Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

EXTRACTO de la Orden VMV/923/2020, de 21 de septiembre, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes de la Orden VMV/458/2020, de 9 de junio, por la que se convocan ayudas para minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual.

Publicado el 29/09/2020 (Nº 194)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO, MOVILIDAD Y VIVIENDA

Texto completo:

BDNS (Identif.): 509816

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/509816)

Mediante la Orden VMV/458/2020, de 9 de junio, por la que se convocan ayudas para minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 116, de 15 de junio de 2020, el Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda convocó en régimen de concesión directa, las ayudas previstas en la Orden TMA 336/2020, de 9 de abril, del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por la que se incorpora, sustituye y modifican sendos programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 10, 11 y 12 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19. Esa Orden incorporó de forma inmediata al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, regulado en el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, el nuevo programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual.

El artículo 17 de la Orden VMV/458/2020, de 9 de junio, estableció un plazo de presentación de las solicitudes de ayuda entre el 22 de junio de 2020, a las 00:00 horas hasta el 30 de septiembre de 2020.

Por otra parte, el artículo 20.2, que regula la instrucción del procedimiento de concesión, establece que las solicitudes se tramitarán y resolverán por orden de presentación de las mismas según fecha y hora de entrada en los Registros y unidades u oficinas equivalentes, en función de los requisitos establecidos y siempre que la solicitud y documentación a aportar estén completas o, al menos, contengan los documentos relacionados en el artículo 17.

Por último, el artículo 28 de la Orden distribuye el fondo presupuestario destinado a estas ayudas territorialmente entre las provincias aragonesas. Zaragoza 2.827.960 €, Huesca 569.240 €, Teruel 402.800 €, Total 3.800.000 €.

Dado que, antes de que finalice el plazo de presentación, el número de solicitudes presentadas y en tramitación permite prever que no se va a agotar el crédito previsto en ninguna de las tres provincias, y con objeto de dar respuesta al mayor número de personas que puedan haber tenido y seguir teniendo dificultades en el pago de la renta de alquiler como consecuencia de los efectos de las medidas que el estado de alarma configura para poder combatir la pandemia en nuestro país,y en garantía del derecho a la vivienda reconocido en el artículo 47 de la Constitución; resulta conveniente ampliar el plazo de presentación de solicitudes.

Por lo tanto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 32 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en ejercicio de las competencias atribuidas en el Decreto 34/2020, de 25 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda ("Boletín Oficial de Aragón", número 68, de 3 de abril de 2020), acuerdo:

Primero.- Ampliar el plazo máximo de presentación de las solicitudes hasta el día 16 de octubre de 2020, inclusive.

Segundo.- Contra el presente acuerdo no cabrá recurso alguno, según lo dispuesto en el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 21 de septiembre de 2020.- El Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, José Luis Soro Domingo.