Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 26 de septiembre de 2006, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para la explotación porcina existente de ciclo cerrado, con capacidad equivalente a 2.118 UGM, ubicada en el polígono 15, parcelas 447 y 449, del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), y promovida por Granja en Renta, S.L., cambiando su orientación productiva a cebo, 1.522,80 UGM (Número de Expediente INAGA 500601/02/2015/09950).

Publicado el 05/01/2016 (Nº 2)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 22 de septiembre de 2015, presenta escrito en este Instituto, D.ª M.ª Oliva Miguel Ubieto, en representación de Granja en Renta, S.L., con CIF: B50342096, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación, en base a la modificación no sustancial aprobada por Resolución de 19 de mayo de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por cambio de orientación productiva a explotación porcina de cebo con capacidad para 1.522,80 UGM.

Antecedentes de hecho

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada otorgada mediante Resolución de 27 de septiembre de 2006, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón". número 118, de 11 de octubre de 2006 (Número Expte. INAGA 500301/02/2005/08994).

Segundo.- Mediante Resolución de 20 de noviembre de 2013, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013, se procede a la actualización de dicha autorización ambiental integrada (Número Expte. INAGA 500601/02/2013/10581).

Tercero.- Mediante Resolución de 19 de mayo de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se autoriza el cambio de orientación productiva, pasando a explotación de cebo con capacidad para 1.522,80 UGM (Número Expte. INAGA 500601/02/2015/00967).

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 27 de septiembre de 2006, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para la explotación porcina existente de ciclo cerrado, con capacidad equivalente a 2.118 UGM, ubicada en el polígono 15, parcelas 447 y 449, del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), y promovida por Granja en Renta, S.L., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

Los puntos 1 y 1.1 de la resolución quedarán sustituidos por los siguientes:

"1. Otorgar la autorización ambiental integrada a Granja en Renta, S.L., con NIF: B50342096, para una explotación porcina de cebo con capacidad para 12.690 plazas, equivalentes a 1.522,80 UGM, ubicada en el polígono 15, parcelas 447 y 449, del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), con unas coordenadas UTM en el huso 30, ETRS89: X = 651.648; Y = 4.657.597; Z = 390. La autorización se otorga con el siguiente condicionado:".

"1.1. Las instalaciones existentes adaptadas a la normativa de bienestar animal para el desarrollo de la nueva actividad se encuentran localizadas en tres módulos, correspondiéndose con:

Módulo 1: nave 1, de 11,72 x 25,64 m; nave 2, de 7,90 x 25,64 m; nave 3, de 8,30 x 30,50 m; nave 4, de 7,40 x 20,58 m; nave 5, de 12,40 x 24,82 m; nave 6, de 9,71 x 35,76 m; nave 7, de 12,10 x 70,20 m; naves 8 y 9, de 12,10 x 69,36 m; nave 10, de 7 x 31,82 m; nave 11, de 7,30 x 25,58 m; nave 12, de 6,07 x 57,78 m; nave 13, de 5,50 x 68,01 m; nave 14, de 5,37 x 75,10 m y nave 15, de 5,33 x 74,90 m.

Módulo 2: nave 16, de 22,90 x 52,80 m y naves 17 a 23, de 6,12 x 51,30 m.

Módulo 3: nave 24, de 14,5 x 101,5 m.

Una fosa de cadáveres impermeabilizada de 75 m³ de capacidad, 4 fosas de purines con una capacidad total de 14.056 m³, vado sanitario y vallado perimetral".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 15 de diciembre de 2015.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

MARTA PUENTE ARCOS