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ANUNCIO del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Zaragoza, por el que se hace público el inicio de las operaciones de amojonamiento total de la vía pecuaria denominada "Cañada Real de Borobia", en el tramo que discurre desde el límite con la provincia de Soria, en el paraje del Alto de la Gimena, hasta el mojón trifinio de los términos municipales de Oseja, Calcena y Aranda de Moncayo, atravesando los términos municipales de Pomer, Aranda de Moncayo y Calcena (Zaragoza).

Publicado el 19/10/2015 (Nº 202)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Aprobada por la Superioridad la práctica del amojonamiento total de la vía pecuaria denominada "Cañada Real de Borobia", en el tramo que discurre desde el límite con la provincia de Soria, en el paraje del Alto de la Gimena, hasta el mojón trifinio de los términos municipales de Oseja, Calcena y Aranda de Moncayo, atravesando los términos municipales de Pomer, Aranda de Moncayo y Calcena (Zaragoza), cuyo deslinde fue aprobado por Orden de 27 de agosto de 2012, del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, de la Diputación General de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 187, de 25 de septiembre de 2012), esta Dirección del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Zaragoza, en uso de lo dispuesto en el artículo 21.2 de la Ley 10/2005, de 11 noviembre, de Vías Pecuarias de Aragón, ha acordado señalar la fecha del día 24 de noviembre de 2015, a las 10:00 horas, para el comienzo de las operaciones, señalándose como lugar de reunión el Ayuntamiento de Pomer, para dirigirse a continuación al paraje del Alto de la Gimena, lugar donde se colocó el piquete número D-1 en el deslinde de la vía pecuaria. Las operaciones de amojonamiento serán efectuadas por el ingeniero de montes D. Ignacio Pérez-Soba Diez del Corral.

Se emplaza a los colindantes y a las personas que acrediten un interés legitimo para que asistan al mencionado acto, en el que solamente podrán formularse las reclamaciones que versen sobre la práctica del amojonamiento, sin que en modo alguno puedan referirse al deslinde, a tenor de lo dispuesto en el citado artículo 21.2 de la Ley de vías pecuarias de Aragón.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Zaragoza, 29 de septiembre de 2015.- El Director del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Zaragoza, Bienvenido Callao Navales.