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RESOLUCIÓN de 25 de julio de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 3 de febrero de 2015, en la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para la instalación de una explotación porcina de producción para una capacidad de 864 UGM, situada en el polígono 501, parcela 10039, del término municipal de Ferreruela de Huerva (Teruel), y promovida por Los Navajos 2015 S.R.L. (Número Expediente INAGA 500202/02/2017/4052).

Publicado el 30/08/2018 (Nº 168)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 18 de abril de 2018, se presenta en este Instituto solicitud de modificación puntual de la autorización ambiental integrada de la explotación por cambios en las construcciones que formaran la granja.

Antecedentes de hecho

La explotación dispone de autorización ambiental integrada otorgada mediante Resolución, de 3 febrero de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 37, de 24 de febrero de 2015. (Número de Expte. INAGA 500601/02/2012/7197).

Mediante resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, de fecha 7 de septiembre de 2017, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 193, de 6 de octubre de 2017, se procede al cambio de titularidad, cambio de orientación productiva e incremento de capacidad hasta 7200 plazas de cebo (864 UGM). (Número de Expediente INAGA 500202/02/2017/2326).

Analizada la documentación presentada en este instituto junto con la solicitud de modificación puntual, se actualizan las construcciones que componen la granja.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

Por la presente se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 3 de febrero de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada para la explotación porcina de cebo con capacidad para 7200 plazas (864 UGM), situada en el polígono 501, parcela 10039, del término municipal de Ferreruela de Huerva (Teruel) y promovida por Los Navajos, S.R.L. en los siguientes puntos:

El punto 2.1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2.1. Las instalaciones proyectadas para el desarrollo de la actividad se corresponden con la construcción de cinco naves de cebo de 1253.28 m² (74.60x16.80x3.60) cada una; una nave de 850,08 m² (50.60 x16.80x3.60) para uso ganadero polivalente (cuarentena, enfermería, lazareto); una caseta de servicios y almacén de 76,96 m² (7.40x10.40); una caseta para calderas y valvulería de dimensiones (6.48 x 3.48); fosa de cadáveres de 30 m³; balsa de purines con capacidad para 6387,35 m³; depósito de agua metálico de 452 m³; vallado perimetral completo y vado de desinfección a la entrada.

Las obras proyectadas se deberán realizar fuera de los meses de marzo, abril y mayo, para evitar molestias durante el periodo reproductor del sisón (Tetras tetras)".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Sr. Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse.

Zaragoza, 25 de julio de 2018.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL