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RESOLUCIÓN de 25 de julio de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 27 de septiembre de 2006, por la que se otorgó la autorización ambiental integrada para la explotación porcina de cebo con capacidad para 12.690 plazas, (1522,80 UGM), ubicada en las parcelas 447 y 449 del polígono 15 del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), y promovida por Samefor S.L, (Expte INAGA 500202/02/2018/04061).

Publicado el 30/08/2018 (Nº 168)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 26 de abril de 2018, el promotor, Samefor S.L., solicita a este Instituto modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada, considerándose puntual por parte de este instituto, y consistente en sustitución de balsas de desecación existentes por balsa de purines en la autorización ambiental integrada.

Antecedentes de hecho

La explotación dispone de autorización ambiental integrada otorgada mediante Resolución, de 27 de septiembre de 2006, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 118, de 11 de octubre de 2006. (Expte. INAGA 500301/02/2005/08994).

Mediante Resolución de 20 de noviembre de 2013, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013, se procede a la actualización de la autorización ambiental integrada. (Expte: INAGA 500601/02/2013/10581).

Mediante Resolución de 19 de mayo de 2012, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se aprueba la modificación no sustancial de dicha autorización ambiental integrada por cambio de orientación productiva, de la explotación porcina de ciclo cerrado con capacidad para 2.118 UGM, a explotación porcina de cebo con capacidad para 1.523 UGM. (Expte.INAGA 500601/02/2015/00967).

Mediante Resolución de 15 de diciembre de 2015, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 1, de 5 de enero de 2016, se procede a la modificación puntual de dicha autorización ambiental integrada en base a la modificación no sustancial aprobada por Resolución, de 19 de mayo de 2012, de este Instituto. (Expte. INAGA 500601/02/ 2015/09950).

Mediante Resolución de este Instituto, de 12 de junio de 2017, se toma conocimiento del cambio de titularidad de la autorización ambiental integrada, transmitiéndose de Granja en Renta S.L. a Samefor S.L. (Expte.INAGA 500202/02/2017/04610).

La modificación puntual solicitada en el presente expediente consiste en incorporar la balsa de purines existente, que sustituye a las balsas de desecación existentes con anterioridad. La balsa tiene unas dimensiones de 34 x 24 m. de área superficial, y de 28 x 18 m. en su base, con una profundidad de 3,5 m., dando un volumen total de 2310 m³, deberá de llenarse hasta una altura que deje 0.5 m. de resguardo, para prevenir desbordamientos. La balsa dispone de vallado perimetral independiente del de la explotación, y esta impermeabilizada a base de hormigón.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

Por la presente se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 26 de septiembre de 2006, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorgó la autorización ambiental integrada para la explotación porcina de cebo con capacidad para 12.690 plazas, (1522,80 UGM), ubicada en las parcelas 447 y 449 del polígono 15 del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), y promovida por Samefor S.L, en el siguiente punto, dejando inalterado el resto:

El punto 1.1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.1. Las instalaciones existentes adaptadas a la normativa de bienestar animal para el desarrollo de la nueva actividad se encuentran localizadas en tres módulos, correspondiéndose con:

Módulo 1: nave 1 de 11,72 x 25,64 m; nave 2 de 7,90 x 25,64 m; nave 3 de 8,30 x 30,50 m; nave 4 de 7,40 x 20,58 m; nave 5 de 12,40 x 24,82 m; nave 6 de 9,71 x 35,76 m; nave 7 de 12,10 x 70,20 m; naves 8 y 9 de 12,10 x 69,36 m; nave 10 de 7 x 31,82 m; nave 11 de 7,30 x 25,58 m; nave 12 de 6,07 x 57,78 m; nave 13 de 5,50 x 68,01 m; nave 14 de 5,37 x 75,10 m y nave 15 de 5,33 x 74,90 m.

Módulo 2: nave 16 de 22,90 x 52,80 m y naves 17 a 23 de 6,12 x 51,30 m.

Módulo 3: nave 24 de 14,5 x 101,5 m. y balsa de purín de 2310 m³.

Una fosa de cadáveres impermeabilizada de 75 m³ de capacidad; 4 fosas de purines con una capacidad total de 14.056 m³, vado sanitario y vallado perimetral".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 25 de julio de 2018.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL