ORDEN VMV/1766/2019, de 27 de diciembre, por la que se aprueba inicialmente el Proyecto de Interés General de Aragón para la implantación de tres centros de datos en la Comunidad Autónoma de Aragón, promovido por "Amazon Data Services Spain, S.L".

Publicado el 07/01/2020 (Nº 3)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO, MOVILIDAD Y VIVIENDA
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Texto completo:

El Gobierno de Aragón, en sesión celebrada el 3 de diciembre de 2019, declaró el proyecto promovido por "Amazon Data Services Spain, S.L." para la implantación de tres centros de procesos de datos y sus instalaciones asociadas, conexionados entre sí mediante una red de fibra, en los municipios de El Burgo de Ebro, Huesca y Villanueva de Gállego, como una inversión de interés autonómico y de interés general de Aragón a todos los efectos establecidos en la legislación de ordenación del territorio, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 7 bis) del Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica de Aragón y con los efectos previstos en dicho Decreto-Ley.

Asimismo, mediante el citado Acuerdo se atributó a la mercantil "Amazon Data Services Spain, S.L." la condición de promotor del proyecto de interés general que se tramite para la ejecución del citado proyecto de inversión, en aplicación de lo dispuesto en el apartado segundo del artículo 7 bis) del Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre.

Por otra parte, mediante acuerdo del Gobierno de Aragón de 17 de diciembre de 2019 se aprobó y autorizó la celebración del convenio Marco de Colaboración entre el Gobierno de Aragón y "Amazon Data Services Spain S.L." para la implantación en Aragón de centros de datos. Dicho convenio incluye como uno de los compromisos del Gobierno de Aragón, "Impulsar y tramitar como PIGA de iniciativa privada el Proyecto, incluyendo en el mismo las tres ubicaciones de los centros de datos en Huesca, Villanueva de Gállego y El Burgo de Ebro y la conexión de los mismos con la red de fibra. El PIGA incorporará, conforme a la normativa vigente, los ajustes precisos en la ordenación territorial y urbanística para hacer posible la ejecución directa y plenamente funcional de las edificaciones precisas para la ejecución del Proyecto" (clausula segunda, letra b), así como colaborar con "Amazon Data Services Spain, S.L." a lo largo de todo el proceso de redacción, tramitación, aprobación y ordenación del PIGA, designando un grupo de trabajo de enlace (clausula segunda, letra d).

Otro de los compromisos esenciales, con especial incidencia en la tramitación del Proyecto de Interés General promovido por "Amazon Data Services Spain S.L.", es el establecido en la letra c) de la cláusula segunda del convenio:

"c) Incluir en el PIGA la evaluación y autorización ambiental integrada del conjunto del Proyecto. Además, sin carácter limitativo, se incluirán los títulos habilitantes previstos en los artículos 44.1.c) y 47.2 de la LOTA. En general, El PIGA contemplará todas las partes del Proyecto, al menos en su definición básica, así como las autorizaciones expresadas y cualesquiera otras que pueda comprender la aprobación del mismo. Igualmente, incluirá la documentación presentada por "Amazon Data Services Spain, S.L." de conformidad con la Cláusula Tercera. a) del presente Acuerdo Marco. Las fases posteriores de ejecución del Proyecto se autorizarán mediante acuerdos sucesivos del Gobierno de Aragón".

Por otra parte, el convenio contempla como una de las obligaciones de la mercantil promotora del proyecto, "Redactar el PIGA, en coordinación con el grupo de trabajo de enlace del Gobierno de Aragón, incluyendo cuantos proyectos sean precisos para la construcción y equipamientos de las edificaciones donde se desarrollarán sus actividades y de las edificaciones e infraestructuras precisas para otros usos vinculados a su actividad" (clausula tercera 2 a) y ejecutar el proyecto.

En este contexto y al amparo de lo dispuesto en el artículo 41 del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón aprobado por Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón (en adelante, TRLOTA), la mercantil "Amazon Data Services Spain, S.L." ha presentado con fecha de 16 de diciembre de 2019 ante el Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda los siguientes documentos integrantes del Proyecto de Interés General de Aragón para la implantación de tres centros de procesos de datos y sus instalaciones asociadas, conexionados entre sí mediante una red de fibra, en los municipios de El Burgo de Ebro, Huesca y Villanueva de Gállego:

- Tomo 1: Memoria del Proyecto que incluye las determinaciones relativas a la ordenación y la edificación, las razones sobre la idoneidad del emplazamiento elegido y la justificación de la viabilidad del proyecto.

- Tomo II: Documentación técnica del centro de datos ubicado en El Burgo de Ebro.

- Tomo III: Documentación técnica del centro de datos ubicado en Huesca.

- Tomo IV Documentación técnica del centro de datos ubicado en Villanueva de Gállego.

- Tomo V: Documentación Técnica del tendido de fibra óptica.

- Tomo VI: Plan de etapas.

- Tomo VII: Estudio económico-financiero comprensivo de la evaluación de costes de urbanización y de implantación de servicios.

A su vez, consta que en la misma fecha la entidad promotora ha presentado ante el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA), una solicitud para la obtención de autorización ambiental integrada, de acuerdo a lo previsto en el Título III de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, para cada una de las instalaciones siguientes:

- Planta de almacenamiento de datos a ubicar en la Plataforma Logística de Huesca.

- Planta de almacenamiento de datos a ubicar en el Parque Industrial Aeronáutico de Villanueva de Gállego (Zaragoza).

- Planta de almacenamiento de datos a ubicar en el polígono industrial El Espartal II de El Burgo de Ebro (Zaragoza).

Cada una de las plantas dispone de una instalación de generación de energía eléctrica por combustión cuya potencia térmica es superior a 50 Mwt, por lo que están incluidas en el epígrafe 1.1 del anexo IV de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón. En el procedimiento de otorgamiento de las respectivas autorizaciones ambientales integradas se incorporarán los procedimientos de evaluación de impacto ambiental ordinaria, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 56.1 de la citada Ley 11/2014, de 4 de diciembre.

Como se ha expuesto, la evaluación y autorización ambiental integrada del conjunto del Proyecto, que corresponde tramitar y resolver al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental de Aragón (INAGA), se incluirá en el Proyecto de Interés General de Aragón. De esta forma, de acuerdo con lo reseñado en el citado acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de diciembre de 2019, se pretende conseguir que, mediante un solo procedimiento administrativo, coordinado con el necesario procedimiento medioambiental, se puedan aprobar los tres proyectos de centros de datos de forma conjunta, coordinada y ágil unificando en todas las fases la interlocución entre el promotor y el Gobierno de Aragón.

En cuanto al contenido sustancial del Proyecto de Interés General que se ha presentado para su aprobación, de acuerdo con las determinaciones exigidas en el artículo 43 del TRLOTA, puede resumirse en los siguientes términos:

- El proyecto tiene por objeto la implantación de tres centros datos en la Comunidad Autónoma de Aragón y sus instalaciones asociadas, conexionadas entre sí mediante una red de fibra, en tres municipios de Aragón: Huesca, Villanueva de Gállego y El Burgo de Ebro, con la finalidad de promover una nueva región de servicio de AWS en España y en Europa.

- El centro de datos de Huesca estará localizado en la Plataforma Logística de Huesca (PLHUS) y afectará a treinta y seis (36) fincas registrales con una superficie aproximada de 140.928 m², que se verá incrementada en 157.727 m² una vez los viales públicos y aceras que dividen los distintos lotes sean desafectados y adjudicados.

- El segundo centro de datos estará localizado en el municipio de Villanueva de Gállego, en concreto, en el Parque Industrial Aeronáutico y ocupará una superficie aproximada total de 117.698 m².

- El tercer centro estará ubicado en el municipio de El Burgo de Ebro, en el polígono industrial de El Espartal II y afectará a cuatro fincas registrales con una superficie aproximada de 152.627 m².

- La clasificación urbanística de las parcelas afectadas por el PIGA es de suelo urbano consolidado, con la condición de solar, en el caso de las fincas ubicadas en Huesca (PLHUS) y El Burgo de Ebro (El Espartal II). En Villanueva de Gállego, el suelo afectado tiene la clasificación urbanística de suelo urbanizable delimitado.

- La definición del proyecto en el PIGA se realiza con respeto a las determinaciones previstas en el planeamiento urbanístico vigente en los tres municipios, si bien se prevé adaptar alguna de sus determinaciones para atender a las especificidades de la actividad que se pretende implantar. Las modificaciones afectan a la previsión expresa de uso principal y secundario (incorporando y definiendo como un uso compatible el de "industria innovadora, de tecnologías de la información y comunicación y centros de datos"), a las condiciones de los cerramientos de las parcelas (para adecuarlas a las exigencias de seguridad de la actividad que se va a desarrollar), así como a la dotación mínima de aseos y aparcamientos, que se condicionan al número de trabajadores o usuarios habituales previstos.

- La documentación técnico -urbanística del PIGA incorpora de forma separada, por cada uno de los municipios afectados, los proyectos básicos de edificación y urbanización de las parcelas; los planes de secuencias de la construcción; los documentos de adaptación urbanística; y las separatas de infraestructuras (eléctricas y/o hidráulicas) y en su caso, de los proyectos de reparcelación (Huesca-PLHUS), parcelación (Villanueva de Gállego) y urbanización (El Burgo de Ebro, Huesca-PLHUS y Villanueva de Gállego).

- La documentación ambiental del PIGA, que incluye un Estudio de impacto ambiental para cada uno de los emplazamientos de centros de datos, se corresponde con la documentación presentada ante el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental e incluye los proyectos básicos para la autorización ambiental integrada y los estudios de impacto ambiental de cada uno de los centros de datos que conforman el proyecto.

- Como parte del PIGA, se ha incluido un proyecto de conexión de fibra óptica de los tres centros de datos, en el que se identifican los diferentes trazados, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, que conforman la topología de red de fibra óptica para permitir la interconexión de los tres centros de datos promovidos por AWS. En el proyecto se describe la red de comunicaciones, se incluyen los proyectos constructivos y separatas tramitados ante las distintas administraciones y organismos para obtener la ocupación temporal y/o licencia de obras, así como los informes y evaluaciones ambientales que afectan a determinados tramos con afecciones.

- En la documentación del PIGA se ha incluido, asimismo, un estudio económico-financiero en el que se precisan los costes de la ejecución del proyecto, la evaluación económica de la implantación de los servicios y de la ejecución de las obras de urbanización, así como una justificación de la viabilidad económica, tanto del proyecto como de la empresa promotora del mismo y del impacto de la ejecución del proyecto en las haciendas locales. Sin perjuicio de que este último apartado deberá completarse con el cálculo estimado correspondiente.

- La ejecución total del proyecto y puesta en servicio está prevista para el año 2022, y se estima que las actividades de construcción en cada uno de los emplazamientos - que se planifican en tres fases constructivas - comiencen aproximadamente en agosto del año 2020.

En consecuencia, cabe concluir que la documentación presentada por la empresa "Amazon Data Services Spain, S.L.", promotora del Proyecto de Interés General de Aragón para la implantación de tres centros de procesos de datos y sus instalaciones asociadas, conexionados entre sí mediante una red de fibra, en los municipios de El Burgo de Ebro, Huesca y Villanueva de Gállego, reúne las determinaciones exigidas por la normativa territorial para su tramitación.

Por otra parte, de acuerdo con las justificaciones incorporadas en la Memoria Justificativa del PIGA, coincidentes con las expresadas por la empresa promotora del proyecto en el procedimiento de declaración de inversión de interés autonómico y de interés general que culminó con la declaración emitida por el Gobierno de Aragón en fecha 3 de diciembre de 2019, nos hallamos ante un proyecto que constituye una apuesta extraordinaria para Aragón, una de las más relevantes en nuestro territorio en los últimos años, no solo por la inversión prevista (2.000 millones de euros), la creación de numerosos puestos de trabajo, su condición de factor de cohesión territorial y de desarrollo de las zonas rurales de Aragón, sino por su importante función en el desarrollo tecnológico-digital de Aragón, que permitirá convertir a nuestra Comunidad Autónoma en un referente mundial en dicho sector.

Examinada toda la documentación presentada, una vez constada la concurrencia de las determinaciones previstas en el artículo 43 del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón aprobado por Decreto Legislativo, 2/2015, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, en los documentos integrantes del Proyecto de Interés General de Aragón promovido por "Amazon Data Services Spain S.L." y habiendo sido declarado el interés general del proyecto por acuerdo del Gobierno de Aragón de 3 de diciembre de 2019, corresponde resolver sobre la aprobación inicial del proyecto señalado - que incluye toda la documentación anteriormente relacionada y la complementaria documentación ambiental presentada ante el INAGA- según el procedimiento establecido en el artículo 41 del citado texto refundido.

Según se dispone en este precepto, la aprobación inicial del Proyecto de Interés General de Aragón corresponde al Consejero del Departamento competente en materia de Ordenación del Territorio. De acuerdo con el apartado tercero "Una vez aprobado inicialmente el Plan o Proyecto de Interés General de Aragón, este se someterá a información y participación pública junto con el estudio ambiental estratégico o documento ambiental estratégico, en el caso de Planes, o con el estudio de impacto ambiental o documento ambiental para el caso de Proyectos, según proceda, por un plazo mínimo de dos meses, debiendo incluir, al menos, las consultas que hubiere indicado el órgano ambiental, así como audiencia a las entidades locales afectadas, que informarán particularmente sobre la delimitación del ámbito de ordenación o actuación. Igualmente, se podrán recabar cuantos informes sean preceptivos o se consideren convenientes".

Como consecuencia de la declaración como inversión de interés autonómico otorgada al amparo del Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica de Aragón, los distintos trámites administrativos correspondientes al procedimiento de aprobación del presente Proyecto de Interés General han de ser impulsados con carácter preferente y urgente por las administraciones públicas aragonesas actuantes, con reducción a la mitad de plazos en dichos trámites administrativos, a excepción de los plazos de presentación de solicitudes y de recursos.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el apartado 2 del mencionado artículo 41 de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón, en uso de las competencias atribuidas en el Decreto 14/2016, de 26 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, resuelvo:

Primero.- Aprobar inicialmente el Proyecto de Interés General de Aragón para la implantación de tres centros de procesos de datos y sus instalaciones asociadas, conexionados entre sí mediante una red de fibra, en los municipios de El Burgo de Ebro, Huesca y Villanueva de Gállego, promovido por "Amazon Data Services Spain, S.L." que incluye:

Segundo.- Dar audiencia a las entidades locales afectadas mediante la remisión o acceso a la documentación que integra el Proyecto de Interés General con objeto de que, en el plazo de 30 días, emitan informe particularmente sobre la delimitación del ámbito de ordenación y/ o actuación.

Tercero.- En coordinación y de forma conjunta con el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA), someter el Proyecto de Interés General de Aragón, junto con los proyectos básicos para la autorización ambiental integrada y los estudios de impacto ambiental de cada uno de los centros de datos, al trámite de información y participación pública por plazo de 30 días, mediante la publicación del correspondiente anuncio en el "Boletín Oficial de Aragón", en el que se indicarán las sedes físicas y electrónicas de los órganos correspondientes en las que estarán a disposición del público.

Este trámite estará dirigido al público en general, a las personas físicas o jurídicas que se consideren interesadas de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como a aquéllas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

Cuarto.- Formular consulta a las entidades y personas que, en su caso, se indiquen por el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA).

Quinto.- Solicitar cuantos informes sean preceptivos o se consideren convenientes por razón de la materia para la aprobación del Proyecto de Interés General de Aragón objeto de aprobación inicial, indicando un enlace que posibilite el acceso a la documentación que integra dio proyecto. En particular, se solicitará informe a los siguientes organismos e instituciones públicas:

- Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Fomento.

- Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón.

- Subdirección General de Planificación Ferroviaria del Ministerio de Fomento.

- Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).

- Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información del Ministerio de Economía y Empresa.

- Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE).

- Dirección General de Interior y Protección Civil, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales.

- Dirección General de Economía del Departamento de Economía, Planificación y Empleo.

- Dirección General de Investigación e Innovación del Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento.

- Dirección General de Carreteras del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda.

- Dirección General de Urbanismo, del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda.

- Instituto Aragonés del Agua.

Sexto.- Facultar al Director General de Ordenación del Territorio para llevar a cabo el impulso de los trámites señalados.

Zaragoza, 27 de diciembre de 2019.

El Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, JOSÉ LUIS SORO DOMINGO