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ANUNCIO de la Dirección General de Desarrollo Rural del Gobierno de Aragón, por el que se incoa expediente de información pública de la relación de bienes y derechos afectados por la ejecución de las obras contempladas en el "Proyecto de balsa de regulación de La Portellada, para la Comunidad de Regantes de la Acequia de Ontiñena (Huesca)".

Publicado el 02/01/2020 (Nº 1)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Con fecha de 1 de octubre de 2018, se firmó el convenio entre la Comunidad de Regantes de la Acequia de Ontiñena y la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, para la financiación y ejecución de las obras de las balsas laterales de San Gregorio II y La Portellada, procediéndose a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", número 235, de 5 de diciembre de 2018.

Por Decreto 1676/1986, de 1 de agosto, se aprobó el Plan General de Transformación de la Zona Regable de la segunda parte del Canal de Monegros (Zaragoza-Huesca); desarrollado mediante la Orden PRE/2043/2004, de 24 de junio, por la que se aprobó el Plan Coordinado de Obras del modificado de la 1.a parte, 2.a fase (sectores VIII-A y IX-A) y de la 2.a parte, 1.afase (sectores XI-A y XIII-A) y el Plan Coordinado de Obras de la 3.a parte, 1.a fase (sectores VI-A, VII-A, XVII-A, XVIII-A, XIX-A, XX-XXII-A y XXI-A), ambos de la zona regable de Monegros II (Zaragoza-Huesca). En el apartado a) de "obras de infraestructura hidráulica" del anexo de dicha Orden, se contempla la regulación de tres balsas laterales de la acequia de Ontiñena, entre las que se encuentra la balsa de regulación de La Portellada ("Boletín Oficial del Estado", número 153, de 25 de junio de 2004).

Mediante Orden DRS/1471/2018, de 7 de septiembre, se modifica el Anejo Único de las obras a realizar en ejecución del Plan Coordinado de Obras aprobado por la Orden de 29 de junio de 2004, contemplándose en el mismo las obras de transformación correspondientes a la balsa lateral de la acequia de Ontiñena y la regulación de San Gregorio. De conformidad con la cláusula quinta del citado convenio, es competencia del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (actual Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente) la solicitud a la Administración General del Estado para que las obras de la regulación de las balsas laterales de la acequia de Ontiñena, previstas por el Anejo Único de la Orden PRE/2043/2004, de 24 de junio (San Gregorio II y La Portellada), pasen a depender de la Administración Autonómica, conformándose como obra de interés común.

El proyecto de la balsa de La Portellada, en el término municipal de Ballobar, comprende la construcción de una balsa para el riego de una superficie de 4.837 hectáreas de superficie de cultivo, distribuidas en los sectores VI, VII, XVIII de la zona regable de Monegros II. Pertenecientes a 300 regantes-propietarios. La Balsa de la Portellada, se proyecta realizada mediante materiales sueltos (taludes de tierras compactadas), e impermeabilizada mediante lámina de butilo sobre capa de geotextil, con un volumen total de embalse de 523.543 m³. Se abastecerá directamente de la acequia de Ontiñena, mediante un canal abierto, con caudal en lámina libre. Conectado con los aliviaderos-desagües correspondientes. La tubería principal de salida se proyecta de acero helicosoldado de diámetro nominal de 2000 mm, de la cual derivarán las conexiones a dos redes de riego existentes.

Mediante anuncio de la Dirección General de Desarrollo Rural de fecha 20 de septiembre de 2019 se sometió a información pública previa el "Proyecto de balsa de regulación de La Portellada, para la Comunidad de Regantes de la Acequia de Ontiñena (Huesca)", procediéndose a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", número 191, de 30 de septiembre de 2019, finalizando el trámite con resultado de desestimación de las dos alegaciones formuladas al documento técnico expuesto.

Mediante Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural de fecha 15 de noviembre de 2019, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 243, de 16 de diciembre de 2019, se aprueba el Proyecto de balsa de regulación de La Portellada, para la Comunidad de Regantes de la acequia de Ontiñena (Huesca), con un presupuesto total de ocho millones ochocientos cuarenta y dos mil ochocientos setenta y un euros con veintiocho céntimos (8.842.871,28 €), y una subvención máxima del 40% de las obras proyectadas, clasificadas de interés común.

Para la correcta ejecución de las obras contempladas en el proyecto técnico de referencia es necesaria la adquisición de determinados bienes y derechos, cuya relación concreta e individualizada se incluye en el Anejo número 11 a la Memoria del Proyecto. Dicha relación describe, en todos los aspectos, material y jurídico, los bienes y derechos afectados que se consideran de necesaria expropiación, entendiéndose afectados asimismo a la ejecución de las obras los imprescindibles para las ampliaciones que, en su caso, se determinen en el expediente.

Con base en lo dispuesto el artículo 113.3 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 12 de enero de 1973, en caso de expropiación, la ocupación de los terrenos se llevará a cabo sin necesidad de que especialmente se declare la urgencia conforme a las normas señaladas para las consecuencias segunda y siguientes del artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y a las establecidas en el apartado 1 del artículo 248. Tras realizarse la ocupación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113.4, del citado cuerpo legal, la ulterior tramitación del expediente expropiatorio se ajustará a lo dispuesto en artículos 245, 247 y 248, apartado 2, con las peculiaridades previstas en este artículo. El artículo 115 de esta Ley, dispone que salvo lo excepcionalmente establecido en el capítulo II del Título III, la expropiación forzosa, se ajustará a las normas generales de la legislación vigente sobre la materia.

Expuesto cuanto antecede y de conformidad con lo estipulado en los artículos 17, 18 y 19 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y concordantes de su Reglamento, se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por la ejecución de las obras contempladas en el Proyecto de balsa de regulación de La Portellada, para la Comunidad de Regantes de la Acequia de Ontiñena (Huesca)", por plazo de quince días hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones reglamentarias.

Se hace constar que dicha información pública surtirá los efectos previstos en la normativa reguladora de la expropiación forzosa para la necesidad de ocupación de los referidos bienes y derechos comprendidos en el proyecto y la reposición de servicios afectados, así como la determinación de los interesados con los que se hayan de entender los sucesivos trámites.

A tal efecto, se hace constar que, de conformidad con lo estipulado en los artículos 3 y 4 de la Ley de Expropiación Forzosa, tendrán la condición de interesado los propietarios de los bienes o titulares de derechos objeto de la expropiación. Siempre que lo soliciten, acreditando su condición debidamente, se entenderán también las diligencias con los titulares de derechos reales e intereses económicos directos sobre el bien expropiable, así como con los arrendatarios. En este último caso, se iniciará para cada uno de los arrendatarios el respectivo expediente incidental para fijar la indemnización que pueda corresponderle.

A tal fin, se adjunta al presente anuncio en el "Boletín Oficial de Aragón" la relación completa de bienes y derechos afectados, que será asimismo publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca y en uno de los diarios de mayor circulación de dicha provincia, y remitida a los ayuntamientos en cuyo término radique la cosa a expropiar para su exposición en el tablón de anuncios.

La documentación del proyecto estará expuesta al público en el plazo indicado, durante las horas de atención al público, en los siguientes lugares:

Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Huesca.

Plaza de Cervantes, número 1.

22003 Huesca.

Comunidad de Regantes de la Acequia de Ontiñena (Huesca),

Pza. mayor, s/n.

22234 Ballobar (Huesca).

Todas las entidades y particulares interesados podrán dirigir a la Dirección General de Desarrollo Rural del Gobierno de Aragón, por escrito y dentro del plazo indicado, las alegaciones u observaciones que estimen pertinentes. Para rectificar los posibles errores de la relación de bienes y derechos publicada u oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de ocupación, indicará los motivos por los que deba considerarse preferente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros derechos distintos y no comprendidos en dicha relación, como más conveniente con el fin que se persigue, en virtud de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

En todo escrito se hará constar el nombre, apellidos, documento nacional de identidad, domicilio y localidad del reclamante. Cuando se remita en nombre de una entidad (Ayuntamiento, Comunidad, Asociación, etc.) deberá acreditarse documentalmente el cargo o representación de quien la encabece.

Zaragoza, 19 de diciembre de 2019.- El Director General de Desarrollo Rural, Jesús Nogués Navarro.