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RESOLUCIÓN de 10 de noviembre de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se corrige error material en la Resolución de 10 de agosto de 2015, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para la actividad ampliada de la fábrica de productos activos para la industria farmacéutica y veterinaria, de Rolabo Outsourcing, S.L., en el término municipal de Zaragoza (Número de Expediente INAGA 500301/02/2014/04981).

Publicado el 21/12/2015 (Nº 244)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 2 de septiembre de 2015, se publica en el "Boletín Oficial de Aragón", número 170, la Resolución de 10 de agosto de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para la actividad ampliada de la fábrica de productos activos para la industria farmacéutica y veterinaria, de Rolabo Outsourcing, S.L., en el término municipal de Zaragoza (Número Expte. INAGA 500301/02/2014/04981).

Considerando que el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 57 del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Considerando que revisada por esta Administración la Resolución de 10 de agosto de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para la actividad ampliada de la fábrica de productos activos para la industria farmacéutica y veterinaria, de Rolabo Outsourcing, S.L., en el término municipal de Zaragoza, se ha detectado la existencia de un error material en el párrafo tercero del apartado A. Prevención y priorización en la gestión de residuos, del anexo IV. Producción de residuos y su control, por lo que, conforme a lo dispuesto en los precitados artículos, procede rectificar parcialmente la citada resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, en los siguientes términos:

- Se suprime el párrafo tercero del apartado A. Prevención y priorización en la gestión de residuos, del anexo IV. Producción de residuos y su control.

Esta corrección se notificará en la forma prevista en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.2 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón.

Zaragoza, 10 de noviembre de 2015.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

MARTA PUENTE ARCOS