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RESOLUCIÓN de 14 de enero de 2016, del Director General de Innovación, Equidad y Participación, por la que se convoca la prueba libre para la obtención del título de Bachiller para mayores de 20 años en la Comunidad Autónoma de Aragón en el año 2016.

Publicado el 25/01/2016 (Nº 15)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en el artículo 69.4 que corresponde a las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, organizar periódicamente pruebas para que las personas mayores de veinte años puedan obtener directamente el título de Bachiller, siempre que demuestren haber alcanzado los objetivos del Bachillerato establecidos en el artículo 33, así como los objetivos fijados en los aspectos básicos del currículo correspondiente.

En este sentido la Orden de 17 de marzo de 2010, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, regula la prueba libre para la obtención del título de Bachiller para mayores de 20 años en la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, del Gobierno de Aragón, atribuye al Director General de Innovación, Equidad y Participación las competencias relativas a la educación de personas adultas.

Por tanto, procede establecer los plazos de matrícula y fecha de realización de la prueba libre para la obtención directa del título de Bachiller para mayores de 20 años en la Comunidad Autónoma de Aragón en el año 2016.

En su virtud, resuelvo:

Primero.- Objeto.

Se convocan pruebas libres para la obtención del título de Bachiller para mayores de 20 años en la Comunidad Autónoma de Aragón en el año 2016, de acuerdo con la Orden de 17 de marzo de 2010, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte ("Boletín Oficial de Aragón", número 71, de 13 de abril de 2010).

Segundo.- Convocatoria pruebas.

1. En el año 2016 la prueba para la obtención del título de Bachiller para mayores de 20 años se realizará el día 15 de abril, en sesiones de mañana y tarde en el IES Goya de Zaragoza.

2. La matrícula se realizará en el IES Goya de Zaragoza entre el 1 y 12 de febrero.

Tercero.- Tasa por inscripción en las pruebas.

1. De conformidad con la normativa vigente en Aragón en materia de tasas, los aspirantes que deseen participar en las pruebas deberán abonar la tasa vigente por inscripción en las pruebas de todas las materias para la obtención del título de Bachiller (tasa 39), o por cada materia en la que se matricule, para la obtención del título de Bachiller, siendo necesario el previo pago de la tasa para la tramitación de la solicitud de inscripción.

2. Para el pago de la tasa deberá cumplimentarse el documento (modelo 539) que para tal fin estará disponible en la página web http://www.educaragon.org. Este documento, una vez cumplimentado deberá imprimirse para su trámite. La impresión constará de tres ejemplares del modelo, para "Administración", "Interesado" y "Entidad bancaria colaboradora" que deberán ser firmados por el solicitante antes de su presentación en los lugares que corresponda.

3. El interesado deberá presentar los tres ejemplares ante la entidad bancaria colaboradora para realizar el pago de la tasa. El ingreso se realizará en las cuentas de la Entidades de Crédito colaboradoras en la gestión recaudatoria de la Diputación General de Aragón, autorizadas para el cobro de las tasas. Actualmente, las entidades colaboradoras son Banco Santander, BBVA, Ibercaja Banco, CaixaBank, Bantierra, Caja Rural de Teruel y Laboral KUTXA.

4. Estarán exentas del pago de la tasa las personas que hayan obtenido el reconocimiento como víctimas por actos de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, conforme a la Ley de Cortes de Aragón 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las víctimas del terrorismo, y demás normativa vigente que les sea de aplicación.

5. Asimismo, estarán exentas del pago de la tasa las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de los seis meses anteriores a la fecha de solicitud de inscripción en las pruebas.

6. La acreditación del ingreso de la tasa por inscripción en las pruebas se realizará mediante certificación mecánica por medio de impresión de máquina contable o mediante el sello y firma autorizada. La falta de justificación de abono de la tasa determinará la no admisión del aspirante. En todo caso, si la entidad bancaria no hubiera recogido el ejemplar para la entidad colaboradora, se acompañará éste junto con el ejemplar a entregar para la Administración.

7. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria de la citada tasa supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de inscripción en las pruebas en el centro docente público que corresponda.

Cuarto.- Inscripción en las pruebas.

Además de la documentación requerida según el Artículo 5 de la mencionada Orden de 17 de marzo de 2010, el aspirante adjuntará:

a) El ejemplar para la "Administración" del documento de la tasa, con la debida acreditación del ingreso de la misma, salvo en caso de estar exento del pago.

b) En caso de estar exento del pago de la tasa, documento justificativo.

c) En caso de bonificación en el pago de la tasa por pertenencia a familia numerosa, el documento que lo acredite.

Quinto.- Los Directores de los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Cultura y Deporte velarán por el cumplimiento de la normativa reguladora de la prueba libre para la obtención del título de Bachiller y resolverán, en el ámbito de su competencia, las incidencias que surjan de la aplicación de la misma.

Zaragoza, 14 de enero de 2016.

El Director General de Innovación, Equidad

y Participación,

JESÚS GARCÉS CASAS