Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ANUNCIO del Ayuntamiento de Alcampell, relativo a aprobación definitiva de modificación del Plan General de Ordenación Urbana.

Publicado el 01/07/2016 (Nº 126)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: AYUNTAMIENTO DE ALCAMPELL

Texto completo:

El Pleno del Ayuntamiento de Alcampell, en sesión ordinaria celebrada el 26 de mayo de 2006, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50 en relación con el artículo 73 de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística, aprobó definitivamente la modificación puntual número 1 del Plan General de Ordenación Urbana Homologado, con el siguiente contenido:

"I.D. Contenido de la modificación

I.D.1. Se delimita como zona de actuación un área de 5,0874 Has. En el polígono núm. 2 del Catastro de Rústica de Alcampell.

Se trata de las siguientes parcelas:

Polígono Parcela Superficie

2 105 1,0493 Has.

2 107 0,9997 Has.

2 108 0,8070 Has.

2 110 0,5859 Has.

2 111 0,5539 Has.

2 112 1,0916 Has.

Total 5,0874 Has.

Nota: Las superficies se corresponden a las del SIGPAC.

Sus linderos del polígono que resulta son los siguientes:

Al Norte con las parcelas número 91, 92 y 95 del polígono 2.

Al Sur, la carretera A-1240.

Al Este con las parcelas 106 y 113 del polígono 2.

Al Oeste con las parcelas 96, 104 y 109 del polígono 2.

I.D.2. Dicho terreno se pasa a calificar como Suelo Urbanizable No Delimitado.

I.D.3. El uso actual de dichos terrenos es el de suelo agrícola de secano, ubicándose dentro de dicho terreno una edificación en construcción, propiedad de Chelats Sarrate, S.L.

I.D.4. El uso previsto para dichos terrenos en la presente modificación puntual es el siguiente:

Uso principal: Industrial. Se admiten industrias de todo tipo manteniendo las prescripciones establecidas en la legislación vigente respecto a las mismas, y especialmente en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.

Uso compatible: Usos terciarios y de servicios que sean complementarios a los anteriores, como por ejemplo, oficinas, ITV, gasolineras, talleres de mantenimiento...

Uso incompatible: Residencial. Se prohíbe en general con la excepción de la vivienda para guarda, con una superficie máxima de 60 m² por industria.

I.D.5. En lo que se refiere a Zonas Verdes, Equipamientos y Aparcamientos, deberán cumplirse los módulos mínimos de reserva fijados por el Reglamento de Planeamiento Urbanístico de Aragón para sectores de uso industrial.

I.D.6. En cuanto a la intensidad de uso del suelo industrial en la presente modificación del PGOU homologado de Alcampell, se fija en 0,5 m²/m² sobre suelo bruto.

I.D.7. Infraestructuras y servicios.

Deberán observarse cuantas normas sectoriales sean de aplicación en el momento de redacción del Plan Parcial. No obstante, y salvo justificación suficiente a estimar por el Ayuntamiento, se cumplirán las siguientes normas generales:

a) Red Viaria.

Las calles se dimensionarán en el Plan Parcial en función de la zonificación y tráfico que se genere. Se estudiará el acceso al sector desde la carretera A-1240 en función de las necesidades totales del polígono y el tráfico existente en la carretera de acceso.

b) Abastecimiento de agua.

La red del polígono se conectará a la red municipal. Dispondrá de una red de hidrantes para incendios según la formativa vigente.

c) Evacuación de aguas residuales.

La red del sector se conectará a la red municipal de aguas residuales.

Los vertidos de todo tipo de instalaciones a la red de alcantarillado deberán incorporar una arqueta de control de vertidos para inspección y control de los mismos por parte del Ayuntamiento o de la Administración inspectora competente.

El Plan Parcial deberá contemplar en anexo aparte las condiciones y limitaciones de los vertidos a la red de aguas residuales.

d) Energía eléctrica.

El suministro se realizará según las indicaciones de la compañía suministradora; Tomando, a poder ser, como punto de partida, el centro transformador existente. Las redes (AT y BT) serán preferentemente subterráneas.

I.D.8. Dadas las escasas dimensiones del área delimitada, el plan parcial la desarrollará en un único sector.

I.D.9. En cuanto al sistema de actuación, dado que todos los terrenos son mayoritariamente del Ayuntamiento, se remite la determinación del mismo al propio Plan Parcial, sugiriéndose el sistema de compensación".

Contra la aprobación de esta modificación del PGOU podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón con sede en Zaragoza, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Alcampell, 31 de mayo de 2016.- El Alcalde, Josép Anton Chauvell Larrégola.