Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 14 de mayo de 2020, del Rector en funciones de la Universidad de Zaragoza, por la que se modifican las Resoluciones de 5 de mayo de 2020, por las que se convoca concurso público para la contratación de profesores asociados; profesores asociados de ciencias de la salud; profesores ayudantes-doctores y profesores con contrato de interinidad, a los efectos de fijar un nuevo plazo para la presentación de solicitudes.

Publicado el 21/05/2020 (Nº 99)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA

Texto completo:

Con fecha de 8 de mayo de 2020 se han publicado en el "Boletín Oficial de Aragón" cuatro resoluciones de la Universidad de Zaragoza, por las que, respectivamente, se convoca concurso público para la contratación de profesores asociados; profesores asociados de ciencias de la salud; profesores ayudantes-doctores y profesores con contrato de interinidad.

El plazo para la presentación de solicitudes -dicen las resoluciones- es de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de estas convocatorias en el "Boletín Oficial de Aragón" (base 1.2, primer párrafo), bien es cierto que el párrafo segundo de dicha base matiza que "No obstante, en aplicación de lo establecido en la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, el plazo de presentación de solicitudes previsto en el punto anterior se iniciará una vez producida la pérdida de vigencia de dicha disposición adicional tercera. El término del plazo de presentación de solicitudes en el caso de que la publicación se produzca durante el período afectado por la referida disposición adicional tercera se establecerá mediante Resolución rectoral que será publicada en el e-TOUZ".

Con fecha de 13 de mayo, el Presidente de CRUE ha recibido una carta del Ministro de Universidades que termina con los siguientes dos párrafos: "En virtud de lo anterior, este Ministerio considera que los procedimientos tramitados por las universidades (e.g. contratación, convocatorias de selección de personal, etcétera) están plenamente afectados por la suspensión. Sin embargo, cabría aplicar las excepciones que la disposición adicional tercera admite, motivando expresamente los requisitos de forma y de fondo analizados.

Estas excepciones podrían incluir los procedimientos de selección de personal, si se explicita de forma motivada en las convocatorias que se trata de procedimientos indispensables para el funcionamiento básico de los servicios universitarios y, en su caso, para la protección del interés general y que, por lo tanto, la suspensión general de plazos no será aplicable a dichos procedimientos".

Las cuatro convocatorias abrirían procedimientos administrativos que son indispensables para la protección del interés general, en los términos que señala el Sr. Ministro en la carta referida y en los términos de la referida adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

Los concursos que se convocan lo son para cubrir el personal docente imprescindible para poder comenzar el curso 2020_21 con las necesarias garantías. Son todas ellas plazas nuevas, que permitirían la incorporación de nuevos profesores, bien porque hay que reponer los efectivos que han causado baja, bien porque sucederán contratos que por definición tienen una limitación temporal que vencerá al finalizar el actual curso.

Dado que las convocatorias se hallan publicadas, es necesario modificarlas en el sentido señalado por el Ministerio, para que pueda alzarse la limitación que opera actualmente sobre la presentación de las solicitudes.

Parte Dispositiva

1. El plazo para la presentación de solicitudes para concurrir a las convocatorias para la contratación de profesores asociados; profesores asociados de ciencias de la salud; profesores ayudantes-doctores y profesores con contrato de interinidad, efectuadas por la Universidad de Zaragoza, mediante las resoluciones de 4 de mayo de 2020, publicadas en el "Boletín Oficial de Aragón", número 89, de 8 de mayo de 2020, es de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

2. Queda sin efecto lo previsto en el párrafo segundo de la base 1.2 de las convocatorias a que se refiere el apartado anterior.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa de conformidad con lo establecido en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Zaragoza, según lo dispuesto en los artículos 8.3 y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Alternativamente, se podrá interponer contra esta Resolución recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga Resolución expresa o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30.4, 123 y 124, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 14 de mayo de 2020.

José Antonio Mayoral Murillo (Decreto 8/2020, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón", Boletín Oficial de Aragón", número 30, de 13 de febrero de 2020). Firmado electrónicamente y con autenticidad contrastable según el artículo 27 3c) de la Ley 39/2015).