Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

EXTRACTO de la Orden EPE/665/2020, de 23 de julio, por la que se convoca el Programa de apoyo a las pymes, autónomos y entidades de economía social de Aragón para paliar los efectos en la actividad económica de la pandemia COVID-19, mediante la concesión de ayudas a inversiones para el desarrollo seguro de la actividad económica frente al COVID-19 y para digitalización.

Publicado el 29/07/2020 (Nº 149)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, PLANIFICACIÓN Y EMPLEO

Texto completo:

BDNS (Identif.): 516454

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/516454).

Primero.- Beneficiarios.

Pequeñas y medianas empresas, autónomos y entidades de economía social que desarrollen una actividad económica y que cuenten con centro de trabajo en Aragón en el que desarrollen la actividad y lleven a cabo las acciones objeto de la subvención reguladas en la presente convocatoria.

Para las ayudas dirigidas a la adopción de medidas para el desarrollo seguro de la actividad económica frente al COVID-19 quedan excluídos los solicitantes pertenecientes al siguiente epígrafe de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009: Actividad I "Hostelería", división 55 "Servicios de alojamiento".

Los solicitantes pertenecientes a la división 56 "Servicios de comidas y bebidas" podrán ser beneficiarios en caso de que tengan el CNAE 563 "Establecimientos de bebidas".

Segundo.- Objeto.

Esta Orden establece las condiciones de acceso, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia simplificada, a subvenciones para paliar los efectos en la actividad económica de la pandemia COVID-19 en Aragón, dirigidas a inversiones para el desarrollo seguro de la actividad económica frente al COVID-19 y para la modernización a través de la digitalización de los centros de trabajo de los beneficiarios de estas ayudas.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden EPE/660/2020, de 23 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de apoyo a las pymes, autónomos y entidades de economía social de Aragón para paliar los efectos en la actividad económica de la pandemia COVID-19, mediante la concesión de ayudas a inversiones para el desarrollo seguro de la actividad económica frente al COVID-19 y para digitalización ("Boletín Oficial de Aragón", número 149, de 29 de julio de 2020).

Cuarto.- Cuantía.

La financiación de estas subvenciones se realizará con fondos propios de la Comunidad Autónoma de Aragón, con cargo a la partida presupuestaria 15020 G/6122/770170/91019, correspondiente al presupuesto de gastos de la Dirección General de Economía para el ejercicio 2020, asignando a este fin un crédito total de siete millones cuatrocientos mil euros (7.400.000 €).

El presupuesto se distribuye de la siguiente forma:

Tres millones de euros (3.000.000 €) para la línea de ayudas destinada a la adopción de medidas para el desarrollo seguro de la actividad económica frente al COVID-19.

Y cuatro millones cuatrocientos mil euros (4.400.000 €) para la línea destinada a digitalización.

No obstante lo anterior, si se ha agotado la cuantía de una de las líneas de ayuda, quedando solicitudes pendientes de tramitar, se podrá reasignar el presupuesto destinado a cada una de ellas, lo cual se publicará mediante Resolución del Director General de Economía en la página web del Departamento de Economía, Planificación y Empleo.

El crédito de la convocatoria se podrá incrementar, previa publicación y determinación de la cuantía adicional concreta, bien por haberse reconocido o liquidado obligaciones derivadas de otras convocatorias por importe inferior a la subvención concedida o bien como consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito. La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito como consecuencia de las circunstancias anteriormente señaladas.

Esta actuación podrá ser objeto de financiación, en su caso, con cargo a los fondos que pudieran destinar las Diputaciones Provinciales para la reactivación económica y social en el ámbito provincial de cada una de ellas.

Quinto.- Plazo presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas comenzará el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón" y durará hasta la conclusión de su vigencia, lo cual sucederá cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:

Que, conforme a las solicitudes recibidas, se agote el presupuesto disponible.

Que se llegue a 20 de octubre de 2020.

Sexto.- Otros datos.

La solicitud y documentación complementaria se presentará a través de la Sede Electrónica del Gobierno de Aragón: https://www.aragon.es/tramites, indicando en el buscador el procedimiento número 2391, de conformidad con lo establecido en los apartados decimosegundo, decimotercero y decimocuarto de la Orden de convocatoria.

Zaragoza, 23 de julio de 2020.- La Consejera de Economía, Planificación y Empleo, Marta Gastón Menal.