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RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2016, del Director del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Zaragoza, por la que se aprueba el proyecto de ejecución de instalaciones de distribución de gas natural en el término municipal de Magallón. GAS 1940 R.

Publicado el 13/07/2016 (Nº 134)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

Antecedentes de hecho

Primero.- Por Resolución de 15 de diciembre de 2008, del Director del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo, se otorgó a Gas Aragón, S.A. (actualmente Redexis Gas, S.A.) autorización administrativa para la distribución de gas natural canalizado en el término municipal de Magallón (GAS 1683).

Segundo.- El 26 de junio de 2008 Gas Aragón, S.A. solicitó la autorización administrativa previa, así como la aprobación de ejecución y el reconocimiento de utilidad pública de las instalaciones relacionadas en el proyecto "Antena de penetración y ERM en Magallón" y sus instalaciones auxiliares. El proyecto consistía básicamente en 729,65 metros de tubería de polietileno de DN 110, que afectaba íntegramente al término municipal de Magallón, presión de operación a MOP 10 bar, inicio en la posición de la Red de Transporte en el término municipal de Magallón, y finalización en la nueva Estación de Regulación y Medida G-650 MOP 10/0.15 que se ubicaría a la entrada del casco urbano de Magallón. El proyecto incluía relación individualizada de bienes y derechos afectados, con afecciones a 18 fincas de particulares, consecuencia de la necesidad de declaración de utilidad pública. El proyecto se sometió a información pública.

Tercero.- El 31 de julio de 2015, Redexis Gas, S.A. y en su nombre y representación D. Fernando Salvador Berenguer presenta ante este Servicio Provincial solicitud de aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones "Reformado al proyecto de autorización de instalaciones de antena de penetración y ERM en Magallón" (Zaragoza) suscrito por D. David Gavín Asso colegiado 2.207 visado número VD02003-15A en fecha 29 de julio de 2015 por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Aragón y La Rioja. El reformado al proyecto realiza una variante en el trazado de la antena proyectada, al objeto de eliminar las afecciones sobre los propietarios de las fincas privadas. La antena se proyecta en MOP 10 bar aunque la operación se realizará en MOP 5 bar, presión a la que se suministrará a la población de Magallón, por ello no será necesaria la instalación de la ERM prevista ni, por tanto, de la acometida eléctrica proyectada. El proyecto se sometió a información pública.

Cuarto.- Dentro del plazo de información pública no se presentaron alegaciones ni condicionados al citado proyecto.

Fundamentos jurídicos

Primero.- El Servicio Provincial de Industria e Innovación de Zaragoza es competente para resolver la presente autorización, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, los Reales Decretos 2596/1982, de 24 de julio, 539/1984, de 8 de febrero y 570/1995, de 7 de abril, sobre transferencias de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de Industria, Energía y Minas, el artículo 23.2 del Decreto 27/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, de estructura orgánica del Departamento de Industria e Innovación, en relación con lo dispuesto en la Disposición transitoria única del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, y en concordancia con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo.- El artículo 3 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos establece las competencias de las autoridades reguladoras disponiendo en su apartado 3.d la competencia de las Comunidades Autónomas para autorizar aquellas instalaciones cuyo aprovechamiento no afecte a otras Comunidades o el transporte o la distribución no salga de su ámbito territorial. En desarrollo de lo anterior el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural establece el régimen jurídico aplicable a las actividades de regasificación, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de gas natural para su suministro por canalización y establece el régimen de autorización correspondiente a todas las instalaciones vinculadas a las actividades de gas. La Comunidad Autónoma de Aragón no dispone de regulación específica, por lo que lo dispuesto en dicho Real Decreto es aplicado de forma supletoria. En su artículo 70 regula entre otros actos la autorización, la aprobación del proyecto de detalle de las instalaciones o de ejecución de las mismas, que se refiere al proyecto concreto de la instalación y permite a su titular realizar la construcción o establecimiento de la misma.

Considerando que se han cumplido los trámites establecidos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, y en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorizaciones de gas natural.

Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos, este Servicio Provincial, ha resuelto lo siguiente:

Primero.- Aprobar el proyecto de ejecución de instalaciones de distribución de gas natural en el término municipal de Magallón. GAS 1940 R.

Los datos principales del proyecto son:

- Presión máxima de operación MOP 10.

- Inicio de la canalización en la posición MABOR-01 (Magallón) perteneciente al gasoducto de transporte Magallón-Borja. Final de la canalización en el casco urbano de Magallón.

- Resumen de las canalizaciones: Tubería PE 100 SDR 11 DN 100 que discurre durante 179 m por el camino de acceso a la posición MABOR-01 y durante 645 m por la avenida Borja.

Segundo.- Establecer el siguiente condicionado a la presente autorización:

1. Redexis Gas, S.A. deberá cumplir el condicionado impuesto por las Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas, con bienes y derechos a su cargo de acuerdo al artículo 84 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.

2. Durante la ejecución de la obra se adoptaran las medidas oportunas al objeto de aminorar las afecciones causadas por el trazado y atender, en la medida que sea técnicamente posible, las alegaciones realizadas por los titulares de los derechos y bienes afectados.

3. La instalación no podrá ser utilizada para otros usos distintos de los que constan en el objeto del proyecto y su anexo, salvo solicitud previa y autorización expresa.

4. Una vez terminada la instalación, se realizará su puesta en servicio según lo establecido en el apartado 5.7 del Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, en el apartado 5 de la ITC-ICG01, y se efectuará la comunicación a este Servicio Provincial aportando la preceptiva documentación.

Para ello se presentarán copias de las actas de los ensayos y pruebas realizados, así como los correspondientes certificados finales de dirección de obra, firmados por técnico competente y visados por el colegio oficial correspondiente, en los que conste que la construcción y montaje de las instalaciones se han efectuado de acuerdo con las normas del proyecto y demás normas técnicas vigentes que sean de aplicación. Asimismo se presentarán los informes de inspección, control y reconocimiento de las canalizaciones suscritos por un organismo de control autorizado.

5. El plazo para la puesta en marcha de la instalación será de dos años contados a partir del día siguiente a la notificación a Redexis Gas, S.A. de la presente resolución pudiendo solicitar prorroga previa justificación del mismo.

6. En caso de no realizar la puesta en marcha de la instalación en el plazo establecido por parte de este Servicio Provincial se ejecutará la garantía de cumplimiento de obligaciones por la cantidad de quince mil euros (15.000 euros) establecida en la Resolución de 15 de diciembre de 2008, del Director del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo (GAS 1683).

7. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

8. Redexis Gas, S.A. previo al inicio de trabajos, dispondrá las autorizaciones de cruce o paso ante los organismos o empresas titulares de líneas eléctricas, carreteras, vías pecuarias y cursos de agua, así como de los derechos de paso y servidumbres necesarias, entendiéndose que la presente autorización lo es sin perjuicio de tercero y no excluye la necesidad de obtener las demás autorizaciones, permisos o concesiones que por razón de la materia le sean de aplicación.

9. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

10. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

La presente aprobación de proyecto se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otras, necesarias para la realización de las instalaciones.

Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Industria y Empleo, en el plazo de un mes contado desde su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 4.1 b) del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos.

Zaragoza, 14 de junio de 2016.- El Director del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Zaragoza, Luis Fernando Simal Domínguez.