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ORDEN de 17 de noviembre de 2015, de la Consejera de Economía, Industria y Empleo, por la que se declara la utilidad pública en concreto de la línea aero subterránea a 15 KV y centro de transformación de 630 KVA, en los términos municipales de Ariza y Monreal de Ariza, solicitada por Endesa Distribución Electrica SL.

Publicado el 23/12/2015 (Nº 246)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

Visto el expediente incoado en el Servicio Provincial de Industria e Innovación de Zaragoza, a petición de Endesa Distribución Eléctrica SL, con domicilio en C/ San Miguel número 10, 50001 de Zaragoza, solicitando la declaración en concreto de la utilidad pública para la Línea aero-subterranea a 15 kV y centro de transformación de 630 KVA (Expte ZA-AT 0023/14), de acuerdo con la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Visto el informe del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Zaragoza, de fecha 1 de octubre de 2015, que señala que se consideran justificadas las razones que motivan la solicitud de 27 de febrero de 2014, formulada por la empresa Endesa Distribución Eléctrica SL y resulta favorable a la misma.

Resultando que la Resolución de fecha 1 de octubre de 2015, del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Zaragoza, otorga la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la instalación Línea aero-subterranea a 15 kV y centro de transformación de 630 KVA (Expte ZA-AT 0023/14).

Resultando que tramitado el expediente de conformidad con el Capítulo V del Título VII del Real Decreto 1955/2000, arriba citado, y abierto el trámite de información pública a los afectados por el trazado de la línea, se formulan alegaciones por parte de D. José Manuel Caballero Renieblas, D. Francisco Javier Palacios Aguilar y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), que constan en el expediente.

Resultando que la valoración de los perjuicios de la instalación se realiza mediante la determinación del justo precio, regulado en la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa y demás legislación concordante.

Considerando que el apartado 1 del artículo 140 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, establece que "De acuerdo con el artículo 52.1 de la nueva Ley del Sector Eléctrico, se declaran de utilidad pública las instalaciones eléctricas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso".

Considerando la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y la Ley 24/2013, de 26 de diciembre del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación concordante.

Por cuanto antecede, en el ejercicio de las competencias de ordenación y gestión en materia de energética que me atribuye el Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, y el Decreto 108/2015, de 7 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, resuelvo:

Primero.- Declarar en concreto la utilidad pública de la línea aero subterránea a 15 KV y centro de transformación de 630 KVA, en los términos municipales de Ariza y Monreal de Ariza, solicitada por Endesa Distribución SL, en la provincia de Zaragoza, cuyas características principales son:

Denominación: Línea aero subterránea a 15 KV y centro de transformación de 630 KVA, en los términos municipales de Ariza y Monreal de Ariza

Titular: Endesa Distribución Electrica S.L.

Domicilio del titular: C/ San Miguel número 10 50001. (Zaragoza)

Emplazamiento de la instalación: Ariza y Monreal de Ariza (Zaragoza)

Acometida

Línea eléctrica aero subterránea, trifásica, simple circuito, a 15 KV, procedente de entronque en apoyo número 7 de la línea L00659-002, recorriendo los términos municipales de Ariza y Monreal de Ariza, de 2610 metros de longitud total, con un tramo aéreo de 2265 metros formado por conductores 47AL1/8-ST1A sobre apoyos metálicos, y un tramo subterráneo de 345 metros formado por conductores RH5Z1 12/20 kV 3x1x2400 mm² Al, en zanja.

Centro de Transformación

Potencia: 630 KVA

Tensiones: 15/0,420 KV

Tipo: Interior, prefabricado aislado en superficie, conteniendo dos celdas metálicas blindadas con aislamiento en SF6, de 24 kV 630 A, con la siguiente aparamenta eléctrica:

- Una posición de línea, con interruptor-seccionador 24 kV 630 A y seccionador de p.a. t.

- Una posición de protección de transformación, con un interruptor-seccionador 24 kV 400 A, fusibles APR y seccionador de p.a t.

- Un transformador trifásico de 630 kVA.

En virtud de lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre y en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, la declaración de utilidad pública lleva implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. Igualmente, lleva implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público, o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.

Segundo.- Notificar a los interesados y publicar el texto de la presente orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra esta orden que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses contados a partir al de su notificación al interesado, conforme al artículo 10 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que pueda interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Economía, Industria, y Empleo en el plazo de un mes, también contados a partir de la notificación de la presente orden, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 17 de noviembre de 2015.

La Consejera de Economía, Industria y Empleo,

MARTA GASTÓN MENAL