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ORDEN PRE/23/2017, de 10 de enero, por la que se dispone la publicación del Decreto de la Presidencia de la Diputación Provincial de Zaragoza número 2.084, de 15 de diciembre de 2016, por el que se convoca, mediante el sistema de libre designación, la provisión definitiva del puesto de trabajo de interventor jefe del área de asistencia y modernización local, reservado a funcionario de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.

Publicado el 26/01/2017 (Nº 17)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

La Excma. Diputación Provincial de Zaragoza mediante Decreto número 2.804, de 15 de diciembre de 2016, aprobó las Bases y la convocatoria, para la provisión por el sistema de libre designación, del puesto de Interventor Jefe del área de Asistencia y Modernización Local, por funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría Superior.

Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, este Departamento de Presidencia, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 2 d) del Decreto 342/2001, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, ha resuelto publicar la convocatoria para la provisión definitiva del puesto de trabajo de Interventor jefe del Área de Asistencia y Modernización Local de la Diputación Provincial de Zaragoza, mediante el procedimiento de Libre designación, con arreglo a las siguientes

Bases

Primera.- Podrán participar los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a la Subescala Intervención-Tesorería, con categoría Superior.

El puesto tiene nivel de complemento de destino 30 y un complemento específico anual de 47.586,56 euros.

Segunda.- No podrán participar los funcionarios que, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, se hallen en alguna de las circunstancias siguientes:

Inhabilitados o suspensos en virtud de sentencia o resolución administrativa firmes si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en ellas.

Destituidos conforme al artículo 148.5 del Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, durante el periodo a que se extiende la destitución.

Situaciones de excedencia voluntaria, de acuerdo con el artículo 29.3 c) y d) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, cuando no hubiesen transcurrido dos años desde el pase a dichas situaciones.

Tercera.- Para tomar parte en la convocatoria los participantes presentarán la siguiente documentación:

1. Instancia dirigida a la Presidencia de la Diputación Provincial de Zaragoza, solicitando tomar parte en la convocatoria, comprensiva de declaración jurada de no estar incurso en alguna de las circunstancias a que se refiere la Base Segunda.

2. Relación de méritos profesionales.

3. Documentación justificativa de los méritos que no estén incluidos en el baremo de méritos generales aplicado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública a los miembros de la Subescala y categoría requeridos en la Base Primera, o que no hayan tenido publicidad a través de los correspondientes Boletines Oficiales.

No será necesaria la aportación de las publicaciones cuando figuren en Revistas de divulgación nacional y de reconocido prestigio científico.

Cuarta.- Plazo de presentación de la documentación. La documentación prevista en la base anterior habrá de presentarse en el plazo de quince días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

Quinta.- Requisitos y méritos. Los requisitos así como los méritos alegados deberán reunirse en la fecha de resolución de la convocatoria.

Sexta.- Se podrá recabar de quienes participen en la convocatoria aclaraciones o documentación adicional cuando de la presentada no resulten suficientemente acreditados los datos alegados en relación con los méritos.

Séptima.- La Presidencia de la Diputación Provincial de Zaragoza resolverá la convocatoria a favor de quien considere más idóneo para el cargo, en atención a la naturaleza de las funciones del puesto objeto de esta convocatoria.

Octava.- En lo no previsto en estas Bases serán de aplicación, en lo que proceda, las disposiciones reguladoras de la provisión de puestos de trabajo reservados a los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Zaragoza, 10 de enero de 2017.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO