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EXTRACTO de la Orden CDS/1092/2017, de 18 de julio, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas complementarias de carácter individual para financiar el pago de la seguridad social de los cuidadores no profesionalizados de personas dependientes.

Publicado el 03/08/2017 (Nº 148)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

BDNS (Identif.): 357054

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base Nacional de Subvenciones (http:/www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero.- Beneficiarios.

Podrán solicitar estas ayudas, con cargo al ejercicio presupuestario de 2017, los cuidadores no profesionalizados de personas dependientes que han abonado efectivamente las cuotas a la seguridad social, durante el año 2016.

Segundo.- Objeto.

La presente orden tiene por objeto convocar ayudas complementarias de carácter individual para cuidadores no profesionalizados de personas dependientes que han realizado el pago efectivo, de las cuotas a la seguridad social en el año 2016.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden CDS/470/2016, de 5 de mayo, de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el ámbito del Instituto Aragonés de Servicios Sociales ("Boletín Oficial de Aragón", número 102, de 20 de mayo de 2016) y modificada por la Orden CDS/877/2017, de 14 de junio.

Cuarto.- Cuantía.

El importe total de la convocatoria para el año 2017 es de 400.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria G/3132/480490/91002 del presupuesto del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, para el ejercicio 2017.

La cuantía que podrá recibir el destinatario de la subvención, será del 60 % de los importes satisfechos a la Seguridad Social en el año 2016.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Sexto.- Otros datos.

Las solicitudes deberán ir acompañadas del justificante de abono de los pagos realizados en Seguridad Social durante el año 2016 y del documento de datos bancarios del solicitante.

Zaragoza, 18 de julio de 2017. La Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, María Victoria Broto Cosculluela.