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DECRETO 296/2015, de 4 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se acepta la mutación demanial, por cambio de sujeto, a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón, de un terreno sito en Utebo (Zaragoza), para la ubicación de un Instituto de Educación Secundaria.

Publicado el 13/11/2015 (Nº 220)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Mediante Acuerdo adoptado el 10 de julio de 2006 el Pleno del Ayuntamiento de Utebo aprobó la cesión gratuita a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón de un terreno de 12.500 metros cuadrados, finca registral número 16214, para ser destinado a la ubicación de un Instituto de Educación Secundaria.

Dicho terreno, consecuentemente con su clasificación como suelo urbanizable delimitado, fue incluido en el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución del Sector 8 del Plan General de Ordenación Urbana, aprobado definitivamente el 20 de noviembre de 2008 por la Junta de Gobierno Local.

La finca resultante de dicho Proyecto de Reparcelación fue la registral número 17685, de una superficie de 17.000 metros cuadrados, inscrita a su favor por el Ayuntamiento de Utebo con fecha 30 de julio de 2009.

A la vista de la diferencia de superficies entre la finca aportada, que fue cedida inicialmente a la Comunidad Autónoma, y la de resultado, fue solicitado informe al Departamento competente en materia de educación sobre su interés en la aceptación de la cesión de la finca resultante del Proyecto de Reparcelación, habiendo manifestado su interés en la cesión de la misma.

Habida cuenta que en el momento de aceptación de la cesión por el Gobierno de Aragón el objeto de la cesión inicial se correspondía con una finca registral inexistente, que ya había sido sustituida por la parcela de resultado, finca registral 17685, se procedió a solicitar al Ayuntamiento de Utebo la adopción de un nuevo acuerdo municipal sobre la modificación de la finca objeto de la cesión gratuita.

Tras numerosos requerimientos a dicho Ayuntamiento solicitando la adopción del referido Acuerdo, con fecha 10 de septiembre de 2015 el Pleno de la Corporación ha adoptado un Acuerdo por el que aprueba la mutación demanial por cambio de sujeto a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón de la finca registral número 17685 para ser destinada a la ubicación del Instituto de Educación Secundaria Torres de los Espejos y a su ampliación.

Dicha transmisión de la titularidad ha sido acordada al amparo de lo previsto en el artículo 14.2 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, que prevé las mutaciones demaniales consistentes en la cesión de la titularidad de un bien a otra Administración Pública, manteniendo la afección del bien al uso o servicio público.

De conformidad con lo previsto en el artículo 119 del Reglamento de Bienes, Actividades y Servicios de las Entidades Locales, el Departamento de Presidencia, mediante Orden de 21 de septiembre de 2015, autorizó esta mutación demanial.

El terreno ofrecido ha sido valorado por el Departamento de Hacienda y Administración Pública, sin que conste la existencia de gravámenes que pudieran minorar su valor.

En virtud de cuanto antecede, de conformidad con el artículo 21 del texto refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 4/2013, de 17 de diciembre, del Gobierno de Aragón, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, y previa deliberación, del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 4 de noviembre de 2015

DISPONGO

Primero.- Aceptación de la mutación demanial

Se acepta la mutación demanial por cambio de sujeto, del terreno que a continuación se describe, aprobada por el Ayuntamiento de Utebo, y que pasará a integrarse en pleno dominio en el Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón:

"Urbana: Terreno incluido en la Unidad de Ejecución Única del Sector Ocho "Instituto Parque Lineal" del Plan General de Ordenación Urbana de Utebo, correspondiente a la parcela resultante EQ-Equipamiento- destinado a equipamiento deportivo con una superficie de diecisiete mil metros cuadrados -17.000 metros cuadrados. Linda: al Norte, parcela EL-3 destinada a espacios libres; Sur límite de la Unidad de Ejecución y calle Teruel; al Este, parcela OIC adjudicada a CBR Torre Pons Inversiones S.L. y vial público y a través de él con parcela EL-2 de espacios libres; y Oeste, límite de la Unidad de Ejecución y vial denominado Calle Puerto Rico.

Usos: Los propios de su naturaleza de equipamiento docente dentro de los permitidos por el Plan General de Ordenación Urbana de Utebo.

Esta finca es una de las catorce resultantes del Proyecto de REPARCELACIÓN de la Unidad de Ejecución Única del Sector Ocho del Suelo Urbanizable Delimitado de Utebo, por cesión obligatoria y gratuita del artículo 18.c) de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística de Aragón".

Inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de Zaragoza, al tomo 2870, Libro 410, folio 101, finca 17685 de Utebo.

Referencia catastral: 6988501XM6168N0001AP

Valoración: 808.454 euros.

Naturaleza: bien demanial

Segundo.- Destino y afectación

Este terreno se destinará a la ubicación del Instituto de Educación Secundaria Torre de los Espejos, que se encuentra ya construido, y a su ampliación, debiendo cumplirse este destino con arreglo a los plazos y condiciones establecidos en la normativa patrimonial local.

Este terreno deberá incorporarse al Inventario General del Patrimonio de Aragón, una vez inscrito a nombre de la Comunidad Autónoma de Aragón en el Registro de la Propiedad, para su ulterior afectación al servicio público de educación.

Tercero.- Formalización

De conformidad con lo previsto en el artículo 16 del texto refundido de Ley del Patrimonio de Aragón, esta mutación demanial se formalizará en documento administrativo, que será título suficiente para su inscripción en el Registro de la Propiedad.

Se faculta al Consejero de Hacienda y Administración Pública, y al Director General de Contratación, Patrimonio y Organización, o persona en quien deleguen, para que cualquiera de ellas, indistintamente, en nombre y representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, formalicen cuantos documentos sean necesarios para la efectividad de este Decreto.

Cuarto.- Gastos e impuestos

Los gastos e impuestos que se deriven de la formalización de la mutación demanial serán de cargo de la parte cesionaria.

Zaragoza, 4 de noviembre de 2015.

El Presidente del Gobierno de Aragón

JAVIER LAMBÁN MONTAÑÉS

El Consejero de Hacienda y Administración Pública

FERNANDO GIMENO MARÍN