridad a la fecha de 26 de febrero de 2012, no incluyen operaciones formalizadas en aplicación de los artículos 177 y 193 del el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y con su refinanciación se reduce la carga financiera de la entidad local y se amplia el periodo de amortización.

Considerando que el Ayuntamiento de Tarazona en sesión plenaria de fecha 14 de septiembre de 2015, por mayoría absoluta legal, ha acordado concertar la operación de crédito a largo plazo con la entidad financiera Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A. por importe de cuatro millones ciento cincuenta y nueve mil treinta y dos euros con setenta y dos céntimos (4.159.032,72), con un plazo de 15 años (dos de ellos de carencia) con destino a la refinanciación de operaciones a largo plazo concertadas con anterioridad por la entidad local y un conjunto de condiciones que cumplen la Resolución de 31 de julio de 2015, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y de las entidades locales ("Boletín Oficial del Estado", número 185, de 4 de agosto de 2015).

Considerando que al presentar ahorro neto negativo, el Pleno del Ayuntamiento de Tarazona ha aprobado un plan de saneamiento financiero 2015-2020 en fecha 29 de julio de 2015 que en un plazo máximo de cinco años le permite corregir el signo del ahorro neto

Considerando que dicho plan contiene medidas financieras, fiscales y de gasto corriente, que permiten en el plazo máximo de cinco años alcanzar un ahorro neto positivo (previsto para 2020 de un 10% de sus ingresos corrientes) y las proyecciones que el plan realiza para la estabilidad presupuestaria, regla de gasto, nivel de endeudamiento, carga financiera y remanente de tesorería, mejoran con la aplicación del plan.

Considerando que el plan de saneamiento 2015-2020 debe ser objeto de aprobación por el órgano de tutela financiera y ello implicará, a cualquier efecto, que la entidad local está cumpliendo con los límites que fija la legislación reguladora de las haciendas locales en materia de autorización de operaciones de endeudamiento

Vistos los preceptos de Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público la disposición adicional septuagésima séptima apartado primero de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuesto Generales del Estado para el año 2015 y demás disposiciones de aplicación

Este Departamento de Presidencia en ejercicio de las facultades que le han sido legalmente conferidas, resuelve:

Primero.- Autorizar al Ayuntamiento de Tarazona la concertación una operación de crédito a largo plazo con la entidad financiera Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A. por importe de cuatro millones ciento cincuenta y nueve mil treinta y dos euros con setenta y dos céntimos (4.159.032,72), por un plazo de 15 años (dos de ellos de carencia) con destino a la refinanciación de operaciones a largo plazo concertadas con anterioridad por la entidad local.

Segundo.- La aprobación de su plan de saneamiento financiero 2015-2020 que implicará, a cualquier efecto, que la entidad local está cumpliendo con los límites que fija la legislación reguladora de las haciendas locales en materia de autorización de operaciones de endeudamiento.

Tercero.- recordar al Ayuntamiento de Tarazona que el interventor de la entidad local deberá emitir un informe anual del cumplimiento de estos planes, y presentarlo al Pleno de la corporación local para su conocimiento, y el correspondiente al último año del plan deberá, además, remitirlo al órgano competente de esta Comunidad Autónoma en materia de tutela financiera de las entidades locales.

Igualmente recordar que en el caso de que se produzca un incumplimiento del plan, la entidad local no podrá concertar operaciones de endeudamiento a largo plazo para financiar cualquier modalidad de inversión.

Zaragoza, 21 de septiembre de 2015.

El Consejero de Presidencia,

VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO