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RESOLUCIÓN de 18 de junio de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 2 de octubre de 2007, por la que se otorga la autorización ambiental integrada de una explotación avícola de cebo con capacidad para 86.000 Broilers, equivalentes a 344 UGM, situada en el polígono 17, parcelas 90 y 91, del término municipal de Sástago (Zaragoza), y promovida por Granja Mercedes Martínez, S.L. (Expte. INAGA 500601/02/2018/04031)

Publicado el 09/07/2018 (Nº 131)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

El 20 de abril de 2018 se presenta escrito en este Instituto por la Granja Mercedes Martínez, S.L, con N.I.F. B-50.624.303, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación avícola con código ES502400000802, por eliminación del vado sanitario.

Antecedentes de hecho

La explotación dispone de autorización ambiental integrada otorgada mediante Resolución de 2 de octubre 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 125, de 24 de octubre de 2007. (Expte. INAGA 500301/02/2006/10159).

Mediante Resolución de 13 de diciembre de 2013, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013, se procede a la actualización de dicha autorización ambiental integrada (Número de Expediente INAGA 500601/02/2013/10394).

Mediante Resolución de 13 de julio de 2015, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 150, de 5 de agosto de 2015, se modifica puntualmente la autorización ambiental integrada, por cambios en el sistema de calefacción. (Expte. INAGA 500601/02/2015/03600).

Con el escrito presentado se solicita modificar puntualmente la autorización ambiental integrada y actualizar en la misma, el cambio del vado sanitario por sistema de desinfección a base de pulverizador manual.

De acuerdo con el apartado 4.4.a, del anexo X, de la Orden de 13 de febrero de 2015, de los Consejeros de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, de Política Territorial e Interior, y de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se sustituyen varios anexos de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas, cuya revisión se aprobó por el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón; el acceso al recinto de la explotación mediante vado sanitario podrá sustituirse mediante otro sistema de desinfección eficaz que no produzca afecciones ambientales.

Revisando las características de la explotación, se verifica que, actualmente la ubicación catastral real es polígono 17, parcelas 90 y 91, del término municipal de Sástago (Zaragoza), con coordenadas UTM ETRS 89, Huso 30; X= 722.834. Y= 4.578.755.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales; el Real Decreto 692/2010, de 20 de mayo, por el que se establecen las normas mínimas para la protección de los pollos destinados a la producción de carne; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve;

Modificar puntualmente la Resolución 2 de octubre de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para la explotación avícola existente con capacidad para 86.000 Broilers, situada en el término municipal de Sástago (Zaragoza), y promovida por Granja Mercedes Martínez, S.L., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 1 de la resolución queda sustituido por lo siguiente:

"1. Otorgar la autorización ambiental integrada a Granja Mercedes Martínez S.L. con C.I.F. B-50.624.303 para la instalación existente de una explotación avícola con una capacidad autorizada para 86.000 Broilers, equivalente a 344 UGM. La explotación se localiza en el polígono 17, parcelas 90 y 91, del término municipal de Sástago (Zaragoza), con coordenadas UTM ETRS 89, Huso 30; X= 722.834, Y= 4.578.755 y Z=220 m".

El punto 1.2 de la resolución queda sustituido por lo siguiente:

"1.2. La explotación cuenta con estercolero con un volumen útil de 927,5 m³. El vado sanitario, inicialmente instalado, queda anulado, siendo sustituido un sistema de desinfección a base de pulverizador manual".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 18 de junio de 2018.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL