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ANUNCIO de la Dirección General de Desarrollo Rural, por el que se somete a información pública la relación de bienes a expropiar en la ejecución del "Proyecto de Modernización de la infraestructura hidráulica de la C. R. número 1 Canal del Cinca. Zona 2. Barbastro (Huesca)" realizado al amparo del Decreto 136/2013, de 30 de julio, del Gobierno de Aragón, sobre subvenciones en materia de agricultura, ganadería y medio ambiente, así como la Orden de 11 de agosto de 2008, del Consejero de Agricultura y Alimentación, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para las obras de mejora y modernización de infraestructuras de regadío, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Aragón, 2007-2013.

Publicado el 14/01/2015 (Nº 8)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

De conformidad con lo establecido en el artículo 2.1 de la Ley 6/2004, de 9 de diciembre, por la que se establecen medidas en materia de expropiación forzosa para actuaciones de mejora y modernización de regadíos, y en los artículos 17.2 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 de su reglamento, se somete a información pública la relación de los bienes a expropiar en la ejecución del mencionado "Proyecto de Modernización de la infraestructura hidráulica de la Comunidad de Regantes número 1 Canal del Cinca. Zona 2. Barbastro (Huesca)", obra declarada de Interés General para la Comunidad Autónoma según Decreto 262/2014, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón y cuyo proyecto fue aprobado por esta Dirección General con fecha 7 de agosto de 2014.

Beneficiario: Comunidad de Regantes de "Número 1 del Canal del Cinca", con dirección en avda. Virgen del Pilar, 5 Barbastro (Huesca).

Objeto: Proyecto de Modernización de la infraestructura hidráulica de la Comunidad de Regantes número 1 Canal del Cinca. Zona 2. Barbastro (Huesca). Expediente: H140017. Información pública, "Boletín Oficial de Aragón", número 162, de 20 de agosto de 2014.

Presupuesto: 8.609.611,01 euros.

La afección a fincas de propiedad privada, derivada de la construcción del proyecto, se concreta en la siguiente forma:

Se entiende por Ocupación de Dominio (O.D. y O.D.L.E), la superficie necesaria para el establecimiento de instalaciones fijas propias del sistema de riego. En este proyecto se considera como ocupación de dominio las balsas de regulacion, estacion de bombeo, caminos, los hidrantes o las arquetas.

Servidumbre de acueducto (S.A.): Servidumbre permanente de paso de una franja cuya anchura queda definida por dos líneas paralelas a la tubería y a una distancia de 1,5 metros a cada lado del eje de la misma, donde serán enterradas las conducciones y accesorios que se requieran, y estará sujeta a las siguientes limitaciones:

a) Ocupación del subsuelo por las canalizaciones y elementos anejos a la red de distribución.

b) Derecho de paso del personal de la CR. Libre acceso del personal, maquinaria y equipos necesarios para poder mantener, reparar o renovar las obras con pago, en su caso, de los daños que ocasionen.

c) Prohibición de efectuar trabajos de arada a una profundidad superior a 90 cm, así como de plantar árboles o arbustos a una distancia inferior a 1,5 m del eje de la tubería.

d) Prohibición de realizar cualquier tipo de obras, construcción, edificación o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las obras, a una distancia inferior a 1,5 m del eje del trazado, a uno y otro del mismo. Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que en cada caso fije el titular de la servidumbre.

e) Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación.

Servidumbre de Línea eléctrica (S.L.E): Servidumbre permanente de paso de una franja cuya anchura viene definida por dos líneas paralelas a la línea eléctrica.

Ocupación temporal (O.T. y O.T.L.E): Superficie designada para la ejecución de las obras en las fincas, en las cuales se hará desaparecer todo obstáculo con el fin de realizar las obras necesarias para la instalación de las tuberías y elementos anexos, ejecutando las obras u operaciones precisas a dichos fines en la superficie de 8-20 metros de anchura, según sea el diámetro de la tubería a instalar.

Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios de terrenos y demás titulares afectados por dicho proyecto, cuya relación se inserta al final de este anuncio, constando el proyecto junto con los planos y demás mediciones para que puedan ser examinados por los diversos interesados en el Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Huesca (plaza Cervantes, 1; 22.003-Huesca, tfno. 974293293) así como en la mencionada Comunidad de Regantes" Nº 1 del Canal del Cinca", pudiéndose presentar las alegaciones que consideren oportunas conforme a lo establecido en el artículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa en el plazo de quince días a partir del día siguiente de su última publicación.

Zaragoza, 22 de diciembre de 2014.- El Director General de Desarrollo Rural, Luis Marruedo Espeja.