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RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2016 de la Gerencia del Sector de Teruel del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca procedimiento de provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de Jefe de Unidad Asistencial de Urgencias del hospital Obispo Polanco de Teruel.

Publicado el 18/01/2017 (Nº 11)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Quinta y en el Capítulo III del título III del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud, la Gerencia de Sector de Teruel en ejercicio de las competencias legalmente atribuidas efectúa convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de Jefe de Unidad Asistencial de Urgencias del Hospital Obispo Polanco de Teruel del Sector de Teruel, cuyo desempeño está suspenso provisionalmente, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Características del puesto.

- Denominación: Jefe de Unidad Asistencial de Urgencias.

- Sistema de provisión: Libre designación.

- Adscripción orgánica y funcional: Dirección del Hospital Obispo Polanco.

- Nivel de complemento de destino: 26.

- Funciones: Participación en la gestión de los recursos humanos adscritos al Servicio de Urgencias, organizando la atención continuada, vacaciones, permisos y descansos del personal y controlando el rendimiento del mismo para garantizar las prestaciones asistenciales demandadas.

Participación en la administración eficaz y eficiente de los recursos materiales, de equipamiento clínico y productos sanitarios, fomentando una cultura profesional en la que se armonicen la responsabilidad clínica hacia el paciente y la responsabilidad económica hacia la sociedad.

Cooperación con el resto de los dispositivos de atención a la asistencia sanitaria urgente.

Impulso en la consecución de los objetivos asistenciales y económicos derivados de los pactos de gestión.

Desarrollo y gestión de los sistemas de información del hospital.

Participación en las actividades de mejora de la calidad y seguridad clínica.

Participación en los programas de investigación y en los planes de formación continua, de pregrado y postgrado.

Coordinación con el resto de los servicios y unidades del hospital.

- Jornada de trabajo: la dedicación del personal seleccionado será en turno de mañana y/o tarde, prestando sus servicios en régimen de exclusividad.

- Continuidad y permanencia: temporal y su ejercicio estará sujeto a evaluación periódica.

- Causas de cese en el puesto: las establecidas en el artículo 60 del citado Decreto 37/2011, de 8 de marzo, o la reincorporación de la persona que ostenta dicho nombramiento como Jefe de la citada Unidad Asistencial, y cuyo desempeño se encuentra provisionalmente suspendido a tenor de lo establecido en el artículo 60.1.e) del Decreto 37/2011, de 8 de marzo.

- Este puesto se proveerá previa superación de un proceso de selección que estará basado en la valoración del curriculum profesional y de un breve proyecto de gestión de la Unidad de Urgencias del Hospital Obispo Polanco de Teruel, elaborada por los aspirantes. De considerarse oportuno se mantendrán entrevistas personales para determinar la idoneidad de los aspirantes al perfil de los puestos.

Segunda.- Requisitos de participación.

Podrán participar en la convocatoria el personal estatutario, funcionario o laboral, perteneciente al Grupo A1 que reúna los siguientes requisitos:

a) Los generales requeridos en el apartado 5 del artículo 30 de la Ley 55/2006, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud.

b) Encontrarse prestando servicios en Centros dependientes del Servicio Aragonés de Salud.

c) Estar en posesión de cualquier título de médico especialista o la certificación prevista en el artículo 3 del Real Decreto 853/1993, de 4 de junio, sobre ejercicio de las funciones del Médico de Medicina General en el Sistema Nacional de Salud, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 866/2001, de 20 de julio, por el que se crean las categorías y modalidades de médicos de urgencia hospitalaria y de médicos de admisión y documentación clínica en el ámbito de las instituciones sanitarias del INSALUD.

Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

Tercera.- Solicitudes.

Los interesados en participar en la presente convocatoria, deberán formular su solicitud, según modelo que se adjunta, dirigida a la Gerencia del Sector de Teruel. Las solicitudes podrán presentarse en el Registro de la Gerencia del Sector de Teruel (C/ Joaquín Arnau, 22 - 3.ª planta 44001 Teruel), a través de las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Junto a su solicitud, los aspirantes aportarán la documentación acreditativa de los requisitos exigidos, el currículum académico, profesional y formativo, y los justificantes de cuantos méritos se consideren relevantes en relación con el contenido del puesto, así como el breve proyecto de gestión descrito en la base primera.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

Cuarta.- Comisión de selección.

El proceso de provisión será evaluado por una Comisión de Selección, cuya composición se determinará mediante resolución de la Gerencia del Sector de Teruel, de conformidad con los criterios y especificaciones dispuestos por el artículo 73 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud.

La Comisión de Selección verificará que los candidatos reúnen los requisitos mínimos exigidos en esta convocatoria y elevará a esta Gerencia de Sector de Teruel la relación nominal de aquellos que los cumplan y propuesta de la persona que se considere más idónea para el puesto de Jefe de Unidad Asistencial de Urgencias cuya provisión ahora se convoca. Los aspirantes podrán ser requeridos en cualquier momento por la Comisión de Selección, al objeto que aclaren o documenten aspectos de su currículum, y si lo considera oportuno podrá mantener entrevistas personales, a fin de determinar la idoneidad de los aspirantes al perfil del puesto.

Quinta.- Resolución de la convocatoria y efectos.

En el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón", esta Gerencia de Sector de Teruel dictará y publicará resolución que pondrá fin al procedimiento. La provisión del puesto convocado podrá declararse desierta, mediante resolución motivada, cuando no concurran candidatos idóneos para su desempeño. Transcurrido el plazo citado de seis meses sin que se haya publicado resolución alguna, los interesados en el presente procedimiento de provisión mediante libre designación, podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo. Contra la resolución expresa o la desestimación presunta podrá interponerse recurso de alzada ante el Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud.

Sexta.- Nombramiento.

En su caso, mediante la resolución de la Gerencia de Sector de Teruel que ponga fin al procedimiento, tendrá lugar el nombramiento del aspirante designado para ocupar el puesto de Jefe de Unidad convocado, en los términos establecidos en los artículos 59 y 60 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, de Selección de Personal Estatutario y Provisión de plazas de los centros del Servicio Aragonés de Salud.

El nombramiento para el puesto de Jefe de Unidad tendrá carácter temporal, y la continuidad en el desempeño del cargo estará supeditada a la superación de las oportunas evaluaciones, de conformidad con el procedimiento que en su momento se implante o a la reincorporación del titular que ostenta la referida jefatura.

Séptima.- Publicaciones sucesivas e impugnación.

Todos aquellos acuerdos, resoluciones o anuncios sucesivos que se deriven de la presente convocatoria, se harán públicos en los tablones de anuncios de la Gerencia del Sector de Teruel y en la página web del Salud, de conformidad con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La resolución definitiva que derive de la presente convocatoria se hará pública en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo previsto en el artículo 48.2 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.

Teruel, 14 de diciembre de 2016.

El Gerente del Sector de Teruel del Servicio Aragonés de Salud,

JOSÉ IGNACIO ESCUÍN VICENTE