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RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 2015, de la Universidad de Zaragoza, por la que se anuncia concurso de méritos para la provisión de los puestos de Técnicos Especialistas de Laboratorio, vacantes en esta Universidad.

Publicado el 08/01/2016 (Nº 4)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA

Texto completo:

Estando vacantes y dotados presupuestariamente, los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de esta resolución, este Rectorado acuerda su provisión por el procedimiento de concurso de méritos con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales.

Para lo no dispuesto en la presente convocatoria, regirá lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; el Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueba la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón; el Decreto 80/1997, de 10 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón; el Decreto 1/2004, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Zaragoza, el Pacto del personal funcionario de administración y servicios de la Universidad de Zaragoza, publicado por Resolución de 28 de julio de 2000, ("Boletín Oficial de Aragón", número 95, de 9 de agosto de 2000), y la Resolución de 16 de febrero de 2015 ("Boletín Oficial de Aragón", número 54, de 19 de marzo de 2015), de la Universidad de Zaragoza, por la que se hace público el baremo a aplicar en los concursos para la provisión de puestos de trabajo del personal de administración y servicios funcionario de la Universidad de Zaragoza.

2. Puestos convocados.

Los puestos de trabajo objeto del presente concurso son los que figuran en el anexo I de la presente convocatoria.

3. Requisitos de los aspirantes.

3.1. Podrán participar en este concurso los funcionarios de carrera de la Universidad de Zaragoza con destino definitivo, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión, y otros funcionarios que presten servicios en esta Universidad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 167 de los Estatutos de la Universidad de Zaragoza y en el Pacto de Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Universidad de Zaragoza, que pertenezcan al Grupo C, subgrupo C1, de clasificación establecidos en el artículo 76 y la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público, integrados en cuerpos o escalas de Técnicos Especialistas de Laboratorio y Talleres, de la especialidad correspondiente, dependiendo de la plaza a la que se desea concursar, siempre que reúnan los requisitos necesarios para los puestos convocados.

Solo podrán participar en el presente concurso si hubieran transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo que hubieran sido removidos del puesto de trabajo obtenido por el procedimiento de concurso o de libre designación, se hubiera suprimido su puesto de trabajo o concursen a puestos de nivel superior.

3.2. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés particular sólo podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3.3. Los aspirantes deberán reunir los requisitos de pertenencia al grupo o grupos de clasificación de funcionarios y de adscripción a cuerpos o escalas, área y especialidad, así como el resto de requisitos previstos en la Relación de Puestos de Trabajo de personal de administración y servicios, (Resolución de 14 de mayo de 2014, "Boletín Oficial de Aragón", número 106, de 3 de junio de 2014).

3.4. De conformidad con el convenio de Movilidad de Personal de Administración y Servicios del G9 de Universidades, firmado el 11 de mayo de 2007, podrán participar en la presente convocatoria, siempre que reúnan los mismos requisitos exigidos al personal funcionario de la Universidad de Zaragoza, el personal de carrera con destino definitivo en una de las Universidades Siguientes: Cantabria, La Rioja, Extremadura, Islas Baleares, Oviedo y Pública de Navarra.

4. Solicitudes.

4.1. Quienes deseen tomar parte en el presente concurso deberán presentar solicitud, en el modelo que se publica como anexo II, que será facilitada gratuitamente en la Universidad de Zaragoza en el Centro de Información Universitaria y Reclamaciones, Servicio de Personal de Administración y Servicios y Nóminas, y Vicerrectorados de Huesca y Teruel.

4.2. El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 28 de enero de 2016.

Las solicitudes, que se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Zaragoza, se presentarán en los registros de la Universidad de Zaragoza, conforme al Acuerdo de 17 de diciembre de 2003, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, por el que se regula el registro general de la Universidad y a la Resolución de 1 de julio de 2011, de la Secretaría General de la Universidad de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón", número 140, de 18 de julio de 2011), y sus posteriores modificaciones, por la que se actualiza la relación de los registros auxiliares del Registro General de la Universidad de Zaragoza, sito en Edificio Rectorado, C/ Pedro Cerbuna, 12, 50009 Zaragoza, así como a través del Registro Electrónico de la Universidad de Zaragoza creado por Resolución de 12 de julio de 2012, del Rector de la Universidad de Zaragoza, por la que se regula el Registro Electrónico de la Universidad de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón", número 151, de 3 de agosto de 2012), o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.3. A la solicitud se deberá acompañar curriculum vitae en el que consten, debidamente justificados, títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en las distintas Administraciones Públicas o empresas privadas, estudios y cursos realizados, así como otros méritos y circunstancias que se estime oportuno poner de manifiesto, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes fijado en la presente convocatoria.

Junto con la solicitud de participación en el concurso, deberán presentar una memoria del puesto solicitado, con una extensión máxima de 20 folios, en sobre cerrado y firmado por el candidato, de manera que no sea legible sin abrirlo, no admitiéndose la presentación de memorias con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Las funciones de los puestos de trabajo convocados se pueden consultar en la siguiente dirección de internet: http://wzar.unizar.es/gerencia/racionalizacion/func_tem.htm

Cuando los méritos alegados no consten en el Servicio de Personal de Administración y Servicios y Nóminas de esta Universidad deberá presentarse fotocopia de los mismos junto con el original, para su cotejo, en el mencionado Servicio.

Las solicitudes del personal funcionario citado en la base 3.4 se formularán en el mismo plazo establecido en la base 4.2 de la presente convocatoria y su admisión se entenderá condicionada a la no cobertura por parte de los solicitantes citados en la base 3.1 de los puestos convocados.

4.4. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se podrá presentar renuncia expresa a participar en el concurso durante el periodo de alegaciones a la lista provisional de admitidos y excluidos al concurso.

4.5. Cuando el nuevo destino implicase cambio de localidad, el traslado tendrá carácter voluntario y, en consecuencia, no generará derecho al abono de indemnizaciones por concepto alguno.

4.6. En el caso de que el solicitante desee optar a varios puestos de trabajo convocados, deberá solicitarlos en la misma instancia, haciendo constar en ésta el orden de preferencia para su adjudicación.

4.7. Forma de Participación: En la solicitud se consignará la participación únicamente en la fase de concurso.

5. Valoración de méritos.

5.2. El presente concurso constará de dos fases:

- En la primera se valorarán los méritos alegados por los aspirantes en relación con los puntos A y B del artículo 4.2 del baremo.

- La segunda fase, consistirá en la valoración de la memoria, en relación con el punto C del artículo 4.2 del baremo.

5.3. Para obtener un puesto de trabajo en el presente concurso deberá obtenerse, al menos, un 30% de la puntuación máxima total fijada en los apartados A) y B), y la puntuación mínima del apartado de méritos especiales que no podrá ser inferior al 60% de la señalada para los puestos de nivel 21, y del 40% de la señalada para los puestos de nivel 20, según lo establecido en el apartado 5.2 del baremo.

6. Comisión de Valoración.

6.1. La Comisión de Valoración estará compuesta de la siguiente forma:

Titulares:

Presidenta:

- D.ª María Soledad Pérez Pérez

Vocales:

- D. Manuel Paramio Bresme.

- D.ª Susana Pelechano García.

- D. José María Matesanz Martín.

- D.ª Juana López Langarita.

Secretario:

- D. Óscar Luis Sebastián Sevilla, que actuará con voz pero sin voto.

Suplentes:

Presidente:

- D. Sergio Alierta Nicodemus.

Vocales:

- D.ª María Pilar Lorente Elipe.

- D. José Miguel Bolea García.

- D. Carlos Finol Royo.

- D. Ángel José Hernando Barrado.

Secretaria:

- D.ª María Rosario Arnal Puga, que actuará con voz pero sin voto.

6.2. La abstención y recusación de los miembros de la Comisión de Valoración se regirá por lo dispuesto en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7. Resolución del concurso y toma de posesión.

7.1. El plazo para la resolución del presente concurso será de dos meses, contados desde el día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de solicitudes.

7.2. La Comisión de Valoración, efectuados todos los trámites procedimentales, elevará al Sr. Rector Magnífico la propuesta de resolución del concurso con expresión de las personas propuestas, en su caso, para el desempeño de los diferentes puestos de trabajo. En dicha propuesta podrán declararse desiertos los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria, debiendo razonar la misma.

7.3. Mediante resolución de la Universidad de Zaragoza, se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", la adjudicación de los puestos de trabajo convocados, una vez finalizadas las fases de concurso y resultas.

7.4. La fecha de incorporación al nuevo destino será comunicada en tiempo y forma por la Gerencia de la Universidad una vez publicada la resolución del concurso en el "Boletín Oficial de Aragón".

7.5 El destino adjudicado será irrenunciable, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública.

7.6. Quienes en el presente concurso obtengan alguno de los puestos de trabajo convocados no podrán participar en otro concurso hasta transcurridos dos años desde la incorporación efectiva al puesto de trabajo obtenido en este, salvo en los supuestos de remoción, cese o supresión de puestos de trabajo, o cuando concurse a puestos de nivel superior al obtenido en el presente concurso.

8. Recursos.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa de conformidad con lo establecido en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Zaragoza, según lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa ("Boletín Oficial del Estado", número 167, del 14 de julio de 1998).

No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante este órgano, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 166 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 16 de diciembre de 2015.- El Rector, P.D., (Resolución de 12 de abril de 2012), ("Boletín Oficial de Aragón", número 71, de 13 de abril de 2012), la Gerente, María Isabel Luengo Gascón