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ORDEN de 20 de octubre de 2010, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se autoriza la aprobación del gasto de equipamiento necesario para la participación de los centros concertados en el programa Escuela 2.0.

Publicado el 29/10/2010 (Nº 212)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

El artículo 9 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación establece que el Estado promoverá programas de cooperación territorial con el fin de alcanzar los objetivos educativos de carácter general y reforzar las competencias básicas mediante convenios o acuerdos con las Comunidades Autónomas.

Fruto de esta política de colaboración se establece la fórmula de aplicación del Programa Escuela 2.0 mediante Acuerdo de Consejo de Ministros de 31 de julio de 2009 («Boletín Oficial del Estado» de 5 de agosto) que formaliza los criterios de distribución a las Comunidades Autónomas, así como el importe de los créditos presupuestarios para el año 2009 para la implantación de dicho Programa.

Con fecha 3 de diciembre de 2009 el Ministerio de Educación y la Comunidad Autónoma de Aragón, previa aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, suscribieron Convenio para la aplicación del Programa Escuela 2.0.

Con fecha 25 de mayo de 2010, el Consejo de Gobierno aprueba el texto de la Addenda al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Educación y la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo del Programa Escuela 2.0 en el año 2010.

Mediante Orden de 28 de junio de 2010 («Boletín Oficial de Aragón» de 13 de julio), la Consejera de Educación, Cultura y Deporte convoca ayudas para la adquisición del equipamiento necesario para la participación de los centros concertados de la C.A. de Aragón en el Programa Escuela 2.0 y se aprueban las bases reguladoras para su concesión.

En cumplimiento del artículo 5 de la citada Orden y a propuesta de la Dirección General de Administración Educativa, dispongo

Primero.-Aprobar el gasto de un millón ochenta y un mil cien euros (1.081.100 €) con objeto de financiar el equipamiento necesario para la participación de los centros concertados relacionados en el anexo adjunto en el Programa Escuela 2.0 (para alumnos de 5º curso de educación primaria).

Segundo.-El importe de la financiación se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria G/4221/780141/39093, y no podrá superar los importes recogidos en el anexo incorporado a esta Orden con excepción de posibles incorporaciones de alumnos escolarizados fuera de plazo, que darán lugar a la revisión de la concesión parte de la Dirección General de Administración Educativa.

Tercero.-El pago de la cuantía concedida queda condicionado a la presentación de justificantes de los correspondientes gastos.

Cuarto.-La evaluación y seguimiento de la correcta aplicación de la subvención otorgada se efectuará por la Dirección General de Administración Educativa, sin perjuicio de lo previsto sobre fiscalización y control financiero en el Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de La Ley de Hacienda de la C.A. de Aragón.

Contra la presente resolución, los interesados podrán interponer, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente a su notificación, recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/98, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Potestativamente se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la modificación operada por la Ley 4/99, de 14 de enero.