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RESOLUCIÓN de 13 de julio de 2020, del Director General de Innovación y Formación Profesional, por la que se resuelve la convocatoria a los centros docentes públicos que impartan enseñanzas de formación profesional de la Comunidad Autónoma de Aragón para la implantación de proyectos experimentales de metodologías activas en ciclos formativos de formación profesional en el marco del Campus Digital A.0.

Publicado el 30/07/2020 (Nº 150)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La Resolución de 12 de marzo de 2020, del Director General de Innovación y Formación Profesional, modificada por Resolución de 22 de mayo de 2020, convoca a los centros docentes públicos que imparten enseñanzas de formación profesional de Aragón para la implantación de proyectos experimentales de metodologías activas en ciclos formativos de formación profesional en el marco del Campus Digital A.0.

De conformidad con su apartado sexto, con fecha 22 de junio se publicó en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, https://educa.aragon.es/, el anuncio de la Comisión de Valoración y Seguimiento por la que se dictaba propuesta de Resolución provisional de la Convocatoria, habilitándose un plazo de diez días de alegaciones.

En el punto 3 del mismo apartado de la convocatoria se refleja que, finalizado el plazo de alegaciones, se reunirá la Comisión de Valoración y Seguimiento al objeto de examinar las alegaciones presentadas. Posteriormente, elevará al Director General de Innovación y Formación Profesional la propuesta de Resolución definitiva, que contendrá los mismos extremos que la propuesta provisional.

Asimismo, y de conformidad con el punto 4, evacuados los trámites anteriores, el Director General de Innovación y Formación Profesional resolverá la convocatoria, mediante Resolución que contendrá, en relaciones separadas, los centros seleccionados con los proyectos autorizados con su correspondiente puntuación y cuantía asignada en su caso, y la relación de solicitudes desestimadas, con expresión de la causa. Dicha Resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón" y en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón.

La Comisión de Valoración y Seguimiento, ha emitido la correspondiente propuesta de Resolución definitiva al Director General de Innovación y Formación Profesional con la relación de los centros seleccionados con los proyectos autorizados con su correspondiente puntuación y cuantía asignada en su caso, incluyendo en este caso los proyectos que habían sido provisionalmente desestimados de la modalidad B y que han solicitado su paso a la participación en la modalidad A. No hay ningún proyecto desestimado de entre los presentados en esta convocatoria.

Por todo lo expuesto, evacuados los trámites oportunos y dando cumplimiento a lo establecido en la convocatoria, el Director General de Innovación y Formación Profesional resuelve:

Primero.- Aprobar la relación de centros seleccionados, tanto para la modalidad A como para la modalidad B, con los proyectos autorizados con su correspondiente puntuación y cuantía asignada en su caso, de la convocatoria a los centros docentes públicos que imparten enseñanzas de formación profesional de Aragón para la implantación de proyectos experimentales de metodologías activas en ciclos formativos de formación profesional en el marco del Campus Digital A.0, que figura como anexo I a esta Resolución.

Segundo.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón" y en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

Tercero.- Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

Los centros públicos no están legitimados para interponer dicho recurso. No obstante, podrán oponerse a esta Resolución, mediante escrito motivado, indicando las razones que fundamentan su pretensión.

Zaragoza, 13 de julio de 2020.

El Director General de Innovación y Formación Profesional,

ANTONIO MARTÍNEZ RAMOS