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RESOLUCIÓN de 14 de julio de 2015, del Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se renueva a la empresa Motortrans, S.A. la autorización como centro técnico para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales de las marcas VDO, Stoneridge y Actia con contraseña en el registro especial E9ABC50009.

Publicado el 12/08/2015 (Nº 155)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

Vista la solicitud presentada por Motortrans, S.A. con domicilio social en Plataforma Logística de Zaragoza, C/ Terracina número 8, de Zaragoza, solicitando la renovación de la autorización como centro técnico para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales de las marcas VDO, Stoneridge y Actia.

Considerando que se cumple con lo estipulado en el Real Decreto 425/2005, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales.

Visto el informe favorable del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Zaragoza.

En virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 7 del Decreto 27/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Industria e Innovación, y de acuerdo con lo dispuesto en la disposición transitoria única del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, resuelvo:

Primero.- Renovar, por un año, la autorización de la empresa Motortrans, S.A. como centro técnico para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales de las marcas VDO, Stoneridge y Actia.

Segundo.- La vigencia de la autorización está condicionada al cumplimiento y mantenimiento de las condiciones establecidas en el Real Decreto 425/2005, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales.

Tercero.- La siguiente renovación de la autorización deberá solicitarse según el procedimiento 1343 del Catálogo de procedimientos de Gobierno de Aragón (modelo E3003b), dentro de los dos meses anteriores a la finalización de su periodo de vigencia y al menos quince días antes de que expire éste.

Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Industria y Empleo, en el plazo de un mes contado desde su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 4.1. a) del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos.

Zaragoza, 14 de julio de 2015.

El Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa,

CARLOS JAVIER NAVARRO ESPADA