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ANUNCIO de la Dirección General de Calidad y Seguridad Alimentaria, por el que se somete a un periodo de información pública el proyecto de orden del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se modifican y designan las Zonas Vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias en la Comunidad Autónoma de Aragón y se aprueba el V Programa de actuación sobre las Zonas Vulnerables designadas.

Publicado el 29/07/2020 (Nº 149)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

La Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura, impone a los Estados miembros la obligación de identificar las aguas que se hallen afectadas por la contaminación de nitratos de esta procedencia, y establece los criterios para designar como "Zonas Vulnerables" a aquellas superficies territoriales cuyo drenaje da lugar a la contaminación por nitratos.

Mediante la Orden DRS/882/2019, de 8 de julio, se amplió la designación de nuevas zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes agrarias en la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero, sobre protección de las aguas contra la contaminación producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias en su artículo 6 establece la obligación de revisar, los Programas de Actuación sobre las Zonas Vulnerables designadas con el fin de modificarlos o adaptarlos, si fuera necesario.

Para dar cumplimiento a lo previsto en el mandado de la Comisión Europea, de declarar con urgencia nuevas zonas vulnerables y aprobar un nuevo Programa de Actuación en las Zonas Vulnerables con medidas adicionales y con modificaciones que solventen las irregularidades que se habían detectado en el programa de actuación, actualmente en vigor; es necesario realizar una nueva designación de Zonas Vulnerables en la Comunidad Autónoma de Aragón y elaborar un nuevo Programa de Actuación sobre las zonas que se designen.

En este contexto, mediante Orden de inicio de 17 de julio de 2020, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, se acordó iniciar el procedimiento para la elaboración del proyecto de Orden por la que se designan nuevas zonas vulnerables y se aprueba el V Programa de actuación sobre las Zonas Vulnerables a la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias designadas en la Comunidad Autónoma de Aragón.

El contenido de la futura norma puede afectar a una pluralidad indeterminada de sujetos, por lo que conforme al artículo 49.2 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, se considera necesario como ampliación al trámite de audiencia la apertura de un periodo de información pública.

Por todo lo expuesto, resuelvo:

Primero.- Se somete a información pública el proyecto de Orden del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se designan las nuevas Zonas Vulnerables a la contaminación por nitratos de origen agrario designadas en la Comunidad Autónoma de Aragón y se aprueba el V Programa de Actuación sobre las zonas designadas, por el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial de Aragón", durante el que cualquier persona física o jurídica que lo considere oportuno podrá examinarlo y presentar las alegaciones y sugerencias que estime pertinentes.

Segundo.- El proyecto podrá examinarse en días hábiles en horario de oficinas en las dependencias administrativas del Servicio de Información y Documentación Administrativa (edificio Pignatelli, paseo M.ª Agustín, número 36, Zaragoza) y en la Dirección General de Calidad y Seguridad Alimentaria (edificio Maristas, Plaza San Pedro Nolasco, número 7, planta 2.º, Zaragoza).

Igualmente el texto está disponible para su consulta en la página web del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente:

http://www.aragon.es/agriculturaganaderiamedioambiente/informacionpublica

Tercero.- Las alegaciones o sugerencias deberán presentarse por escrito, haciéndose constar en el mismo el nombre, apellidos, D.N.I., domicilio y localidad del alegante y se dirigirán a la Dirección General de Calidad y Seguridad Alimentaria, pudiendo ser presentadas, asimismo, en los registros de los lugares indicados en el párrafo anterior así como en cualquiera de los previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 20 de julio de 2020.- El Director General de Calidad y Seguridad Alimentaria, Enrique Novales Allué.