Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN de 22 de febrero de 2012, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se convoca el Premio «Medio Ambiente de Aragón», para el año 2012

Publicado el 06/03/2012 (Nº 45)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Mediante el Decreto 53/2004, de 9 de marzo, del Gobierno de Aragón, se regula el Premio «Medio Ambiente de Aragón» a las acciones en favor del medio ambiente, destinado a impulsar la conciencia ambiental de los ciudadanos y a fomentar las actividades en la mejora del medio ambiente mediante el reconocimiento público a una labor meritoria realizada en esta materia en Aragón.

El artículo tercero de este Decreto señala que la convocatoria pública del Premio «Medio Ambiente de Aragón» y de sus modalidades se realizará mediante Orden del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, en la que se aprobarán las bases del premio. En virtud de lo anterior, se establecen las bases por las que se regirá el Premio «Medio Ambiente de Aragón» en todas sus modalidades.

Primera.- Objeto.

El objeto de esta Orden es establecer las bases por las que se regirá el Premio «Medio Ambiente de Aragón», en todas sus modalidades.

Segunda.- Candidaturas.

Podrán optar al Premio «Medio Ambiente de Aragón», todas aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas cuya actividad en favor del medio ambiente se desarrolle total o parcialmente en esta Comunidad Autónoma y que hayan destacado por su trayectoria o por un proyecto o actividad concreta de suficiente entidad en defensa de los valores ambientales y naturales en el entorno físico y cultural de Aragón.

Las candidaturas al Premio, en cualquiera de sus modalidades, irán dirigidas a la Dirección General de Calidad Ambiental del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, acompañándose de una memoria en la que se expongan los méritos y currículum de la persona o entidad que se propongan y documentación justificativa de los trabajos o actividades realizados.

Tercera.- Requisitos generales.

a) Los trabajos, estudios, o proyectos desarrollados deberán estar vinculados directa o indirectamente, con la conservación y mejora del medio ambiente en Aragón.

b) Los trabajos presentados deberán haber sido desarrollados fundamentalmente a lo largo del año 2011, aun cuando continúen en la actualidad.

c) Los trabajos deberán contemplar temas ambientales que afecten a Aragón.

Cuarta.- Modalidades.

a) Premio «Medio Ambiente de Aragón 2012».

Este premio se otorgará a aquellas personas físicas o jurídicas que se hayan distinguido a lo largo del año 2011 por la labor desarrollada en nuestra Comunidad Autónoma de reconocido prestigio, dirigida fundamentalmente a la conservación y mejora del medio ambiente en Aragón, o que mantengan especiales vínculos con nuestra Comunidad Autónoma.

b) Premio «Medio Ambiente de Aragón» en el ámbito académico, que consta de dos categorías.

b1) Categoría Universitaria.

Este premio está destinado a los Centros e Institutos Universitarios cuyos estudiantes hayan realizado sus trabajos dentro del objeto de esta convocatoria, aplicando la metodología científica y/o utilizando medios técnicos auxiliares y hayan sido desarrollados total o parcialmente dentro del año 2011.

En todo caso, los trabajos deberán estar dirigidos por un profesor responsable del Departamento Universitario correspondiente que presentará la solicitud como responsable y en representación del grupo, acompañada de la autorización del Director del Departamento.

b2) Categoría Escolar.

Podrán optar al premio los Centros de Enseñanza Primaria, Secundaria o Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Aragón a los que pertenezcan los estudiantes que hayan realizado sus trabajos dentro del objeto de esta convocatoria aplicando la metodología científica y/o utilizando medios técnicos auxiliares con arreglo a sus correspondientes niveles curriculares.

En todo caso, los trabajos deberán estar dirigidos por un profesor del centro en el que cursen sus estudios los alumnos, que presentará la solicitud como responsable y en representación del grupo acompañada de la autorización del Director del centro escolar.

c) Premio «Medio Ambiente de Aragón» en el ámbito de la Administración Local.

Podrán optar a este premio todas las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón que a lo largo del año 2011 hayan realizado una labor de interés ambiental en su ámbito territorial, dentro del objeto de la presente convocatoria, más allá de la normativa y de los requerimientos ambientales vigentes.

d) Premio «Medio Ambiente de Aragón» a Entidades sin ánimo de lucro.

Podrán optar a este premio todas las organizaciones o asociaciones vecinales, sindicatos o cualquier entidad, asociación, patronato o fundación sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas en su caso, en los correspondientes Registros de la Comunidad Autónoma de Aragón, que se hayan distinguido por desarrollar acciones encaminadas al cumplimiento del objeto de esta convocatoria.

e) Premio «Medio Ambiente de Aragón» a Empresas.

Podrán optar a este premio todas las empresas, personas físicas o jurídicas, que desarrollen su actividad en Aragón y destaquen por sus actuaciones en favor de la preservación y difusión de los valores medioambientales, más allá de la normativa y de los requerimientos ambientales vigentes.

Quedarán excluidas todas aquellas actuaciones cuyo desarrollo forme parte del objeto de la actividad propia de la empresa y tenga carácter lucrativo.

Quinta.- Documentación.

1. Breve memoria explicativa (aproximadamente una página) en la que se haga constar el proyecto o trabajo desarrollado, así como las razones por las que el candidato estima que es merecedor del premio al que aspira.

2. En dossier aparte, se deberá presentar el trabajo o proyecto completo, por triplicado ejemplar.

3. Para los centros escolares o universitarios, se deberá presentar autorización del Director del centro correspondiente.

4. Las entidades sin ánimo de lucro deberán aportar documento acreditativo de estar legalmente constituidas y registradas, en su caso.

5. En el caso de empresas, asimismo, se acompañará copia de la escritura de la empresa, así como una breve reseña de la actividad que desarrolla.

Sexta.- Plazo y presentación de candidaturas.

Las candidaturas se presentarán según el modelo Anexo, adjuntando en sobre cerrado los trabajos o proyectos objeto de valoración, en cualquiera de las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o bien a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de candidaturas será de un mes a partir del siguiente día al de la publicación de la presente Orden de convocatoria en el «Boletín Oficial de Aragón».

La presentación de candidaturas lleva consigo la aceptación por parte de quienes las formulen de las bases del premio, así como de su otorgamiento y posterior uso de los trabajos o proyectos por la Diputación General de Aragón.

Séptima.- Dotación económica.

La dotación económica del Premio «Medio Ambiente de Aragón 2012» se establece en 9.500 euros, diploma acreditativo y una estatuilla conmemorativa.

Para el resto de las modalidades, se establece la cuantía en 1.500 euros y Diploma acreditativo.

En el caso de que el premio recayese en un proyecto o actividad realizado por dos o más autores o empresas, el importe se dividirá entre dichos componentes, y se otorgará diploma acreditativo a cada uno de ellos.

En el caso de que el trabajo sea presentado por varias asociaciones, se realizará a la que el grupo señale en representación de todas.

En el caso de las categorías académicas, el premio se abonará al centro escolar o Departamento universitario de referencia.

Octava.- Composición del Jurado.

El Jurado del Premio «Medio Ambiente de Aragón», en todas sus modalidades, examinará las propuestas recibidas. Estará presidido por el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, que podrá delegar en la Directora General de Calidad Ambiental y, actuarán como vocales, los siguientes:

D. José Ángel Rupérez Rubio, de la Fundación Ecología y Desarrollo, en representación de las Asociaciones no gubernamentales en defensa del medio ambiente.

Dª Mª Pilar Gómez López, Directora de la Asesoría Ambiental de la Confederación de Empresarios de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME), en representación de las Organizaciones Socioeconómicas.

D. Luis Pardos Castillo, Director de la Escuela Politécnica Superior de Huesca, en representación de la Universidad de Zaragoza.

D. Miguel Ángel Clavero Forcén, Director del Servicio Provincial de Ganadería, Agricultura y Medio Ambiente de Zaragoza, en representación del Departamento Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

D. Fernando Fidalgo Ciprés, Director del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Huesca, en representación del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

D. Julio Moreno Calero, Director del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Teruel, en representación del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

D. Humberto Vadillo López, Director General de Cultura, en representación del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

D. Gregorio Izuzquiza Rueda, Jefe del Servicio de Cooperación Local, en representación de la Administración Local.

Actuará como Secretaria del Jurado, con voz y sin voto, la Jefa del Servicio de Cambio Climático y Educación Ambiental.

Novena.- Valoración de las candidaturas.

En primera fase, el Jurado procederá a la apertura de plicas y al análisis de las candidaturas presentadas. En esta fase de la valoración, los miembros del Jurado podrán delegar en personal especializado de su confianza.

En segunda fase, el Jurado designará los candidatos en todas y cada una de las categorías.

En todo caso, se garantizará el carácter secreto de las deliberaciones.

Décima.- Concesión.

El Jurado apreciará libremente los méritos y trabajos de los candidatos propuestos y, por mayoría de votos de sus miembros, elevará propuesta de otorgamiento o de que sea declarado desierto el premio, en cualquiera de sus modalidades, al Gobierno de Aragón. En el caso de que no se produzca acuerdo por mayoría en la tercera votación se hará constar así en el acta, declarándose desierto el premio en cualquiera de sus modalidades.

El otorgamiento del Premio «Medio Ambiente de Aragón» en todas sus modalidades se efectuará por Acuerdo del Gobierno de Aragón conforme a la propuesta elevada por el Jurado y se publicará en el «Boletín Oficial de Aragón».

Undécima.- Entrega.

La entrega de los Premios «Medio Ambiente de Aragón» en todas sus modalidades, se realizará en acto público el día 5 de junio de 2012.

Zaragoza, 22 febrero de 2012.